Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2017 (13/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Jueves 13 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTOS: el Informe N° 130-2017-SENACE-SGOA/URH, de la Unidad de Recursos Humanos; el Memorando N° 501-2017-SENACE-SG-OA, de la Oficina de Administración; el Informe N° 094-2017-SENACE-SG/ OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace, como un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, la Ley N° 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, regula los avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27736, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2004TR, establece que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar. Están excluidas de esta obligación de concursar y remitir la oferta, los puestos clasificados como de confianza conforme las reglas de la normatividad laboral pública vigente; Que, asimismo, el referido artículo establece que los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, y que dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 107-2011-SERVIR/PE, aprueba el Modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, en donde se indica que la publicación del proceso de contratación se efectuará en el Servicio Nacional del Empleo; Que, mediante Resolución Jefatural N° 112-2016-SENACE/J se designó al servidor Freddy Arévalo Torres, Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, como responsable de remitir las ofertas de empleo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, a la fecha, el citado servidor no mantiene vínculo laboral con el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace, por lo que corresponde designar al funcionario responsable; Que, mediante Resolución Jefatural N° 046-2017-SENACE/J se designa a la señora Juana Muñoz Rivera, en el cargo de Jefa de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; Que, con Memorando N° 501-2017-SENACE-SG-OA, la Jefa de la Oficina de Administración propone designar a la señora Juana Muñoz Rivera, Jefa de la Unidad de Recursos Humanos, como funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con el visado de la Secretaria General, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y sus disposiciones reglamentarias, aprobadas por Decreto Supremo N° 012-2004-TR; la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora JUANA MUÑOZ RIVERA, Jefa de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, como funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo del Servicio Nacional de

Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolución Jefatural N° 112-2016-SENACE/J. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a la Jefa de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración del Senace. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace (www.senace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK WIELAND FERNANDINI Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace 1543214-1

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Autorizan el funcionamiento de ACRES Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. como sociedad administradora de fondos de inversión
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 055-2017-SMV/02 Lima, 6 de julio de 2017 EL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES (e) VISTOS: El Expediente Nº 2016040116, así como el Informe Nº 608-2017-SMV/10.2, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 116-2015-SMV/10.2 del 27 de octubre de 2015, se otorgó a ACRES Sociedad Agente de Bolsa S.A. la autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada ACRES Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., pudiendo utilizar también la denominación abreviada ACRES SAFI S.A. Que, ACRES Sociedad Agente de Bolsa S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV autorización de funcionamiento de ACRES Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. para actuar como una sociedad administradora de fondos de inversión; Que, el artículo 18º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución SMV Nº 029-2014-SMV/01, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02, señalan los requisitos mínimos que deben cumplirse para obtener la autorización de funcionamiento de una sociedad administradora de fondos de inversión; Que, a efectos de verificar que ACRES Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y recursos humanos necesarios para su funcionamiento, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades, realizó una visita de inspección a las instalaciones de la referida sociedad el 15 de junio de 2017; Que, de la evaluación de la documentación presentada por ACRES Sociedad Administradora de Fondos de

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