Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2017 (24/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Domingo 24 de diciembre de 2017
CONCEPTO Banner Volantes Perifoneo CANT. 5 30 120 COSTO TOTAL CONTRIBUYENTES COSTO UNITARIO UNIDAD DE MEDIDA Unidad Millares Horas

NORMAS LEGALES

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COSTO COSTO UNITARIO TOTAL 250.00 150.00 60.00 1,250.00 4,500.00 7,200.00 80,685.00 7,687.00 10.50

lo previsto por el artículo 200º, Inc. 4) de la Constitución tienen rango de Ley, al igual que las Leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las normas de carácter general; Estando a lo expuesto y contando con la aprobación por unanimidad del Concejo Municipal en pleno y en el Cumplimiento de las facultades conferidas en los Artículos 9º (inciso 1),39º, 40º y 44º de la Ley 27972,se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO DEL PERIODO 2018 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Ámbito La presente Ordenanza regula la determinación y aplicación de los Arbitrios Municipales por la prestación de limpieza pública, de Parques y Áreas Verdes y de Serenazgo, para el año 2018 en la jurisdicción del distrito de Sayán. Aplíquese para el ejercicio 2018, lo dispuesto en la Ordenanzas Nº 008-2012-MDS y 008-2013-MDS, las mismas que fueron publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 28 de Diciembre de 2012 y 4 de diciembre de 2013 y Acuerdo de Concejo Nº 110-2013-MDH publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de Diciembre de 2013. Artículo 2º.- Hecho Generador Constituye el hecho generador la prestación efectiva de los servicios públicos siguientes: a. Servicio de Limpieza Pública: Comprende la organización, gestión y ejecución de los siguientes servicios: - Servicio de barrido y limpieza de calles, - Servicio de recolección domiciliaria de residuos sólidos, transporte y disposición final de los residuos sólidos generados en la jurisdicción distrital de Sayán. b. Servicio de Parques y Áreas Verdes: Comprende la organización, gestión y ejecución del servicio de mejora y mantenimiento de los parques públicos y áreas verdes de la jurisdicción distrital de Sayán. c. Servicio de Serenazgo: Comprende la organización, gestión y ejecución del servicio de mantenimiento y mejora de la vigilancia pública, apoyo a prevención del delito y protección civil, en procura de la seguridad ciudadana de la jurisdicción distrital de Sayán. La prestación y mantenimiento de los servicios públicos señalados en los literales precedentes a), b) y c), obliga a los contribuyentes y/o responsables a asumir y pagar los costos que la Municipalidad Distrital de Sayán les traslade por concepto de Arbitrios Municipales. Artículo 3º.- Periodicidad y vencimiento de la obligación Los arbitrios son de periodicidad mensual y su vencimiento de pago se produce según el cronograma que se detalla en la parte final del presente artículo. La condición de contribuyente y/o responsable se configura al primer día mes, al que corresponda la obligación tributaria. Cuando se efectúe cualquier transferencia, la obligación tributaria para el nuevo propietario se configura el primer día del mes siguiente al que se adquirió la calidad de propietario. CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO Enero, Febrero y Marzo Vence el 30 de Marzo de 2018 Abril, Mayo y Junio Vence el 28 de Junio de 2018 Julio, Agosto y Septiembre Vence el 28 de Septiembre de 2018 Octubre, Noviembre y Diciembre Vence el 28 de Diciembre de 2018

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Establecen Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del periodo 2018
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2017-MDS/A Sayán, 14 de diciembre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYÁN POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYÁN VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 071-2017-MDSCM, de fecha 14 de diciembre del 2017, donde se aprueba la "Ordenanza Municipal que Establece el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del periodo 2018"; asimismo el Informe Nº 0236-2017-MDS/GATyRA de fecha 13 de diciembre del 2017 de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Memorando Nº 4642017-GM/MDS de fecha 13 de diciembre del 2017 de la Gerencia Municipal; e, Informe Legal Nº 274-2017-OAJ/ MDS recepcionado el 13 de diciembre del 2017 de la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; debiendo ser las ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las municipalidades distritales y ratificadas por la Municipalidad Provincial que corresponda para su vigencia; Que, el Artículo 69º del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, sustituido por el Artículo 24º del Decreto Legislativo Nº 952, dispone que la determinación de las tasas deberá sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, así como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial utilizándose de manera vinculada y dependiendo del servicio público involucrado, entre otros criterios que resulten válidos para la distribución: el uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con

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