Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2017 (24/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Domingo 24 de diciembre de 2017 /

El Peruano

administrados con la finalidad de regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de las sanciones administrativas teniendo en cuenta la capacidad contributiva y la mejora en la calidad de vida de los vecinos de Sayán. Estando a lo expuesto y contando con la aprobación por unanimidad del Concejo Municipal en pleno y en el Cumplimiento de las facultades conferidas en los Artículos 9º (inciso 1),39º, 40º y 44º de la Ley 27972,se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE LA CAMPAÑA PREDIAL 2018 Y FIJA EL MONTO MÍNIMO A PAGAR POR LA EMISIÓN MECANIZADA DE TRIBUTOS Artículo 1º.- OBJETO Y VIGENCIA DE LA NORMA Establece formal y oficialmente la Campaña Predial para el Ejercicio 2018, mediante la modalidad de actualización de valores y el plazo para el pago del Impuesto Predial; la misma que entrará en vigencia a partir del 1º de enero de2018. Artículo 2º.- ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES DE PREDIOS 2018 Establézcase el servicio de emisión mecanizada de actualización de los valores de los predios ubicados en la jurisdicción del distrito de Sayán, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018, emisión que sustituye la obligación contemplada por el inciso a) del artículo 14º del TUO de la Ley de Tributación Municipal (Decreto Supremo Nº 156-2004-EF) y que se entenderá como válida en caso que el propietario responsable o posesionario no la objete dentro del plazo establecido para elpago al contado del Impuesto Predial. Artículo 3º.- ACREDITACIÓN DEL PENSIONISTAS 2018 Los pensionistas que estén gozando de la inafectación al Impuesto Predial, deberán presentar la última boleta que acredita su condición y una declaración jurada de cumplir con las condiciones de mantenerse incurso en la inafectación establecida en el Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Artículo 4º.- IMPUESTO MÍNIMO PREDIAL Establézcase como Impuesto Predial para el Ejercicio Fiscal 2018, el equivalente al 0.6% de la UIT vigente al 01 de enero del 2018. Artículo 5º.- APRUÉBASE la Estructura de Costos que como Anexo Nº 01 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- ESTABLECER como derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio del Impuesto Predial 2018, la suma de S/. 10.50 (diez con50/100 soles), por predio declarado. En el caso de que el contribuyente tenga más de un predio deberá cobrarse la suma de S/.1.00(un sol con 00/100 soles), por anexo y/o predio adicional, similar monto se considerara para la emisión mecanizada de actualización de valores,determinación y distribución a domicilio de las hojas de Liquidación de los Arbitrios Municipales 2018. Artículo 7º.- ALTERNATIVAS DE PAGO Los Contribuyentes o responsables del Impuesto Predial, podrán cancelar el impuesto correspondiente al Ejercicio 2018 de acuerdo a las siguientes alternativas. a) Al Contado. - El Impuesto anual se pagará hasta el 28 de febrero del 2018. b) En Forma Fraccionada.- Hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso la primera cuota equivalente al 25% del impuesto total anual resultante deberá pagarse hasta el 28 de febrero del 2018. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre de 2018; debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), por el período comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago.

En el caso de omisiones o infracciones y/o incumplimiento en el pago del Impuesto se aplicará lo establecido en el Texto Único Ordenado del Código TributarioDecreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatorias. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al alcalde de la Municipalidad Distrital de Sayán, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue los plazos y dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la aplicación de la presente norma. Segunda.- La Gerencia de Administración Tributaria y Rentas está facultada a dictar mediante Resolución de Gerencia los aspectos operativos administrativos para promover la aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- La gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Unidad de Informática y Sistemas, quedan encargados para la ejecución de la presente Ordenanza, en lo que le competa. Encárguese a la Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a imagen Institucional la respectiva difusión de la presente ordenanza. Cuarta.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Corporación Municipal (www.munisayan gob.pe) y en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIX VICTOR ESTEBAN AQUINO Alcalde ANEXO Nº 01 ESTRUCTURA DE COSTOS DEL SERVICIO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE LOS VALORES DE LOS PREDIOS URBANOS Y RURALES AÑO 2018
UNIDAD DE MEDIDA COSTO COSTO UNITARIO TOTAL 40,255.00 1 Servicio 11,000.00 11,000.00

CONCEPTO SERVICIO DE TERCEROS Tercerización del Proceso de Emisión e Impresión Mecanizada de HR, PU, PR y cargo de notificación. Tercerización del Proceso de Notificación Urbana Tercerización del Proceso de Notificación Rural Supervisor del Proceso de Notificación COSTO DE MATERIALES Estuche Solapero Membretado Formato de Hojas de Resumen Formato de Predio Urbano Formato de Predio Rústico Engrapador Grapas OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES Diseño y Selección de contenido de Cuponeras Movilidad Supervisión de Notificación COSTOS INDIRECTOS Banderolas Pasacalles

CANT.

5,473 2,759 1

Notificación Notificación Servicio

3.00 16,419.00 4.00 1,800.00 11,036.00 1,800.00 14,760.00

14 12 10 9 3 25

Millares Millares Millares Millares Unidad Cajas

790.00 113.00 113.00 113.00 24.00 5.00

11,060.00 1,356.00 1,130.00 1,017.00 72.00 125.00 10,800.00

1 120

Servicio Horas

600.00

600.00

85.00 10,200.00 14,870.00

12

Unidad

160.00

1,920.00

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