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45 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de junio de 2017 El Peruano / Aprueban valores de tasaciones de inmuebles afectados por la ejecución de diversas obras de infraestructura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 509-2017 MTC/01.02 Lima, 16 de junio de 2017VISTA: La Nota de Elevación N° 340-2017-MTC/20 del 08 de junio de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; y, CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de las obras de infraestructura de la Carretera Desvío Quilca - Matarani - Ilo y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley, de fi ne a la Adquisición como la transferencia voluntaria de la propiedad del inmueble necesario para la ejecución de la Obra de Infraestructura, del Sujeto Pasivo a favor del Bene fi ciario como resultado del trato directo; Que, asimismo el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura; y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas comprendiendo a los titulares de proyectos; Que, del mismo modo los numerales 4.10 y 4.11 del artículo 4 de la Ley, de fi nen que el Sujeto Activo es el Ministerio competente del sector, responsable de la tramitación de los procesos de Adquisición o Expropiación; y que, el Sujeto Pasivo es el propietario o poseedor del inmueble sujeto a Adquisición o Expropiación, respectivamente; Que, el artículo 12 de la Ley dispone que el valor de la Tasación para adquirir inmuebles destinados a la ejecución de Obras de Infraestructura es fi jado por el órgano competente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el artículo 19 de la Ley, establece que la Adquisición de inmuebles necesarios para la ejecución de Obras de Infraestructura se realizará por trato directo entre el Sujeto Activo y Sujeto Pasivo, en forma previa o posterior a la ley que autorice su Expropiación, aplicándose únicamente el procedimiento establecido en la Ley; Que, el artículo 20 de la Ley, establece que: “20.1 Las gestiones para el trato directo se inician con la comunicación a la que se re fi ere el numeral 16.1 (…)”, “20.2 Recibida la Tasación, el Sujeto Activo envía al Sujeto Pasivo en el plazo máximo de diez días hábiles una Carta de Intención de Adquisición. Dicho documento contendrá lo siguiente: i. Partida registral del bien inmueble materia de Adquisición, de corresponder. ii. La copia del informe técnico de Tasación. iii. Incentivo a la Adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del inmueble, en caso el Sujeto Pasivo acepte el trato 1535493-1 ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA RED VIAL N° 4: TRAMO PATIVILCA – SANTA – TRUJILLO Y PUERTO SALAVERRY - EMPALME R01N No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) CÓDIGO:RV4-T2-TAB-001 AREA AFECTADA: 15,971.75 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:• NORTE: Colinda con Propiedad de Terceros y la Panamericana Norte, en línea recta, desde el vértice 1 al vértice 2, haciendo una longitud total de 47.13 ml.• ESTE: Colinda con el Área Remanente del mismo Predio San Andrés Lote 13 y U.C. 01502, en línea quebrada de siete tramos, desde el vértice 2 al vértice 9, haciendo una longitud total de 328.23 ml.• SUR: Colinda con la Propiedad de Terceros y Camino Carrozable s/n, en línea quebrada de tres tramos, desde el vértice 9 al vértice 12, haciendo una longitud total de 53.42 ml.• OESTE: Colinda el Área Remanente del mismo Predio San Andrés Lote 13, en línea recta, desde el vértice 12 al vértice 1, haciendo una longitud total de 361.89 ml.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 47.13 789504.1290 8956974.4814 2 2-3 250.28 789543.4812 8957000.4097 3 3-4 4.14 789679.1043 8956790.0592 4 4-5 15.27 789679.3535 8956785.9252 5 5-6 11.90 789687.1692 8956772.8012 3,030,825.08 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES- PROVIAS NACIONALESTACION MULTISERVICIOS SAN ANDRES S.A.C.6 6-7 11.34 789694.1312 8956763.1523 PARTIDA REGISTRAL: 11000819 de la Ofi cina Registral de Casma, Zona Registral VII - Sede Huaraz.7 7-8 19.63 789700.1080 8956753.5125 8 8-9 15.67 789709.3625 8956736.1988 9 9-10 11.77 789714.1490 8956721.2734 CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 29.02.2016 (Informe Técnico N° 0221-2016-Z.R. N° VII/OC-HZ de fecha 26.02.2016) por la O fi cina de Catastro de Casma, Zona Registral VII - Sede Huaraz.10 10-11 11.11 789712.5439 8956709.6162 11 11-12 30.54 789708.1586 8956699.4031 12 12-1 361.89 789699.7674 8956670.0368