Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2017 (11/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 11 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, es propósito del Titular del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, promover y apoyar la agilización y eficacia en la toma de decisiones, a fin de optimizar la gestión en materia presupuestaria; por lo que es conveniente delegar en el Jefe de la Oficina Regional de Administración la facultad de aprobación de modificaciones en el nivel funcional programático durante el Ejercicio Fiscal 2017; Estando a lo informado por la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y con el visado de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria la Ley Nº 27902. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar, en el Jefe de la Oficina Regional de Administración, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque durante el Ejercicio Fiscal 2017; debiendo dar cuenta al Titular respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Dirección General de Presupuesto Público y a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Gobernador Regional 1552922-1

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
Autorizan viaje de Gobernador Regional a la República de Corea, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 034-2017-SO-GRL-CR: 04/08/2017 Iquitos, 4 de agosto del 2017 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional: VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, celebrado el 04 de julio del año 2017, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, y; CONSIDERANDO: Que, a mérito del Oficio Nº 640-2017GRL-P, de fecha 26 de Julio del año 2017, emitido por el Gobernador Regional Lic. Adm. Fernando Melendez Celis, al Sr. Javier Alava Florindez, Consejero Delegado del Consejo Regional de Loreto, solicitando Autorización para viajar a la ciudad de Seúl ­ Capital de la República de Corea; documento que fue remitido a la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para su análisis, evaluación, elaboración de Informe y el Dictamen correspondiente, a efectos de solicitar al pleno del Consejo Regional de Loreto, se le otorgue mediante Acuerdo Regional

autorización para tal efecto, del 04 al 09 de Setiembre de 2017, con la finalidad de fortalecer la Cooperación en Infraestructura entre gobiernos, así como establecer asociaciones con empresas Coreanas; Que, mediante Informe Legal Nº 1167-2017-GRLORAJ, de fecha 17 de Julio del año 2017, el Director Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Loreto, OPINA que es PROCEDENTE, que el Consejo Regional de Loreto, mediante Acuerdo de Consejo Regional, autorice el viaje del Gobernador Regional de Loreto, Lic. Adm. Fernando Melendez Celiz a la ciudad de Seúl, capital de la República de Corea, para participar en la Conferencia Munidial de Cooperación en Infraestructura el mismo que no irrogará gastos al Gobierno Regional de Loreto, de conformidad con el artículo 39º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867. Que, el inciso 24) del artículo 2º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto (RIC), aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031-2008-GRL-CR, y sus modificatorias, establece como una de las atribuciones del Consejo Regional, autorizar al Gobernador Regional, Vicepresidente y Consejeros, realizar viajes al exterior en misión oficial; Que, la Ley Nº 27619 ­Regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuestos del Sector Público ­ Ley Nº 30281; que en su artículo 10º señala que en el caso de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, se autoriza el viaje mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal respectivamente, señalando en todos los casos, que la resolución o acuerdo es publicado en el Diario Oficial el Peruano; asimismo, resulta pertinente precisar, que el viaje a la ciudad Seul capital de la República de Corea, no irrogará gastos a la Entidad, sin embargo, es competencia del Consejo Regional en virtud del aludido Reglamento Interno, autorizar el viaje del Gobernador Regional; Que, el Consejo Regional de Loreto, en virtud a los considerandos establecidos en este documento, y en pleno uso de sus prerrogativas constitucionales y legales, y con la dispensa de la lectura de aprobación del Acta; aprobó por MAYORÍA el siguiente Acuerdo Regional: Artículo Primero: OTORGAR autorizacion al Gobernador Regional de Loreto Lic. Adm. FERNANDO MELENDEZ CELIS, para realizar el viaje a la ciudad de seul capital de la Republica de Corea del 4 al 9 de setiembre del año 2017, viaje que no irrogará gastos al gobierno regional de loreto. Artículo Segundo: El Vice Gobernador del Gobierno Regional de Loreto Mc. PEDRO PORTOCARRERO NOGUEIRA, asumira las funciones del Gobernador Regional de Loreto, con las mismas prerrogativas y atribuciones propias del cargo, conforme lo establecido en el articulo 23º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaria del Consejo Regional de Loreto, notificar a la Gerencia General del Gobierno Regional de Loreto para la implementación del presente acuerdo, a la oficina regional de administración para su publicación en el Diario Oficial El Peruano, asi como a la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional e Informática, a efecto de publicar el presente Acuerdo de Consejo Regional, en el portal web del gore loreto. POR TANTO: Notifíquese, regístrese y publíquese. Dado en la ciudad de Iquitos a los cuatro días del mes de Agosto del dos mil diecisiete. En las instalaciones del Consejo Regional de Loreto. MIGUEL ÁNGEL GUTIERREZ ALVÁN Consejero Delegado (e) Consejo Regional de Loreto 1553183-1

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