Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2017 (30/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Jueves 30 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES
PNSU PTAR RAT SEDAPAL SENAPA SFC SUNASS UGM

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Programa Nacional de Saneamiento Urbano Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales Régimen de Apoyo Transitorio Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima Servicio Nacional de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado Sistema de Fortalecimiento de Capacidades para el Sector Saneamiento Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento Unidad de Gestión Municipal

al Tesoro Público; así como con los recursos de los programas, fondos y similares, conforme a la normatividad vigente, coadyuvando al cumplimiento de las finalidades. Artículo 7. Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo se publican en el diario oficial El Peruano y, en la misma fecha, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Artículo 8. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento POLÍTICA NACIONAL DE SANEAMIENTO Índice de contenido ACRÓNIMOS, SIGLAS Y ABREVIATURAS INTRODUCCIÓN 1. 2. 3. 4. 4.1. 4.2. 4.3. 4.4. 4.5. 4.6. 5. 6. 6.1. 6.2. 6.3. 6.4. 7. 7.1. 7.2. Política Nacional Marco Normativo Alcance Diagnóstico Insuficiente cobertura y calidad de los servicios Deficiencia en la gestión de las inversiones Debilidad de la gestión de los prestadores Ausencia de estándares para la formulación de proyectos de saneamiento Inadecuada articulación de los actores Baja valoración de los servicios de saneamiento La necesidad de una Política Nacional Objetivo de la Política Nacional Objetivo Principal Objetivos Específicos Ejes de Política Lineamientos estratégicos Implementación de la Política Nacional Coordinador de la Política Nacional Seguimiento y evaluación de la Política Nacional

INTRODUCCIÓN El objetivo principal del Gobierno del Perú en el sector saneamiento es dotar del acceso a los servicios saneamiento1 a todos los habitantes de las zonas urbanas al año 2021 y lograr la universalización de estos servicios en forma sostenible antes del año 2030, de acuerdo con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas2, a los cuales el Perú se ha adherido. Un Factor Crítico de Éxito para alcanzar coberturas universales es el fortalecimiento de los prestadores y garantizar inversiones eficientes en el sector; para lo cual se ha diseñado una estrategia con tres componentes interrelacionados y complementarios entre sí: 1. Una Política Nacional de Saneamiento, en adelante Política Nacional, que contribuya al fortalecimiento y modernización de los prestadores de servicios3; y a la ejecución eficiente de las inversiones, de manera que la generación interna de recursos económicos de los prestadores constituya la principal fuente de financiamiento; y que las asignaciones de los recursos del Tesoro Público se ejecuten con normas transparentes. La Política Nacional constituye una herramienta fundamental y estructurada de política pública dirigida a las entidades de la administración pública que intervienen en el desarrollo del sector saneamiento, además este instrumento da una señal clara hacia la sociedad, para responder a las expectativas sobre el papel del Estado en el sector. 2. Un Plan Nacional de Saneamiento, instrumento enmarcado en la Política Nacional que orienta la gestión y la inversión sectorial mediante ejes estratégicos de desarrollo cuyo objetivo es el de establecer las líneas de acción requeridas para su cumplimiento. 3. Un Nuevo Marco Normativo del sector saneamiento, constituido por tres normas: el Decreto Legislativo N° 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante Ley Marco; el

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ACRÓNIMOS, SIGLAS Y ABREVIATURAS
ATM DGAA DGPPCS DGPRCS DRVCS FCE FONAFE FONIE GN GL GR JASS Ley Marco LMP MVCS ONU OTASS PMO PNSR Área Técnica Municipal Dirección General de Asuntos Ambientales Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento Factor Crítico de Éxito Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado. Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales Gobierno Nacional Gobiernos Locales Gobiernos Regionales Juntas Administradoras de Servicios de Saneamiento Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento Límites Máximos Permisibles Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento Organización de las Naciones Unidas Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento Plan Maestro Optimizado Programa Nacional de Saneamiento Rural

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Decreto Legislativo N° 1280 Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco para la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento. "Artículo 2.- Sistemas y procesos que comprenden los servicios de saneamiento Los servicios de saneamiento están conformados por sistemas y procesos, de acuerdo al siguiente detalle 1. Servicio de Agua Potable: a) Sistema de producción, que comprende los procesos de: captación, almacenamiento y conducción de agua cruda; tratamiento y conducción de agua tratada, mediante cualquier tecnología. b) Sistema de distribución, que comprende los procesos de: almacenamiento, distribución, entrega y medición al usuario mediante cualquier tecnología. 2. Servicio de Alcantarillado Sanitario, que comprende los procesos de: recolección, impulsión y conducción de aguas residuales hasta el punto de entrega para su tratamiento. 3. Servicio de Tratamiento de Aguas Residuales para disposición final o reúso, que comprende los procesos de mejora de la calidad del agua residual proveniente del servicio de alcantarillado mediante procesos físicos, químicos, biológicos u otros, y los componentes necesarios para la disposición final o reúso. 4. Servicio de Disposición Sanitarias de Excretas, que comprende los procesos para la disposición final del agua residual y la disposición sanitaria de excretas a nivel intradomiciliario, con o sin arrastre hidráulico." La meta 6 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) especifica cobertura de agua mejorada en términos de agua limpia y libre de contaminación fecal o química y saneamiento mejorado que incluye tratamiento seguro de excretas in situ o no. Disponible en: http://www. un.org/sustainabledevelopment/es/water-and-sanitation/ También se puede verificar en: http://www.wssinfo.org/fileadmin/user_ upload/resources/JMP-WASH-Post-2015-Brochure.pdf). En el ámbito urbano, -en adelante empresas prestadoras-, y a los prestadores en el ámbito de pequeñas localidades y rural, -en adelante prestadores-.

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