Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2017 (07/12/2017)


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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Jueves 7 de diciembre de 2017 /

El Peruano

acceso a la información, consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, el Estado adopta medidas básicas que garanticen y promueven la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, corresponde a la máxima autoridad de la Entidad la designación del funcionario responsable de entregar la información de acceso público y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, conforme a lo señalado en los artículos 5 y 8 del Texto único Ordenado de la Ley Nº 27806, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3 del reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 260-2016-CO-UNAB, de fecha 13 de junio de 2016, se designa al Ing. PERCY HUMBERTO CHUNGA GAMARRA como encargado de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia de la UNAB; Que, en ese sentido corresponde designar al responsable del Portal de Transparencia y de brindar información de acceso público; Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, en Sesión Extraordinaria de fecha 11 de abril de 2017, acordó designar al Abg. ABIDAN TIPO YANAPA, como responsable del Portal de Transparencia y de brindar información de acceso público, en adición a sus funciones de Secretario General de la UNAB; Estando a los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes y a las disposiciones aplicables de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, Ley Nº 29553 - Ley de creación de la UNAB, Estatuto y Reglamento de Organización y Funciones de la UNAB y Resolución Viceministerial Nº 046-2016-MINEDU, que designa a la Dra. Inés Miriam Gárate Camacho, como Presidenta de la Comisión Organizadora de la UNAB y, como tal, asume las funciones de Rectora, dirige la actividad académica y la gestión administrativa, económica y financiera de la Universidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR al Abg. ABIDAN TIPO YANAPA, como responsable del Portal de Transparencia y de brindar información de acceso público, en adición a sus funciones de Secretario General de la Universidad Nacional de Barranca. Artículo 2º.- DISPONER que los funcionarios y personal de la Universidad Nacional de Barranca, bajo responsabilidad, deberán de facilitar la información y/o documentación que le sea solicitada en virtud a la designación efectuada en el artículo precedente. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente resolución en el Portal Institucional de la Universidad Nacional de Barranca, así como en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. INÉS MIRIAM GARATE CAMACHO Presidenta de la Comisión Organizadora 1594615-1

El Oficio Nº 2536-2017-OGPL, Proveídos Nº 91282017-REDO y Nº 3890-2017-SEGE, Certificación de Crédito Presupuestario Nº 253-2017-OPP/OGPL, sobre sobre autorización de viaje al exterior del Msc. Julián Enrique Deza Quiñonez, docente de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann ­ Tacna; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Rectoral Nº 3038-2017-UN/ JBG, se autoriza excepcionalmente el viaje al exterior en comisión de servicios del MSC. JULIÁN ENRIQUE DEZA QUIÑONEZ y DR. DANIEL GANDARILLAS ESPEZÚA, docentes de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann ­ Tacna, a los países de Argentina y Chile por el periodo del 18 de noviembre al 02 de diciembre de 2017; El Jefe de la Oficina General de Planificación, mediante documento del Visto, da a conocer que el docente Dr. Daniel Gandarillas Espezúa, no ha realizado el viaje programado, a los países de Argentina y Chile a fin de visitar seis universidades con estudiantes de la E. P. de Medicina Veterinaria y Zootecnia y E.P. de Agronomía para conocer e integrar conocimientos a estudiantes de ambos países, mediante el convenio CRISCOS, del 18 de noviembre al 02 de diciembre de 2017; en tal sentido solicita dejar sin efecto la Resolución antes detallada debiendo consignar únicamente el viaje del docente MSC. JULIÁN ENRIQUE DEZA QUIÑONEZ, para lo cual asigna la nueva Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2532017-OPP/OGPL, debiendo a su retorno presentar ante el Titular del Pliego, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; Que la participación del Msc. Julián Enrique Deza Quiñonez, resulta necesaria, toda vez que permitirá obtener conocimientos respecto a los avances tecnológicos, en sus fundos parcelas, fincas etc. lo cual beneficia a nuestra Alma Mater y por ende al Perú; Que según Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobada mediante D. S. Nº 047-2002-PCM, en su Art. 2º establece que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje,el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que el numeral 10.1 de Art. 10º de la Ley 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017, en materia de bienes y servicios, prohíbe los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos excepto los a los funcionarios señalados en el artículo 52º de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas; Que siendo de interés para la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann ­ Tacna y por ende del País, se autoriza el viaje del Msc. Julián Enrique Deza Quiñonez docente de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann ­ Tacna; De conformidad con el inciso 62.2 del Art. 62º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Ley 27619, Ley 30372, y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Rectoral Nº 3038-2017-UN/JBG, en virtud a los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar, excepcionalmente el viaje al exterior en comisión de servicios del MSC. JULIÁN ENRIQUE DEZA QUIÑONEZ, docente de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann ­ Tacna, a los países de Argentina y Chile por el periodo del 18 de noviembre al 02 de

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna a Argentina y Chile, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 3080-2017-UN/JBG Tacna, 24 noviembre de 2017

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