Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2017 (17/02/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 17 de febrero de 2017 /

El Peruano

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Autorizan Transferencia Financiera del Ministerio a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono del Buen Pagador
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2017-VIVIENDA Lima, 16 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 6 233 715 495,00), incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso; Que, el inciso v) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIVENDA S.A.; la misma que, según el numeral 15.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, con el Memorando Nº 141-2017-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento comunica la suscripción del Convenio N° 039-2017-VIVIENDA, Convenio para la ejecución del Bono del Buen Pagador entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Fondo MIVIVIENDA S.A., por lo que resulta necesario gestionar el dispositivo legal que autorice la Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., por la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL SETENTA Y UN Y 00/100 SOLES (S/ 5 314 071,00), en el marco de lo establecido por el artículo 15 de la Ley Nº 30518; Que, con el Memorando Nº 247-2017/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 054-2017/VIVIENDA-OGPPOP de la Oficina de Presupuesto, en el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora

001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, en la Actividad 5000831: Gestión del Bono del Buen Pagador, en la Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL SETENTA Y UN Y 00/100 SOLES (S/ 5 314 071,00), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono del Buen Pagador, para lo cual se ha suscrito el Convenio Nº 039-2017-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria respectiva; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a), numeral 15.1 del artículo 15, de la Ley N° 30518, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL SETENTA Y UN Y 00/100 SOLES (S/ 5 314 071,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono del Buen Pagador; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y ,el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL SETENTA Y UN Y 00/100 SOLES (S/ 5 314 071,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono del Buen Pagador. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, en la Actividad 5000831: Gestión del Bono del Buen Pagador, en la Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A., informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades, a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de

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