Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2017 (10/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Sábado 10 de junio de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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del Consejo, cuya finalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas e investigaciones y emitir Dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo les encargue; Que, contando con el Dictamen Nº 06-2017-GRJ-CR/ CPRNGMA, favorable de la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Que, de conformidad con las atribuciones conferidas se establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, en concordancia con su Reglamento Interno, ha aprobado por UNANIMIDAD lo siguiente; "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL REGIONAL - SIAR JUNÍN" Artículo Primero.- APRUÉBESE, el Reglamento del Sistema de Información Ambiental Regional - SIAR JUNIN, que tiene por objeto regular el ejercicio de la función de información ambiental a cargo de entidades públicas y privadas que conforman el SIAR JUNIN, el mismo que consta de V títulos, 23 artículos y dos disposiciones complementarias. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la Administración del SIAR, en coordinación con la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la información ORDITI. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, su implementación correspondiente a nivel Regional. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. SONIA TORRE ENERO Consejera Delegada POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1530607-1

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Ordenanza Regional que declara de prioridad pública regional, la reducción de la anemia en niños menores de 36 meses y desnutrición crónica en niños menores de 05 años
ORDENANZA REGIONAL Nº 01-2017-CR/GRM Fecha: 04 ­ 05 ­ 2017 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Ordinaria Nº 05-2017-CR/GRM, de fecha 04 de mayo del 2017, aprobó el DICTAMEN Nº0022017-CODSyLCP-CR-GRM, presentado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social y Lucha Contra la Pobreza;

Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la atención de la Primera Infancia es una política del estado que compromete a todas las instituciones públicas de nuestra región, con participación del sector privado en donde socialmente le compete; y con la intención de efectivizar resultados inmediatos y generar políticas públicas en la región; garantizando la protección, defensa y promoción de los derechos de los niños y niñas como personas y ciudadanos plenos, así como asegurar el adecuado desarrollo y expansión de sus capacidades como individuos, generando el acceso efectivo a oportunidades de desarrollo integral; Que el Gobierno Nacional viene asumiendo en los últimos años una serie de compromisos para incrementar los servicios de nutrición, salud, educación y protección a favor de la Primera Infancia y mejorar así su calidad de atención, figurando entre ellas el Acuerdo Nacional, aprobado mediante D.S. Nº 105-2002-PCM, el Plan de Acción por la Infancia y la Adolescencia-PNAIA, aprobado mediante D.S. Nº 001-2012-MIMP, el mismo que mediante Ley Nº 30362, es elevado a rango de Ley y declara de interés nacional y preferente atención la asignación de recursos públicos para garantizar su cumplimiento, el Proyecto Educativo Nacional, aprobado mediante R.S. Nº 001-2007-ED; el Pacto Social por la Educación de la Primera Infancia y los Lineamientos para la Gestión articulada intersectorial e intergubernamental orientada a promover el Desarrollo Infantil Temprano " Primero la Infancia" aprobada por D.S. Nº 010-2016/ MIDIS, y la R.M. Nº 249-2017/MINSA, que aprueba el Plan Nacional para la Reducción y Control de la Anemia Materno Infantil y la desnutrición crónica infantil en el Perú; Que, la Comision Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) han declarado como prioridad de la agenda social, reducir la anemia y desnutrición crónica infantil en el país y en ese marco han establecido la meta de reducir al 2021, al 6% la desnutrición crónica en niños menores de cinco años y al 19% la anemia en niños menores de 36 meses; para ello es preciso asegurar el logro de dos de los siete resultados del desarrollo infantil temprano: nacimiento saludable y adecuado estado nutricional. Que, a través del Oficio Nº 805-2017-GRM-GRSGRS-GR-DSAP-U.F.CAIS-ESANS, el Gerente Regional de Salud de Moquegua, remite un informe técnico sobre los índices de desnutrición en la región Moquegua, en el que concluye lo siguiente: 1)Siendo la desnutrición crónica infantil y anemia por deficiencia de hierro en niños menores de 3 años, son problemas importantes de salud pública de la región Moquegua; 2) La referencia del ENDES 2016, indica que la suplementación se ha incrementado en 10.4 puntos porcentuales, siendo vital que este insumo sea no solo recibido sino consumido por lo tanto la adherencia es esencial para la reducción de la anemia; 3) La disminución de la lactancia materna exclusiva según ENDES 2016 es uno de los factores principales para que la presencia de la desnutrición sea cada vez en edades menores y por ende la desnutrición crónica en el menor de 5 años; 4) Mejorar las intervenciones a todo nivel para una mayor adherencia a los insumos entregados; 5)Se requiere la articulación de actividades tanto preventivas como recuperativas para la mejora de la salud de los menores de 5 años; Que, con fecha 10 de febrero del 2017, se suscribe el Pacto Nacional para la reducción de la Anemia y Desnutrición Crónica Infantil, comprometiéndonos a establecer metas regionales que abonen a las metas nacionales establecidas al 2021; Que en este marco la Región Moquegua se ha comprometido a impulsar la participación de todos los actores en la región y en todos sus niveles a fin de contribuir a las siguientes metas:

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