Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2017 (14/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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AUTORIZACIÓN PARA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA Señores Jurado Nacional de Elecciones

NORMAS LEGALES
6.

Martes 14 de marzo de 2017 /

El Peruano

Anexo 12: Solicitud de Notificación Vía Electrónica.

ACEPTACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN Declaro haber leído y entendido la totalidad de los términos y condiciones contenidos en el presente documento, y en señal de conformidad suscribo el mismo a los _____ días del mes de ___________del año __________.

Yo, _______________________________________________________, identificado con DNI No. ________________, en mi calidad de personero legal (titular / alterno) del Partido Político / Movimiento Regional / Organización Política Local Provincial / Organización Política Local Distrital, denominada __________ _______________________________________________________________ ___________, (En adelante, USUARIO), AUTORIZO al JURADO NACIONAL DE ELECCIONES (En adelante, JNE) para que me notifique electrónicamente el resultado de los trámites iniciados en nombre la organización que represento. Para tal efecto declaro que acepto los términos, condiciones e instrucciones que se establecen a continuación, sobre la notificación por medios electrónicos: 1. IDENTIFICACION DEL USUARIO
Denominación de la Organización Política: Tipo: Departamento: Provincia: Distrito: Teléfono: Dirección electrónica de notificación* *La dirección señala es considerada válida para todos los efectos. [ ] PP [ ] MR [ ] OPLP [ ] OPLD

Firma: Nombre: DNI:

_______________________________________ _______________________________________ _______________________________________

Huella digital _______________________________________

Artículo Segundo.- APROBAR el Texto Ordenado del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, que es parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1496169-1

2.

MATERIA DE NOTIFICACION: Quien suscribe la presente autoriza al JNE la notificación electrónica en los siguientes trámites: a) Inscripción de organizaciones políticas ( ) b) Modificación de partida electrónica ( ) c) Otros: ( ) señalar: ....................................................................................

3.

CONDICIONES Y TÉRMINOS DE USO: a) b) Por medio de la suscripción del presente documento, el USUARIO autoriza al JNE a realizar la notificación electrónica respecto de los temas señalados en el numeral previo. Para la aplicación del numeral 1.2 del artículo 20º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, se entenderá que el USUARIO ha sido notificado personalmente de la acción a realizar, en la fecha y hora en que el JNE reciba la respuesta automática de la recepción de la dirección electrónica señalada por el administrado. El plazo para la presentación de documentos, empezará a computarse desde el día siguiente hábil de recibida la respuesta de la recepción de la dirección electrónica señalada por el administrado. En caso de no recibir respuesta en un plazo de dos (2) días hábiles, contados desde el día siguiente de efectuado el acto de notificación electrónica, el JNE procederá a notificar mediante oficio. El USUARIO se hace responsable de adoptar las medidas de seguridad idóneas para la administración de la cuenta de correo electrónico indicada en el numeral PRIMERO del presente documento, así como del manejo de la clave de ingreso al mismo y de mantener el buzón con la capacidad suficiente para la recepción de la documentación remitida; para ello, el JNE sugiere la creación de una dirección electrónica de uso exclusivo para el propósito señalado. El USUARIO será responsable de revisar diariamente el buzón del referido correo electrónico.

Declaran nulos los actos de notificación del Acuerdo de Concejo Nº 18-2016-MDC, dirigida a regidores del Concejo Distrital de Maca, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN Nº 0068-2017-JNE Expediente Nº J-2016-01307-C01 MACA ­ CAYLLOMA ­ AREQUIPA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, ocho de febrero de dos mil diecisiete. VISTOS la Resolución Nº 1251-A-2016-JNE que declaró nulos los actos de notificación del Acuerdo de Concejo Nº 18-2016-MDC, dirigida a Henry Eralio Gómez Nina y Carin Rocío Sánchez López, regidores del Concejo Distrital de Maca, Provincia de Caylloma Departamento de Arequipa. Y el escrito presentado con fecha 7 de febrero de 2017 por Genobo Chapi Suyo, alcalde de la citada Municipalidad. CONSIDERANDOS 1. De conformidad lo establece el artículo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia y suspensión y constatar además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento. 2. En el presente caso, mediante Resolución Nº 1251-A-2016-JNE (fojas 26 a 28) se declararon nulos los actos de notificación del Acuerdo de Concejo Nº 182016-MDM, dirigida a Henry Eralio Gómez Nina y Carin

c)

d)

e)

4.

VIGENCIA DE LA AUTORIZACIÓN La autorización otorgada surtirá efectos a partir de la suscripción del presente, para el proceso de inscripción de la organización política y para las modificaciones de partida electrónica señaladas en el Reglamento. En los casos de modificación de partida electrónica, la organización política deberá comunicar por escrito la decisión de usar la vía señalada en su solicitud.

5.

BUENA FE Con la suscripción de la presente, el USUARIO ACEPTA los términos y condiciones establecidos y se compromete a actuar de Buena Fe.

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