Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2017 (24/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Domingo 24 de diciembre de 2017 /

El Peruano

delito, además de defender a la sociedad y las demás que le señalan la Constitución Política del Perú y el ordenamiento jurídico de la Nación; Que, el numeral 1 del artículo 173 del Nuevo Código Procesal Penal establece que "La pericia procederá siempre que, para la explicación y mejor comprensión de algún hecho, se requiera conocimiento especializado de naturaleza científica, técnica, artística o de experiencia calificada", indicándose en el numeral 2 del Artículo 174º del referido Código que "La labor pericial se encomendará, sin necesidad de designación expresa, (...) al Instituto de Medicina Legal, así como a los organismos del Estado que desarrollan labor científica o técnica, (...)", procedimiento que se encuentra normado a través de la Directiva Nº 08-2012-MP-FN "El Ofrecimiento y la actuación de la Prueba Pericial", aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2015-2012-MP-FN de fecha 15 de agosto de 2012; Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4035-2013-MP-FN del 09 de diciembre de 2013, fue aprobado el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio Público (CAP-MP) estableciéndose los cargos estructurales de las unidades orgánicas existentes, el mismo que fuera modificado, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3757-2016-MP-FN del 31 de agosto de 2016, en el extremo relativo al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses incorporándose el cargo nominativo de "Jefe" para el cargo estructural previsto de médico, responsable funcional de la unidad orgánica médico legal; Que, en el Distrito de Bambamarca, de la Provincia de Hualgayoc correspondiente al Distrito Fiscal de Cajamarca se encuentran funcionando tres estamentos jurisdiccionales: el Poder Judicial, la Policía Nacional y Fiscalías Provinciales, esta última registrando un promedio de casos vinculados a evaluación forense de aproximadamente 27 casos por mes, los cuales deben reportarse en otras localidades para su atención, por lo cual mediante el Informe de vistos el Presidente de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, informa de la modalidad de Afectación en Uso otorgada por la Municipalidad Provincial de Hualgayoc de un inmueble para el funcionamiento de una División Médico Legal de Hualgayoc-Bambamarca, conforme se detalla en el "Convenio Interinstitucional entre el Ministerio Público y la Municipalidad Provincial de Hualgayoc-Bambamarca", suscrito el 20 de setiembre de 2017, a través del cual se podrá propiciar la atención al usuario de la comunidad, caseríos y anexos, de los exámenes médico legales solicitados por las autoridades competentes; Que, por lo expuesto resulta necesario prever la creación de una División Médico Legal de nivel I en la Provincia de Bambamarca, Distrito de Hualgayoc del Distrito Fiscal de Cajamarca; Estando a lo propuesto y contando con los vistos de la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Gerencia General, Oficina Central de Planificación y Presupuesto; Oficina de Racionalización y Estadística y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 64º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 052 y a lo establecido en el numeral 4.2 de acápite 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE. SE RESUELVE: Artículo Primero.- CREAR e incorporar en el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio Público (CAPMP) aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4035-2013-MP-FN la DIVISIÓN MÉDICO LEGAL I DE HUALGAYOC-BAMBAMARCA como órgano de línea de la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, estableciendo la previsión de los siguientes cargos:

División Médico Legal I de Hualgayoc-Bambamarca Jefe Médico Psicólogo Asistente Médico Legal Total

Nº 1 2 1 1 5

Artículo Segundo.- La previsión de los cargos en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP-MP) creados en el artículo precedente, se supeditarán a la respectiva disponibilidad presupuestaria. Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina Central de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en la intranet y página web de la Institución, para su respectiva difusión. Artículo Cuarto.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, a la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Gerencia General, Oficina Central de Planificación y Presupuesto, Oficina Central de Tecnologías de la Información y a la Oficina de Asesoría Jurídica para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1600230-1

Convierten fiscalía en Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos y emiten otras disposiciones
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4710 -2017-MP-FN Lima, 22 de diciembre de 2017 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, con oficio N° 536-2017-MP-FN-FSCA e informe N° 01-2017-MP-FN-FSCI, el doctor Jesús Eliseo Martín Fernández Alarcón, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo, solicita la creación del Área Penal de la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo, fundamentando su requerimiento en las competencias dispuestas en mérito a las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 1116-2007-MP-FN, N° 38-2012-MPFN y N° 727-2012-MP-FN, de fechas 21 de setiembre de 2007, 10 de enero de 2012 y 21 de marzo de 2012, respectivamente; precisando que actualmente existe la necesidad de formalizar la existencia de la mencionada Área Penal, como consecuencia del encargo de conocer los casos penales contra determinados altos funcionarios con prerrogativa de aforamiento, así como por la necesidad de organizar la estructura y adaptar los métodos de trabajo a tales exigencias del servicio, principalmente por cuanto los instrumentos de organización institucional (CAP, entre otros) no consideran su existencia y por ende no aparecen en la estructura organizativa las plazas de personal fiscal y administrativo que se destinan a cubrir las necesidades de dicha Área. Finalmente, en el numeral 5. del citado informe, se concluye que la carga que viene afrontando la referida Área, en la mayoría de los casos se encuentra judicializada y en otros, están por entrar en etapa de juzgamiento. Que, a través del informe N° 17-2017-MP-FN-ETINCPP/ST, de fecha 17 de agosto de 2017, el Secretario Técnico del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, sustenta que frente a la necesidad organizacional y funcional que presenta la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo, desde que viene conociendo casos

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