Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2017 (07/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Jueves 7 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, y la resolución y el texto del Reglamento de Organización y Funciones que se aprueba, en el portal de transparencia de la página electrónica del Consejo Nacional de la Magistratura (www.cnm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GUIDO AGUILA GRADOS Presidente 1594125-1

Artículo Segundo.- Reconocer al señor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Dr. Guido César Aguila Grados, el costo del pasaje aéreo ida y retorno internacional y los viáticos, conforme la Directiva N° 004-2016-P-CNM "Normas y Procedimientos sobre viajes y viáticos en comisión de servicios del Consejo Nacional de la Magistratura"; de acuerdo a lo siguiente:
Nombres y Apellidos Guido César Aguila Grados Pasaje Aéreo US$ 1,761.52 Viáticos por día US$ 540.00 N° de días 03 01 Total Viáticos US$ 2,160.00

Autorizan viaje del Presidente del CNM a España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 181-2017-P-CNM San Isidro, 27 de noviembre de 2017 VISTOS: La Carta de Invitación de fecha 2 de noviembre de 2017, del señor Pedro Félix Álvarez de Benito, Director del Servicio de Relaciones Internacionales del Consejo General del Poder Judicial de España al señor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura para que participe en la Segunda Reunión Preparatoria de la Cumbre Judicial Iberoamericana, del 12 al 15 de diciembre de 2017; y el Acuerdo Nº 1664-2017. CONSIDERANDO: Que, el Director del Servicio de Relaciones Internacionales del Consejo General del Poder Judicial de España, mediante carta de fecha, 2 de noviembre de 2017, cursó invitación formal al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Dr. Guido César Aguila Grados, a fin de que participe en la Segunda Reunión Preparatoria de la Cumbre Judicial Iberoamericana a realizarse en la ciudad de Madrid ­ España, del 12 al 15 de diciembre de 2017; Que, vista la invitación del Director del Servicio de Relaciones Internacionales del Consejo General del Poder Judicial de España, el Pleno del Consejo, mediante Acuerdo N° 1664-2017 de la Sesión Plenaria Ordinaria N° 3018 de fecha 15 de noviembre de 2017, autorizó la participación del señor Presidente Guido Aguila Grados en la Segunda Reunión Preparatoria de la Cumbre Judicial Iberoamericana aludido en el considerando precedente; Que, en atención a ello, corresponde emitir el acto administrativo que autorice el viaje en comisión de servicios del señor Presidente y que encargue, durante su ausencia, las funciones de la Presidencia al señor Vicepresidente, Julio Atilio Gutiérrez Pebe; Que, conforme lo establecido en la Directiva Nº 004-2016-P-CNM "Normas y Procedimientos sobre viajes y viáticos en comisión de servicios del Consejo Nacional de la Magistratura", aprobada por Resolución Nº 050-2016-P-CNM y sus modificatorias, resulta procedente reconocer lo gastos de pasajes aéreos y viáticos que corresponden: De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, Ley N° 26397, y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución N° 156-2015-P-CNM y sus modificatorias y con el visado de la Dirección General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina Administración y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la participación del señor Presidente, doctor Guido Aguila Grados, en la Segunda Reunión Preparatoria de la Cumbre Judicial Iberoamericana, a realizarse en la ciudad de Madrid ­ España, del 13 al 15 de diciembre de 2017;

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Consejo Nacional de la Magistratura en las Especificas de Gasto detalladas en el Articulo Segundo de la Presente Resolución, Meta 003. Artículo Cuarto.- Encargar al señor Vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Julio Atilio Gutiérrez Pebe, el Despacho de la Presidencia del CNM, durante la ausencia del Titular del Pliego. Artículo Quinto.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Sexto.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas del Consejo Nacional de la Magistratura la publicación y cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. GUIDO AGUILA GRADOS Presidente 1594124-1

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 133-2017-CO-UNAB Barranca, 11 de abril de 2017 VISTO: Por acuerdo del Pleno de la Comisión Organizadora en Sesión Extraordinaria del 11 de abril de 2017; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 18º y la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, en su Artículo 8º establecen que las universidades tienen autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, por Ley Nº 29553 promulgada el 6 de julio de 2010, se creó la Universidad Nacional de Barranca (UNAB), con domicilio en la ciudad de Barranca, Distrito y Provincia de Barranca del Departamento de Lima; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 046-2016-MINEDU, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del

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