Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2017 (13/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Jueves 13 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a Musoq Wayra S.A.C. la modificación de su permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo no regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 317-2017-MTC/12 Lima, 14 de junio del 2017 Vista la solicitud de la empresa MUSOQ WAYRA S.A.C., sobre la Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 332-2015MTC/12 del 10 de agosto del 2015 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 02 de setiembre del 2015, se otorgó a la empresa MUSOQ WAYRA S.A.C. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 03 de setiembre del 2015; Que, mediante Expediente Nº T-123432-2017 del 16 de mayo del 2017 la empresa MUSOQ WAYRA S.A.C., solicitó la Modificación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, según los términos del Memorando Nº 6812017-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 301-2017MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 089-2017-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 091-2017-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 296-2017MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa MUSOQ WAYRA S.A.C. la Modificación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo concedido mediante la Resolución Directoral Nº 332-2015-MTC/12 del 10 de

agosto del 2015, en el sentido de incrementar material aeronáutico de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL autorizados) AERONÁUTICO: (Además de los

- AVRO RJ-100 Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 332-2015-MTC/12 del 10 de agosto del 2015 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1537718-1

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Constituyen tres Salas Unipersonales del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) adicionales en Lima
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 077-2017-CD/OSIPTEL Lima, 6 de julio de 2017 Conformación de tres Salas Unipersonales del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) adicionales en Lima

MATERIA :

VISTO: El Informe N° 00027-ST/2017 de fecha 28 de junio de 2017, respecto a la conformación de tres (3) Salas Unipersonales del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (en adelante, TRASU) adicionales en el departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Ley No 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del OSIPTEL, establece en su artículo 37° que el TRASU es competente para resolver los reclamos de los usuarios en segunda instancia y su conformación y funcionamiento serán definidos por el OSIPTEL mediante Resolución del Consejo Directivo. Que, los artículos 58º y 94º del Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, Reglamento General del OSIPTEL, establecen la competencia exclusiva de este organismo para resolver los reclamos contra las operadoras en segunda instancia a través del TRASU, pudiendo el Consejo Directivo establecer el número de integrantes del Tribunal y el mecanismo de conformación de Salas, de acuerdo a sus necesidades. Que, la Resolución de Consejo Directivo Nº 003-2003CD/OSIPTEL, Reglamento de Organización y Funciones del TRASU, prevé en su artículo 6º que el TRASU estará integrado por el número de Salas que disponga el Consejo Directivo del OSIPTEL, pudiéndose constituir Salas Unipersonales, además de las que se conformen para encargos específicos.

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