Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2017 (30/03/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 30 de marzo de 2017 /

El Peruano

financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de Dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, Crean el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad y disponen la fusión por absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de la Producción, dispone que el Proyecto Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE; Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; señalando que dichas transferencias financieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar previamente con el Informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces; disponiendo que dicha Resolución Ministerial se publica en el diario oficial El Peruano; Que, la Disposición Complementaria Final a que se refiere el considerando precedente, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia; Que, con Oficio N° 111-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad PNICP, remite al Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 022-2017-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG, el cual hace suyo y señala la necesidad de efectuar las transferencias financieras a favor de diversas entidades públicas hasta por la suma de UN MILLÓN SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y 80/100 SOLES (S/ 1 773 830,80), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios hasta por la suma de S/ 1 079 697.03; y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito hasta por la suma de S/ 694 133.77; destinadas a cofinanciar los instrumentos: "Becas de Repatriación de Investigadores"; "Diagnóstico para la Acreditación de Laboratorios"; "Proyecto de Popularización de la Ciencia, Tecnología e Innovación"; "Equipamiento Científico de Laboratorio"; "Proyectos de Investigación Básica"; y, "Proyectos de Investigación Aplicada", en el marco de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518; contándose con los convenios y contratos suscritos, según corresponda; Que, por Memorando N° 280-2017-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 136-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras a diversas entidades públicas hasta por la suma de UN MILLON SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y 80/100 SOLES (S/ 1 773 830,80) del Pliego 038: Ministerio de la Producción, correspondiendo la suma de S/ 1 079 697,03, a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y la suma de S/ 694 133,77, a la fuente de financiamiento Recursos

por Operaciones Oficiales de Crédito; señalando que la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad cuenta con los recursos presupuestales disponibles para efectuar las citadas transferencias financieras a favor de diversas entidades públicas vinculadas a los Sectores Agricultura, Ambiente, Educación, Energía y Minas, Producción y Salud; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las Transferencias Financieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad a favor de las entidades señaladas en el Anexo Único, que forma parte integrante de la presente Resolución, hasta por la suma de (UN MILLÓN SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y 80/100 SOLES (S/ 1 773 830,80), correspondiendo la suma de S/ 1079 697,03 a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y la suma de S/ 694 133,77, a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinadas a cofinanciar los instrumentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución, en el marco de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 2.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - PNICP es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realizan las indicadas transferencias financieras, las mismas que bajo responsabilidad, deben ser destinadas a los fines para los cuales se autoriza su transferencia, en el marco de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 3.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad PNICP del Pliego 038: Ministerio de la Producción, efectúa las acciones administrativas que correspondan, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 4- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 5.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción

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