Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2017 (24/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 24 de diciembre de 2017 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. la apertura de oficina en la modalidad de agencia en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4929-2017 Lima, 21 de diciembre de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una oficina, en la modalidad de agencia, ubicada en el distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 24.08.2017 dicho órgano modificó el Programa Anual de Apertura y Traslado de Agencias para el año 2017, el cual incluía la apertura de la citada agencia; Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento N° 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-2011; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Edpyme Inversiones La Cruz S.A., la apertura de una oficina, en la modalidad de agencia, conforme al siguiente detalle:
Agencia Magdalena II Ubicación Jr. Bolognesi N° 385, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima

VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del artículo 59 de la Ley Nº 27867Ley Orgánica del Gobierno Regional, establece como función de los Gobiernos Regionales en materia de minas "Otorgar Concesiones para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional". Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 1792006-MEM/DM, Nº550-2006-MEM/DM y Nº 121-2008MEM/DM publicadas el 16 de abril del 2006, 18 de noviembre 2006 y el 10 de marzo del 2008 en el diario oficial "El Peruano" respectivamente, se declaró que el Gobierno Regional de Tacna, concluyo el proceso de trasferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo competente a partir de esas fechas para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para la Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional. Que, por Ordenanza Regional Nº 022-2009-CR/GOB. REG.TACNA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna. Que, el Gobierno Regional de Tacna a través de esta Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional, conforme a lo indicado en los párrafos precedentes. De conformidad con el inciso f) del artículo 59º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el artículo 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM-TUO de la Ley General de Minería; el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EMReglamento De Procedimientos Mineros; el inciso f) del artículo 9º de la Ordenanza Regional Nº 022-2009CR/GOB.REG.TACNA ­ Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Ejecutiva Regional Nº 581-2017-GR/GOB.REG.TACNA de fecha 06 de Setiembre 2017. SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el diario oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de noviembre del 2017, para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, de acuerdo a la nomenclatura que se establece: NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VÉRTICES EXPRESADOS EN KILÓMETROS. 1.- A) CANTERA BALDOR; B) 73-0000815; C) CAPACUTI FLORES BALDOMERO; D) 039-2017-DRSEMT/GOB.REG.TACNA; E) 19; F) V1:N8013 E375 V2:N8012 E375 V3:N8012 E374 V4:N8013 E374 2.-A) TOCUCO CUATRO; B) 7300026-16; C) NIETO PORTALES JAVIER EDUARDO; D) 057-2017-DRSEMT/GOB.REG.TACNA; E) 19; F) V1:N8030 E389 V2:N8030 E390 V3:N8029 E390 V4: N8029 E389. Regístrese y comuníquese. MARIO ALBERTO MALAGA ESPEJO Director Regional Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas Tacna 1600367-1

Registrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1600144-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de noviembre de 2017
DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE ENERGÍA Y MINAS DE TACNA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 062-2017-DRSEMT/GOB.REG.TACNA 5 de diciembre de 2017

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