Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2017 (30/03/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

40

NORMAS LEGALES

Jueves 30 de marzo de 2017 /

El Peruano

Equipamiento y Mantenimiento (hoy Dirección de Equipamiento y Mantenimiento de la Dirección General de Operaciones en Salud); así como el Informe N° 046-2017-OGPPM-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2006-SA, se aprobó el Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, que establece los requisitos y condiciones para la operación y funcionamiento de los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo, orientados a garantizar la calidad de sus prestaciones, así como los mecanismos para la verificación, control y evaluación de su cumplimiento; Que, la Novena Disposición Complementaria del referido Reglamento estableció que por Resolución del Ministerio de Salud se expedirán las normas sanitarias aplicables a cada uno de los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo y las que sean necesarias para su aplicación; Que, según lo establecido en el acápite g) del artículo 113 del Reglamento de Organización de Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 008-2017-SA, la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento, tiene entre sus funciones g) brindar la asistencia técnica para mejorar la infraestructura, equipamiento y mantenimiento necesario para el adecuado funcionamiento de los establecimientos de salud a nivel nacional, en coordinación con los Gobiernos Regionales; Que, la Dirección General de Operaciones en Salud es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, responsable de efectuar acciones de monitoreo y evaluación de la infraestructura, equipamiento y mantenimiento en los establecimientos de salud a nivel nacional, proponiendo las acciones de mejora, a fin de brindar servicios de calidad a los ciudadanos; Que, en el segundo párrafo del artículo 22 de la Ley N° 30518, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se señala que para la aprobación de las modificaciones presupuestarias autorizadas por el presente artículo, el Ministerio de Salud debe aprobar previamente un Plan de Equipamiento de los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional coordinado con los gobiernos regionales, y realizar la verificación del módulo patrimonial del Sistema Integrado de Gestión Administrativa - SIGA, para la reposición y cierre de brechas de equipamiento biomédico; Que, mediante Resolución Ministerial N°152-2013/ MINSA y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud de los Gobiernos Regionales para diversos Programas Presupuestales; Que, con Oficio N° 168-2017-J/IGSS el Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS remite el Plan de Equipamiento de Establecimientos de Salud de Lima Metropolitana - PEES 2017, indicando que el mismo se enmarca en el Fortalecimiento del Equipamiento de los Establecimientos de Salud de las treinta y tres (33) Unidades Ejecutoras de Lima Metropolitana; Que, a través del Informe Técnico N° 001-2017-UPPDGIEM/MINSA la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento (hoy Dirección de Equipamiento y Mantenimiento de la Dirección General de Operaciones en Salud) señala que ha procedido a revisar y validar el Plan de Equipamiento de Establecimientos de Salud de Lima Metropolitana propuesto por el Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS, dando conformidad al mismo; Que, con Informe N° 046-2017-0GPPM-OPEE/ MINSA la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en su calidad de órgano técnico, señala que se verificaron que los equipos solicitados por las Unidades Ejecutoras de Lima Metropolitana; se encuentran registradas en el Kit de bienes y servicios de los productos de los Programas Presupuestales generado del aplicativo "Sistema de Gestión de Productos"; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico denominado Plan de Equipamiento de Establecimientos de Salud de Lima Metropolitana, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La Dirección de Equipamiento y Mantenimiento de la Dirección General de Operaciones en Salud, proporcionará la asistencia y/o asesoramiento técnico especializado en aspectos de su competencia para la correcta ejecución del Plan aprobado mediante la presente Resolución Ministerial, informando periódicamente de los avances. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1503274-1

Aprueban actualización de los Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2017/MINSA Lima, 21 de marzo del 2017 Visto, el expediente Nº 17-017873-001, que contiene los Informes Nºs. 002-2017-UPP-DGIEM/MINSA y 55-2017-OGPPM-OPEE/MINSA, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Memorándum Nº 0240-2017-DGIEM/MINSA, emitido por la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento (actualmente Dirección de Equipamiento y Mantenimiento de la Dirección General de Operaciones en Salud); y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste se constituye como la autoridad de Salud a nivel nacional, y según establece la Ley N° 26842, Ley Nacional de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad en salud; siendo competente asimismo, entre otros aspectos, en infraestructura y equipamiento en salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 148-2014/ MINSA, se aprobó el Documento Técnico "Lineamientos para la Elaboración de Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud en áreas relacionadas a programas presupuestales", de aplicación a los establecimientos de salud del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales, disponiéndose que la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento (ex Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento) deberá brindar asistencia y/o asesoramiento técnico especializado en aspectos de los Planes presentados por los citados gobiernos regionales ante el Ministerio de Salud, en marco de lo dispuesto en el mencionado Documento Técnico; Que, el citado Documento Técnico en el subnumeral 5.8 del punto 5. Disposiciones Generales, señala que el Plan de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.