Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2017 (25/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Viernes 25 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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que permita acreditar la debida percepción del pago de pensiones de derecho propio y derecho derivado de los exprofesores de la educación básica y técnico productiva, así como de los exauxiliares de educación, comprendidos en el régimen pensionario del Decreto Ley N° 20530; Que, resulta necesario establecer lineamientos y criterios obligatorios y uniformes que deben de cumplir las instancias de gestión educativas descentralizadas, con el propósito de lograr una supervisión efectiva en un contexto de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención al administrado, con la finalidad de cautelar los intereses del Estado, con respecto al control en la planilla única de pagos de pensiones a favor de los exprofesores de la Educación Básica y Técnico Productiva, así como de los exauxiliares de educación, comprendidos en el régimen pensionario del Decreto Ley N° 20530; Con el visado de la Dirección General de Desarrollo Docente y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones; y la Resolución Ministerial N° 520-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, Aprobación y Tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas que regula el Control en la Planilla Única de Pagos de Pensiones a favor de los Pensionistas de derecho propio y derecho derivado a cargo de las instancias de Gestión Educativa Descentralizadas", la misma que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local, la difusión e implementación de la presente Norma Técnica y de las orientaciones que ella contiene. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA MIRANDA MOLINA Viceministra de Gestión Pedagógica 1558416-1

Modifican Anexos de la Norma que orienta el procedimiento para la elaboración del CAP Provisional de las DRE y UGEL, en regiones, aprobada con R.VM N° 071-2016-MINEDU
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 139-2017-MINEDU Lima, 24 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el artículo 6 de la Ley N° 27789, Ley de Bases de la Descentralización, señala entre los objetivos de la descentralización, la unidad y eficiencia del Estado

mediante la distribución ordenada de las competencias públicas y la adecuada relación entre los distintos niveles de gobierno y la administración estatal, así como a la debida asignación de competencias para evitar la duplicidad de funciones y recursos, y la elusión de responsabilidades en la prestación de los servicios; Que, el artículo 63 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que la gestión del sistema educativo nacional es descentralizada, simplificada, participativa y flexible; siendo el Estado, a través del Ministerio de Educación, el responsable de preservar la unidad del sistema; Que, con Resolución Viceministerial N° 071-2016-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada "Norma que orienta el procedimiento para la elaboración del CAP Provisional de las DRE y UGEL, en regiones", con la finalidad de orientar a los Gobiernos Regionales a fortalecer la capacidad operativa del recurso humano directivos y especialistas en el área pedagógica en las Unidades de Gestión Educativa Local; Que, mediante Informes números 034 y 150-2017-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DIFOCA la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades de la Dirección General de Gestión Descentralizada sustenta la modificación de los Anexos números 01 y 02 de la norma técnica antes citada, a fin de realizar la correcta distribución de los 523 (quinientos veintitrés) cargos previstos de Especialistas en Educación, así como del incremento máximo del 5% del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) vigente de los cargos estimados de Jefe de Gestión Pedagógica y Especialistas en Educación para las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y sus Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) de las regiones Amazonas, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, La Libertad, Lima Provincias, Madre de Dios, Piura y Puno; Que, los informes que sustentan la modificación cuentan con la opinión favorable de la Unidad de Organización y Métodos y de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y de la Dirección General de Gestión Descentralizada; Que, el literal k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establece que es función del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional aprobar actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia; Con el visado del Secretario de Planificación Estratégica, del Jefe de la Unidad de Organización y Métodos, del Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Jefa de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, del Director General de la Dirección General de Gestión Descentralizada y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar los Anexos números 01 y 02 de la Norma Técnica denominada "Norma que orienta el procedimiento para la elaboración del CAP Provisional de las DRE y UGEL, en regiones", aprobada con Resolución Viceministerial N° 071-2016-MINEDU, de acuerdo a lo contenido en los Anexos números 01 y 02 que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Asesoría Jurídica publique la presente Resolución y sus Anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación SIJE, ubicado en el portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CÁCERES FREYRE Viceministro de Gestión Institucional 1558416-2

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