Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2017 (07/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Miércoles 7 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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que los recursos autorizados puedan ser asignados para el financiamiento de Proyectos de Inversión Pública en seguridad ciudadana hasta por el monto de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 250 000 000,00) a través de los mecanismos del FONIPREL; Que, la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 dispuso que los recursos a los que hace referencia el artículo 16 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, que a la fecha de su entrada en vigencia, no hayan sido ejecutados conforme a dicho artículo, sean depositados por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en el año fiscal 2014, en la cuenta del FONIPREL a solicitud de su Secretaría Técnica, quedando dichos recursos exceptuados del literal a) del párrafo 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 066-2009-EF, el cual ha sido sustituido por el Decreto Legislativo Nº 1276, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero; asimismo, precisa que la incorporación de dichos recursos en los años respectivos se sujeta a lo establecido en el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 030-2008 y en la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL; Que, los recursos del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL se encuentran constituidos por los recursos señalados en el artículo 6 de la Ley Nº 29125; Que, el numeral 1.3 del artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 030-2008 y la Única Disposición Complementaria de la Ley Nº 29125, disponen que los recursos del FONIPREL se depositan en la cuenta del Fondo y se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la fuente de financiamiento "Recursos Determinados" del presupuesto institucional de las entidades cuyos estudios de preinversión o proyectos de inversión pública resulten ganadores del concurso, a solicitud de la Secretaría Técnica del FONIPREL; Que, el Consejo Directivo del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, en sesión ordinaria del 13 de enero de 2014, procedió con la aprobación de las Bases del Concurso FONIPREL 2014, señalándose como presupuesto disponible para dicho Concurso la suma de SETECIENTOS OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 780 000 000,00); Que, el Consejo Directivo del citado Fondo, en sesión ordinaria del 23 de mayo de 2014, aprobó, entre otros, la incorporación al monto del Concurso FONIPREL 2014, la suma de VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 25 000 000,00), provenientes de los recursos disponibles del Fondo que se encuentran libres de compromiso y autorizó la incorporación al monto del Concurso FONIPREL 2014, la suma de VEINTIDOS MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y 54/100 SOLES (S/ 22 064 730,54), provenientes de los futuros ingresos a percibir por dicho Fondo; Que, posteriormente, en atención a los incrementos autorizados para el monto total del Concurso FONIPREL 2014, el Consejo Directivo del FONIPREL aprobó el cofinanciamiento total de 454 propuestas hasta por un monto total de OCHOCIENTOS VEINTISIETE MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y 54/100 SOLES (S/ 827 064 730,54); sin embargo, hubo propuestas que no lograron subsanar observaciones administrativas, por lo cual efectuadas las deducciones correspondientes, el nuevo monto del Concurso FONIPREL 2014 para el cofinanciamiento de 451 propuestas ascendió hasta un monto total de OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 54/100 SOLES (S/ 824 583 447,54); Que, la Secretaría Técnica del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL suscribió los respectivos convenios de cofinanciamiento con los Gobiernos Locales cuyas propuestas resultaron

ganadoras del Concurso FONIPREL 2014, los mismos que contienen los cronogramas de ejecución en los que se ha determinado el requerimiento anual de recursos para la elaboración de los estudios de preinversión o la ejecución de los proyectos de inversión correspondientes; Que, mediante Memorando Nº 336-2017-EF/52.06, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas indica que los recursos del FONIPREL depositados en el Banco Central de Reserva del Perú, al 30 de abril de 2017, ascienden en la Cuenta Moneda Nacional, a un monto de TRES MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 91/100 SOLES (S/ 3 086 738,91) y en la Cuenta Moneda Extranjera a un monto de TRESCIENTOS DIECISIETE MILLONES VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 51/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 317 024 269,51); Que, mediante Oficio Nº 309-2017-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros remitió la relación de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales comprendidos en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modificada por la Sexta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, es necesario incorporar, vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, recursos con cargo al Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, hasta por la suma total de DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 16 877 642,00) en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a favor de los Gobiernos Locales cuyos estudios de preinversión o proyectos de inversión resultaron ganadores del Concurso FONIPREL 2014; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 204-2007-EF, y el Decreto de Urgencia Nº 030-2008; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 16 877 642,00) a favor de diversos pliegos de Gobiernos Locales, para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública y elaboración de estudios de preinversión que resultaron ganadores del Concurso FONIPREL 2014, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, según el siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5: Recursos Determinados 1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos (Recursos provenientes del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL) TOTAL INGRESOS EGRESOS SECCIÓN SEGUNDA: PLIEGOS: En Soles

16 877 642,00 --------------------16 877 642,00 ============

En Soles Instancias Descentralizadas Gobiernos Locales 16 877 642,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5: Recursos Determinados GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS 16 877 642,00 --------------------16 877 642,00 ============

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