Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2017 (11/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Viernes 11 de agosto de 2017 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Rímac Seguros y Reaseguros el cierre de agencia ubicada en el departamento de Loreto
RESOLUCIÓN SBS Nº 2994-2017 Lima, 31 de julio de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por RÍMAC SEGUROS Y REASEGUROS, para que se le autorice el cierre de la agencia ubicada en Jr. Putumayo N° 501, ciudad de Iquitos, provincia de Maynas y departamento de Loreto; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 4308-2013 de fecha 10 de julio de 2013, esta Superintendencia autorizó a Rímac Seguros y Reaseguros, et traslado de su agencia ubicada en Calle Ramón Castilla N° 225, cuidad de Iquitos, provincia de Maynas y departamento de Loreto hacia su nuevo local ubicado en Jr. Putumayo N° 501, ciudad de Iquitos, provincia de Maynas y departamento de Loreto; Que, en aplicación de los artículos 3° y 8° del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado por la Resolución N° 4797-2015, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para cierre de una Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Seguros "A"; y De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30° y 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modificatorias y en la Resolución SBS N° 4797-2015; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 5829-2014 del 5 de setiembre de 2014; RESUELVE:

oficina especial ubicada en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 2169-2014 de fecha 10.04.2014 se autorizó la apertura de la oficina especial ubicada en la Av. Guillermo Billinghurst 767, Parcela D, Lote 18, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado de la citada oficina especial; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "B", y; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y dei Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución N° 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Edpyme Acceso Crediticio S.A. el traslado de su oficina especial ubicada en la Av. Guillermo Billinghurst 767 Parcela D, Lote 18, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima hacia Av. Los Héroes 620 620A, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1552916-1

Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 3066-2017 Lima, 3 de agosto de 2017 EL SECRETARIO GENERAL VISTA:

Artículo Único.- Autorizar a RÍMAC SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la agencia ubicada en Jr. Putumayo N° 501, ciudad de Iquitos, provincia de Maynas y departamento de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1552652-1

La solicitud presentada por el señor Luis Rafael Espinar Barriga para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 31 de enero de 2017, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Luis Rafael Espinar Barriga, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema

Autorizan a Edpyme Acceso Crediticio S.A. el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 3011-2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS Lima, 1 de agosto de 2017 VISTA: La solicitud presentada por la Edpyme Acceso Crediticio S.A., para que se le autorice el traslado de su

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