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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (25/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 25 de agosto de 2017 / El Peruano por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 6 233 715 495,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo fi nancian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especí fi ca de Ingreso; Que, el inciso v) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional en el presente año fi scal la realización de transferencias fi nancieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIVENDA S.A.; la misma que según el numeral 15.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Memorándum Nº 858 - 2017-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento comunica la suscripción de la Cuarta Adenda al Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA “Convenio para la Ejecución del Bono Familiar Habitacional en las Modalidades de Aplicación: Construcción en Sitio Propio, Mejoramiento de Vivienda y Adquisición de Vivienda Nueva” por lo que propone gestionar el dispositivo legal que autoriza la Transferencia Financiera hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 150 854 400,00), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., en el marco de lo establecido por el artículo 15 de la Ley Nº 30518; Que, con Memorando Nº 1489-2017/VIVIENDA- OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe N° 246-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria, y propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 150 854 400,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva, para lo cual, se ha suscrito la Cuarta Adenda al Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a), numeral 15.1 del artículo 15, de la Ley N° 30518, resulta necesario aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 150 854 400,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma CIENTO CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 150 854 400,00), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Producto 3000129: Familias de Bajos Recursos Aptas para Acceder a Vivienda de Interés Social en Condiciones Adecuadas, en la Actividad 5004334: Asignación del Bono Familiar Habitacional para Vivienda Nueva, en la Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras, para lo cual, se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A., informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de las actividades, a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y de la Segunda Adenda al Convenio N° 003-2017-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1558422-1