Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2017 (13/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de enero de 2017 /

El Peruano

que apliquen el Código Procesal Penal, así como el Administrador del Módulo Penal en calidad de Secretario Técnico. Segundo.- Mediante Resolución Administrativa N° 296-2016-CE-PJ se aprobó la Directiva N° 011-2016-CEPJ - Lineamientos de Aplicación del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal (ETI Distrital ­ CPP), que tiene como finalidad establecer los lineamientos que deben desarrollar el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal, norma que deberá tenerse en cuenta con la reserva del caso, en razón a que en nuestro Distrito Judicial aún no se aplica plenamente el Código Procesal Penal. Tercero.- Siendo así, para el presente año judicial debe conformarse El Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal, la misma que aplicará los lineamientos establecidos en las resoluciones administrativas glosadas. En uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; se, RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para el año judicial 2017, integrado de la siguiente manera:
Jimmy García Ruiz Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, quien lo preside.

N° 161-2015-CE-PJ, la Resolución Jefatural N° 154-2016-SUNARP-Z.R.N° IX/JEF, el oficio N° 053-2017ADM-CSJLE/PJ e Informe N° 004-2017-OSJ-ADM-CSJLE/ PJ; y, CONSIDERANDO: Primero.- El Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 161-2015-CE-PJ, dispone en el ítem 23, el proceso de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos en cada Distrito Judicial, el mismo que deberá realizarse anualmente. Segundo.- Por Resolución Jefatural de Vistos, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos dispuso la habilitación anual para ejercer las funciones de Martillero Público durante el año 2016, a las personas que integran la nómina adjunta a la citada resolución. Tercero.- Mediante oficio e informe de vistos de la Oficina de Administración Distrital y del Área de Servicios Judiciales, se solicita la ampliación de la vigencia de la Resolución Administrativa N° 242-2016-P-CSJLE-PJ que aprobó la Nómina de Martilleros Públicos en esta Corte Superior de Justicia correspondiente al periodo judicial 2016, con la finalidad de asegurar la continuidad del servicio del Registro de Martilleros Públicos, petición que se formula al amparo del artículo cuarto del Reglamento de la Ley del Martillero Público, aprobado por Decreto Supremo N° 082005-JUS, en tanto se culmine el proceso de inscripción de martilleros públicos para integrar la Nómina de esta Corte Superior de Justicia para el periodo 2017, que esta sujeto a la habilitación de los Martilleros Públicos por la SUNARP, resultando atendible lo requerido, por lo que debe dictarse el acto administrativo correspondiente. En uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR la vigencia de la Resolución Administrativa N° 242-2016-P-CSJLE-PJ que aprobó la Nómina de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, correspondiente al periodo judicial 2016, en tanto se culmine el proceso de inscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de esta Corte Superior de Justicia para el periodo 2017. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administración Distrital, Área de Servicios Judiciales, Oficina de Imagen y Prensa de esta Corte Superior de Justicia, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JIMMY GARCIA RUIZ Presidente 1473231-1

María del Carmen Cornejo Presidenta de la Sala Penal de Apelaciones. Lopera Judy Jenny Rodríguez García Jueza del Primer Juzgado Penal Unipersonal. Edmundo Monroy Carlos Coico Administrador del Módulo Penal, quién actuará como Secretario Técnico.

Articulo Segundo.- ESTABLECER que el Equipo Técnico Distrital de Implementación de este Distrito Judicial, deberá cumplir con las funciones señaladas en el artículo 21° y las atribuciones contenidas en los artículos 22°, 23° y 24° de la Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, así como lo establecido en la Directiva N° 011-2016-CE-PJ. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal, Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura, Administración Distrital y Área de Imagen y Prensa de esta Corte Superior y de los designados para sus fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JIMMY GARCIA RUIZ Presidente 1473230-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

Amplían vigencia de la Res. Adm. N° 242-2016-P-CSJLE-PJ, que aprobó la Nómina de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima Este correspondiente al periodo judicial 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 028-2017-P-CSJLEI/PJ Ate, 11 de enero de 2017 VISTOS: El Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de revocatoria en contra de alcalde y regidores del Concejo Distrital de Ataquero, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN Nº 0007-2017-JNE Expediente Nº J-2016-01459 ONPE Revocatoria Lima, diez de enero de dos mil diecisiete

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