Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2017 (07/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Jueves 7 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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ANEXO ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO MUNICIPAL MANTARO SOCIEDAD ANÓNIMA - EPS MUNICIPAL MANTARO S.A.
Proceso Descripción Optimización de las líneas principales del sistema de agua potable y de las redes de distribución, mediante la renovación de macromedidores de caudal - EPS Municipal Mantaro S.A. - zonales Jauja y Concepción Implementación de equipos de cloración en los reservorios: Cerro Huatacancha, Alayo, Willka 01, Willka 02 y Bolognesi - EPS Municipal Mantaro S.A., zonales de Concepción, Chupaca y Jauja Optimización de la red colectora principal de la av. Mariscal Cáceres, tramo carretera central hasta el jirón 9 de julio - EPS Municipal Mantaro S.A. - zonal concepción Mejoramiento de la línea de conducción Coyllor, mediante la instalación de válvulas de aire y purga - EPS Municipal Mantaro S.A.zonal Chupaca. Implementación y equipamiento operativo para el sistema de distribución de agua potable para el control de fugas, en el ámbito de la EPS Municipal Mantaro S.A. Optimización del sistema de recolección de las aguas residuales, mediante la implementación de equipos y maquinarias para la operación y mantenimiento de las redes de alcantarillado en el ámbito de la EPS Municipal Mantaro S.A Equipamiento del banco de pruebas para medidores de la EPS Municipal Mantaro S.A. Optimización comercial en la medición de agua mediante la ampliación de 4,852 medidores a usuarios asignados y renovación de 2,064 medidores por antigüedad, dentro del ámbito de la EPS Municipal Mantaro S.A. Total Comercial Código de Ficha Monto S/

F-OP-01

300 280,94

F-OP-02

64 858,70

F-OP-03

345 158,80

F-OP-04

452 603,26

F-OP-05

434 395,68

F-OP-06

562 415,06

F-CO-01

242 904,90

F-CO-02

1 663 782,66

4 066 400,00

1595084-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de personal de la SUNAT a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 322-2017/SUNAT Lima, 4 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que mediante documento de fecha 23 de octubre de 2017, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos ­ OCDE cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de

Administración Tributaria ­ SUNAT para participar en el "Foro sobre Administración Tributaria ­ Procedimiento de Acuerdo Mutuo", a realizarse en la ciudad de París, República Francesa, del 13 al 15 de diciembre de 2017; Que la institución ha participado en la anterior reunión del citado foro, que se desarrolló del 5 al 7 de septiembre de 2017, en donde se analizó el panorama general de BEPS y la Acción 14; asimismo, se revisó los aspectos técnicos relacionados al estándar mínimo, tales como los términos de referencia, la información estadística, el enfoque de transición para los nuevos miembros y la orientación sobre información y documentación que hay que presentar con una solicitud de asistencia de procedimiento de acuerdo mutuo; Que, los temas a tratar servirán para implementar las recomendaciones BEPS en nuestra legislación y mejorar el desarrollo de las funciones asignadas a la SUNAT y a la Gerencia de Estrategias de la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos, además son parte de la Acción 14 de BEPS y del Marco Inclusivo al cual el Perú se ha adherido desde Enero de 2017, estando comprometido a cumplir los estándares mínimos de dicha acción; Que la participación de la SUNAT en el referido evento se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero, toda vez que le permitirá tomar conocimiento de estrategias y herramientas para regular y aplicar el procedimiento de acuerdo mutuo en el marco de los convenios para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal internacional; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Técnico remitido con el Memorándum Electrónico N° 00105-2017700000, resulta necesario autorizar la participación en el citado evento de la trabajadora Nancy Aguirre Arredondo, Especialista 4 de la Gerencia de Estrategias de la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de la trabajadora Nancy Aguirre Arredondo, Especialista 4 de la Gerencia de Estrategias de la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos, del 11 al 17 de noviembre de 2017, para participar en el citado evento, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la trabajadora Nancy Aguirre Arredondo, Especialista 4 de la Gerencia

Operacional

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