Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2017 (25/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Viernes 25 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Jaime Américo Venero Muñiz del 25 de agosto al 3 de setiembre de 2017, para participar en el Grupo de Trabajo de Reglas de Origen dentro de la II Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio (TLC) Perú - Australia, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Jaime Américo Venero Muñiz, Especialista 5 de la División de Tratados Aduaneros Internacionales de la Gerencia de Técnica Aduanera de la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera del 25 de agosto al 3 de setiembre de 2017, para participar en el Grupo de Trabajo de Reglas de Origen dentro de la II Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio (TLC) Perú - Australia, que se llevará a cabo en la ciudad de Canberra, Mancomunidad de Australia, del 28 de agosto al 1 de setiembre de 2017. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2017 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Jaime Américo Venero Muñiz Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) Viáticos US $ 1 695,37 US $ 2 695,00

El Informe N° 464-2017-SUNAFIL/OGA-ORH de la Oficina de Recursos Humanos, de fecha 21 de agosto de 2017 y, demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la acotada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función, entre otras, designar y remover a los directivos de la SUNAFIL; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP PROVISIONAL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial N° 1202017-TR, el cargo de Sub Intendente de Resolución de la Intendencia de Lima Metropolitana está calificado como Directivo Superior; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 90-2017-SUNAFIL, de fecha 11 de mayo de 2017, se encargó por suplencia, bajo la modalidad de designación temporal, a la servidora Creta Enríquez Dueñas, en el cargo de Sub Intendente de Resolución 4 de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, en adición a sus funciones como Especialista Legal II de la Sub Intendencia de Resolución de la Intendencia de Lima Metropolitana; Que, mediante Informe N° 464-2017-SUNAFIL/OGAORH, de fecha 21 de agosto de 2017, la Oficina de Recursos Humanos, señala que ha concluido el proceso de Convocatoria Pública CAS N° 142-2017-SUNAFILOGA-ORH, orientado a la contratación de un (01) Sub Intendente de Resolución 4 para la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, resultando ganadora la señora María Eliana Villa Zambrano, por lo que, corresponde emitir la presente resolución de designación; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece en su artículo 17 que el acto administrativo se entiende eficaz desde la fecha de su emisión, salvo disposición diferente del mismo acto, estando facultada la autoridad a disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados; Con el visado del Secretario General, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Jefa de la Oficina General de Administración y de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con las facultades conferidas en el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida, con eficacia anticipada, a partir del 22 de agosto de 2017, la designación temporal de la señora CRETA ENRIQUEZ DUEÑAS, en el cargo de Sub Intendente de Resolución 4 de la Intendencia de Lima Metropolitana; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar, con eficacia anticipada, a partir del 22 de agosto de 2017, a la señora MARÍA ELIANA VILLA ZAMBRANO, en el cargo de Sub Intendente de Resolución 4 de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL.

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1558482-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Designan Sub Intendente de Resolución 4 de la Intendencia de Lima Metropolitana de la SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 165-2017-SUNAFIL Lima, 23 de agosto de 2017

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