Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2017 (07/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Miércoles 7 de junio de 2017 /

El Peruano

Unidad Ejecutora/ GL N° <>, Denominación y RUC
Orden de prelación 1/ Fuente de Financiamiento Rubro Tipo de Recurso

ANEXO - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2017-EF/15 REGLAMENTO OPERATIVO DEL FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO DE LAS MYPE - FORPRO I. OBJETO Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento Operativo, tiene por objeto establecer los términos y condiciones para: i) el financiamiento para la adquisición o renovación de activo fijo y el financiamiento de capital de trabajo; y ii) el otorgamiento de garantías y financiamiento a través de otros instrumentos financieros, como el factoring, con cargo a los recursos del Fondo para el Fortalecimiento Productivo de las MYPE - FORPRO. II. DEFINICIONES Artículo 2.- Definiciones Para los fines del presente Reglamento Operativo, se establecen las siguientes definiciones:
Bienes de capital nuevos, importados o de origen nacional, orientados al funcionamiento de la MYPE BN Banco de la Nación BCRP Banco Central de Reserva del Perú Ayuda económica directa, con cargo a los recursos del FORPRO, que se otorga a través de las IFI BONO: Bono del Buen a los SUBPRESTATARIOS que accedan a un Pagador SUBPRÉSTAMO de CAPITAL DE TRABAJO; en la medida que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento Operativo Recursos que requieren los SUBPRESTATARIOS para CAPITAL DE el desarrollo de sus actividades, como la adquisición TRABAJO de materias primas, pagos por servicios, mano de obra, entre otros COFIDE Corporación Financiera de Desarrollo S.A. El Contrato suscrito entre COFIDE, en su calidad de CONTRATO DE FIDUCIARIO del FORPRO y la IFI, mediante el cual CANALIZACIÓN DE se formaliza la participación de la IFI y se establecen RECURSOS las obligaciones y derechos de las partes, para la canalización de los recursos del FORPRO CONTRATO DE Contrato suscrito entre los FIDEICOMITENTES y el FIDEICOMISO FIDUCIARIO Es el MEF a través de la Dirección General de FIDEICOMITENTE 1 Endeudamiento y Tesoro Público FIDEICOMITENTE 2 Es el BN FIDEICOMITENTES Son el MEF y el BN FIDUCIARIO COFIDE Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de FONDES desastres naturales, creado mediante el artículo 4 de la Ley N° 30458. Fondo para el Fortalecimiento Productivo de las MYPE FORPRO creado por Decreto de Urgencia N° 008-2017. Institución Financiera Intermediaria, supervisada por IFI la SBS. IR Impuesto a la Renta Micro y pequeña empresa de acuerdo a lo estipulado en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley MYPE de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE MEF Ministerio de Economía y Finanzas PRODUCE Ministerio de la Producción Recursos financieros del FORPRO otorgados por el PRÉSTAMO FIDUCIARIO a solicitud y en favor de la IFI El presente instrumento normativo, aprobado por REGLAMENTO Resolución Ministerial, de conformidad con el artículo OPERATIVO 16 del Decreto de Urgencia 008-2017 Saldo de capital pendiente de cancelación de SALDO INSOLUTO un SUBPRESTAMO, sin incluir intereses u otros conceptos SBS Superintendencia de Banca, Seguros y AFP ACTIVO FIJO

1/ Tener en cuenta lo establecido por el segundo párrafo del numeral 12.2 del artículo 12 de las disposiciones que reglamentan la implementación y funcionamiento del Régimen de Reprogramación de Pago de Aportes Previsionales al Fondo de Pensiones (REPRO-AFP).

Artículo Tercero.- DISPONER que el <>, adopte las acciones administrativas necesarias para GARANTIZAR que los recursos indicados en el artículo SEGUNDO precedente, cubran la totalidad del valor de cada una de las Cuotas que corresponde a la Deuda Fraccionada por aportes previsionales, materia del acogimiento al REPRO-AFP, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER que <> presente dentro del plazo de ley la solicitud de acogimiento al REPRO-AFP establecido en el Subcapítulo II del Capítulo IV del Decreto Legislativo N° 1275, sus disposiciones reglamentarias y en la Resolución de la SBS correspondiente. Artículo Quinto.- DISPONER que, con la debida anticipación a las fechas de vencimiento de las Cuotas establecidas en el respectivo cronograma emitido por el AFPnet, se efectúe el registro de la afectación presupuestal y financiera de las obligaciones correspondientes, en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAFSP), con arreglo a la normatividad del Sistema Nacional de Presupuesto y Sistema Nacional de Tesorería, según corresponda. Artículo Sexto.- DISPONER que el <> cumpla en todos sus extremos con el presente Acuerdo en su debida oportunidad, bajo responsabilidad. Tabla I Unidad Ejecutora/ GL N° <>, Denominación << >> y RUC << >>
I II III I+II+III

Actualización Razón Deuda por Interés de Deuda Plazo Cuota Social RUC Nominal rentabilidad fraccionamiento Fraccionada (meses) mensual

Regístrese, comuníquese y cúmplase. 1529829-3

Anexo de la R.M. Nº 202-2017-EF/15 que aprueba el Reglamento Operativo del Fondo para el Fortalecimiento Productivo de las MYPE - FORPRO
(La norma legal de la referencia fue publicada el martes 06 de junio de 2017)

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