Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2017 (30/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Jueves 30 de marzo de 2017 /

El Peruano

técnicas y los estudios de preinversión requeridos teniendo en cuenta los objetivos, metas e indicadores previsto en la fase de Programación Multianual y de su aprobación o viabilidad, cuando corresponda; Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, precisa que le corresponde al Titular o máxima autoridad del Sector designar al órgano que realizará las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, el que en ningún caso podrá coincidir con los órganos que realizan las funciones de la UF y UEI; asimismo designa al Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, así como al Responsable(s) de la(s) Unidad(es) formuladora(s) de su Sector, GR o GL; siempre que cumplan con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones. Que, con el Oficio Nº 636-2017-JUS/OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa las unidades orgánicas que vienen realizando las funciones de Oficina de Programación Multianual de Inversiones y unidades formuladoras del Sector Justicia; Que, a fin de cumplir con la normativa citada precedentemente, resulta necesario designar al órgano que realizará las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Justicia, las cuales se encuentran previstas en el numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252; Que, asimismo es necesario designar al responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, así como los responsables de las entidades formuladoras del Sector Justicia, en tanto la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones establezca el perfil profesional requerido para dichos responsables; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 011-2012JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0272017-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la Oficina de Programación e Inversiones como órgano que realizará las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Justicia. Articulo 2.- Designar al Jefe de la Oficina de Programación e Inversiones como responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones. Artículo 3.- Designar como responsables de las unidades formuladoras del Sector Justicia conforme lo siguiente:
Órganos del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones

Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1503158-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 006-2017-JUS Mediante Oficio Nº 366-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, publicado en la edición del día 20 de marzo de 2017. DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY Nº 27444 - LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL Artículo 134, Numeral 134.5 del TUO de la Ley Nº 27444 DICE: "Artículo 134.- Observaciones a documentación presentada (...) 134.5 Si la documentación presentada no se ajusta a lo requerido impidiendo la continuación del procedimiento, lo cual por su naturaleza no pudo ser advertido por la unidad de recepción al momento de su presentación, así como si resultara necesaria una actuación del administrado para continuar con el procedimiento, la Administración, por única vez, deberá emplazar inmediatamente al administrado, a fin de que realice la subsanación correspondiente. Mientras esté pendiente dicha subsanación son aplicables las reglas establecidas en los numerales 125.3.1 y 125.3.2. De no subsanar oportunamente lo requerido resulta de aplicación lo dispuesto en el numeral 125.4. (...)" DEBE DECIR: "Artículo 134.- Observaciones a documentación presentada (...) 134.5 Si la documentación presentada no se ajusta a lo requerido impidiendo la continuación del procedimiento, lo cual por su naturaleza no pudo ser advertido por la unidad de recepción al momento de su presentación, así como si resultara necesaria una actuación del administrado para continuar con el procedimiento, la Administración, por única vez, deberá emplazar inmediatamente al administrado, a fin de que realice la subsanación correspondiente. Mientras esté pendiente dicha subsanación son aplicables las reglas establecidas en los numerales 134.3.1 y 134.3.2. De no subsanar oportunamente lo requerido, resulta de aplicación lo dispuesto en el numeral 134.4. (...)" Numeral 236.3 del Artículo 236 del TUO de la Ley Nº 27444 DICE: "Artículo 236. Conciliación, extrajudicial y desistimiento (...) transacción

Entidad

Unidad Orgánica

Responsable

Oficina General de Administración Oficina General de Inversiones MINJUS Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia Unidad Formuladora INPE Oficina de Planeamiento y Presupuesto Oficina de Sistemas de Información Oficina de Seguridad Tecnológica Oficina de Infraestructura Penitenciaria SUNARP

Jefe de OGA Jefe de OGI Director de DGDPAJ Especialista en Planeamiento, Monitoreo y Evaluación Jefe de la Unidad de Planeamiento Jefe de la Oficina de Sistemas de Información Especialista en Seguridad Tecnológica Jefe de Estudios y Proyectos

Oficina General de Planeamiento Analista de y Presupuesto Presupuesto

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