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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (19/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Sábado 19 de agosto de 2017 El Peruano / competente en el nivel correspondiente, según lo planteado en la etapa inicial: nacional, regional y local. (…) b) Regional, la ZEE es aprobada por Ordenanza del Gobierno Regional respectivo”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 135-2013-MINAM, se aprueba la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, donde señala: que el Ordenamiento Territorial tiene como instrumentos sustentatorios a la Zoni fi cación Ecológica y Económica – ZEE, los Estudios Especializados - EE y el Plan de Ordenamiento Territorial – POT, el cual a su vez se sustenta en el Diagnóstico Integrado del Territorio – DIT; y en su numeral IV de la Guía señala: “Cada uno de los Instrumentos técnicos del proceso preparatorio para el ordenamiento territorial, previo a su aprobación por el nivel de gobierno correspondiente deberá contar con la opinión favorable del MINAM)”; Que, con Oficio Nº 77-2017-MINAM/DVMDERN/ DGOT de fecha 03 de abril de 2017, el Director General de Ordenamiento Territorial del Ministerio del Ambiente, emite opinión favorable sobre la propuesta final de la Meso Zonificación, Ecológica y Económica de las provincias de Huánuco, Marañón, Pachitea, Leoncio Prado y Puerto Inca del Departamento de Huánuco; Que, con Informe Legal Nº 344-2017-GRH/GGR/ ORAJ del 26 de abril de 2017, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre esta propuesta; y con Informe Nº 044-2017-GRH/GGR el Gerente General Regional solicita al Gobernador Regional realizar los trámites ante el magno del Consejo Regional para la aprobación de la propuesta final de la Meso Zonificación, Ecológica y Económica de las provincias de Huánuco, Marañón, Pachitea, Leoncio Prado y Puerto Inca del Departamento de Huánuco; Que, el Gobernador Regional mediante Oficio Nº 381-2017-GRH/GR con fecha 04 de mayo de 2017, solicita al Consejo Regional la aprobación mediante Ordenanza Regional “Meso Zonificación, Ecológica y Económica de las Provincias de Huánuco, Marañón, Pachitea, Leoncio Prado y Puerto Inca del Departamento de Huánuco”; Que, mediante Dictamen Nº014-2017-GRHCO-CR/ CPPPAT-AL de fecha 28 de junio de 2017, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional Huánuco, previo análisis y debate, el Consejo Regional emite su pronunciamiento en el mismo sentido, asumiendo la propuesta que aprueba la “Meso Zonificación, Ecológica y Económica de las Provincias de Huánuco, Marañón, Pachitea, Leoncio Prado y Puerto Inca del Departamento de Huánuco”; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; Que, conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- Aprobar, la propuesta fi nal de la “Meso Zoni fi cación, Ecológica y Económica de las Provincias de Huánuco, Marañón, Pachitea, Leoncio Prado y Puerto Inca del Departamento de Huánuco”, dicho documento es parte de los instrumentos técnicos del proceso de Ordenamiento Territorial. Artículo Segundo.- Disponer la utilización de manera obligatoria en todas las instancias de gobierno la “Meso Zoni fi cación Ecológica y Económica” como documento orientador para la formulación, aprobación y aplicación de las Políticas, Planes, Programas, Proyectos Regionales y Locales, sobre el uso sostenible de los recursos naturales y del territorio, el proveer información técnica y el marco referencial para promover y orientar la inversión pública y privada, y contribuir a los proceso de concertación entre los diferentes actores sociales sobre la ocupación y uso adecuado del territorio; y como insumo de los demás instrumentos técnicos del Ordenamiento Territorial. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, conformar un Equipo Técnico, responsable de la coordinación, difusión, implementación, monitoreo, evaluación de la “Meso Zoni fi cación Ecológica y Económica”, y establecer el sistema de información territorial departamental, como instrumento de la gestión territorial conforme a la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal electrónico del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 17 días del mes de julio del año dos mil diecisiete. NITTHZY A. ORNETA CABELLO Consejera DelegadaConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 20 días del mes de julio del año dos mil diecisiete. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1555467-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Declaran patrimonio regional intangible los terrenos del Centro de Desarrollo Ganadero (CEDEGA) de Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2017-RMDD/CR Puerto Maldonado, 20 de julio de 2017 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día lunes 12 de junio del 2017, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.