Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2017 (19/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Sábado 19 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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competente en el nivel correspondiente, según lo planteado en la etapa inicial: nacional, regional y local. (...) b) Regional, la ZEE es aprobada por Ordenanza del Gobierno Regional respectivo"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 135-2013-MINAM, se aprueba la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, donde señala: que el Ordenamiento Territorial tiene como instrumentos sustentatorios a la Zonificación Ecológica y Económica ­ ZEE, los Estudios Especializados - EE y el Plan de Ordenamiento Territorial ­ POT, el cual a su vez se sustenta en el Diagnóstico Integrado del Territorio ­ DIT; y en su numeral IV de la Guía señala: "Cada uno de los Instrumentos técnicos del proceso preparatorio para el ordenamiento territorial, previo a su aprobación por el nivel de gobierno correspondiente deberá contar con la opinión favorable del MINAM)"; Que, con Oficio Nº 77-2017-MINAM/DVMDERN/ DGOT de fecha 03 de abril de 2017, el Director General de Ordenamiento Territorial del Ministerio del Ambiente, emite opinión favorable sobre la propuesta final de la Meso Zonificación, Ecológica y Económica de las provincias de Huánuco, Marañón, Pachitea, Leoncio Prado y Puerto Inca del Departamento de Huánuco; Que, con Informe Legal Nº 344-2017-GRH/GGR/ ORAJ del 26 de abril de 2017, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre esta propuesta; y con Informe Nº 044-2017-GRH/GGR el Gerente General Regional solicita al Gobernador Regional realizar los trámites ante el magno del Consejo Regional para la aprobación de la propuesta final de la Meso Zonificación, Ecológica y Económica de las provincias de Huánuco, Marañón, Pachitea, Leoncio Prado y Puerto Inca del Departamento de Huánuco; Que, el Gobernador Regional mediante Oficio Nº 381-2017-GRH/GR con fecha 04 de mayo de 2017, solicita al Consejo Regional la aprobación mediante Ordenanza Regional "Meso Zonificación, Ecológica y Económica de las Provincias de Huánuco, Marañón, Pachitea, Leoncio Prado y Puerto Inca del Departamento de Huánuco"; Que, mediante Dictamen Nº014-2017-GRHCO-CR/ CPPPAT-AL de fecha 28 de junio de 2017, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional Huánuco, previo análisis y debate, el Consejo Regional emite su pronunciamiento en el mismo sentido, asumiendo la propuesta que aprueba la "Meso Zonificación, Ecológica y Económica de las Provincias de Huánuco, Marañón, Pachitea, Leoncio Prado y Puerto Inca del Departamento de Huánuco"; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- Aprobar, la propuesta final de la "Meso Zonificación, Ecológica y Económica de las Provincias de Huánuco, Marañón, Pachitea, Leoncio Prado y Puerto Inca del Departamento de Huánuco", dicho documento es parte de los instrumentos técnicos del proceso de Ordenamiento Territorial. Artículo Segundo.- Disponer la utilización de manera obligatoria en todas las instancias de gobierno la "Meso Zonificación Ecológica y Económica" como documento orientador para la formulación, aprobación y aplicación de las Políticas, Planes, Programas,

Proyectos Regionales y Locales, sobre el uso sostenible de los recursos naturales y del territorio, el proveer información técnica y el marco referencial para promover y orientar la inversión pública y privada, y contribuir a los proceso de concertación entre los diferentes actores sociales sobre la ocupación y uso adecuado del territorio; y como insumo de los demás instrumentos técnicos del Ordenamiento Territorial. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, conformar un Equipo Técnico, responsable de la coordinación, difusión, implementación, monitoreo, evaluación de la "Meso Zonificación Ecológica y Económica", y establecer el sistema de información territorial departamental, como instrumento de la gestión territorial conforme a la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal electrónico del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 17 días del mes de julio del año dos mil diecisiete. NITTHZY A. ORNETA CABELLO Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 20 días del mes de julio del año dos mil diecisiete. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1555467-1

GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
Declaran patrimonio regional intangible los terrenos del Centro de Desarrollo Ganadero (CEDEGA) de Madre de Dios
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2017-RMDD/CR Puerto Maldonado, 20 de julio de 2017 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día lunes 12 de junio del 2017, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.

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