Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2017 (07/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Domingo 7 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES
"ANEXO 2 MODELO DE CONTRATO DE INVERSIÓN

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de la Obra, en etapas, tramos o similares, y, el período de muestras, pruebas o ensayos, de ser el caso, indicando la cantidad, volumen y características de dichos conceptos. (...) b) En los casos que corresponda, copia de la Adenda del Contrato de Concesión o de la aceptación del Sector de la causal de fuerza mayor o caso fortuito, o en su defecto, copia de la correspondiente solicitud en trámite. (...) 18.3 En aquellos casos en que conjuntamente con la solicitud para la suscripción de la Adenda de Modificación de Contrato de Inversión y para la modificación de la Resolución Ministerial se solicite la ampliación de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construcción, se deberá presentar, adicionalmente a los requisitos indicados en el numeral precedente, la nueva lista propuesta de bienes de capital y bienes intermedios, indicándose la subpartida nacional vigente y su correlación con la Clasificación según Uso o Destino Económico (CUODE) en cada caso, así como la nueva lista de servicios y contratos de construcción, sustentándose su vinculación con la Obra. Las listas deberán presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel." "Artículo 19.- Del procedimiento aplicable para la tramitación de las solicitudes de Adendas de Modificación de los Contratos de Inversión Las solicitudes para la suscripción de Adendas de Modificación de Contratos de Inversión deberán ser presentadas ante PROINVERSIÓN, dentro del plazo de vigencia del Contrato de Inversión, siendo éste el establecido en el Contrato para el cumplimiento del Compromiso de Inversión, y, serán tramitadas de acuerdo al procedimiento aplicable para la suscripción del Contrato de Inversión; con excepción de lo dispuesto en el segundo párrafo del numeral 9.2 del artículo 9, salvo que conjuntamente con la solicitud de la suscripción de Adendas de Modificación de Contratos de Inversión, se solicite la ampliación de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construcción a que se refiere el numeral 18.3 del artículo 18. Para efecto de la evaluación de la solicitud de suscripción de Adenda de modificación del Contrato de Inversión, el Sector tomará en cuenta la información periódica que el inversionista remite conforme lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 8-A. Una vez suscrita la Adenda del Contrato de Inversión por el Sector correspondiente y PROINVERSIÓN, el Sector emitirá la Resolución Ministerial correspondiente, bajo responsabilidad, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles. PROINVERSIÓN, una vez suscrita la Adenda del Contrato de Inversión por todas las partes intervinientes, deberá remitir a la SUNAT una copia fedateada de la misma en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles. Asimismo, una vez publicada la Resolución Ministerial a que se refiere el párrafo anterior, el Sector deberá remitir una copia a la SUNAT en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles." "Artículo 20.- De los efectos de la aprobación de las solicitudes sobre suscripción de Adendas de Modificación de los Contratos de Inversión Los efectos de la aprobación de las solicitudes presentadas sobre suscripción de Adendas de Modificación de Contratos de Inversión se retrotraerán a la fecha de presentación de la solicitud o la fecha de vigencia de la adenda del correspondiente contrato sectorial o la aceptación del Sector de la causal de fuerza mayor o caso fortuito, debiendo quedar constancia de ello en la adenda respectiva."

Conste por el presente documento el Contrato de Inversión que celebran de una parte (Sector correspondiente) ......, representado por ......, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº ................... y la Agencia de Promoción de la Inversión Privada PROINVERSIÓN, representada por ......, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº ......, ambos en representación del Estado Peruano y a quienes en adelante se les denominará el "ESTADO"; y de la otra parte la Empresa ..... (empresa concesionaria o empresa estatal de Derecho Privado, según corresponda) identificada con RUC ...... con domicilio en ...... representada por ...... según poder ...... a quien en adelante se le denominará el "INVERSIONISTA", en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA.- Mediante escrito de fecha ...... el INVERSIONISTA ha solicitado la suscripción del Contrato de Inversión a que se refiere la Ley Nº 28754 y normas modificatorias, para acogerse al beneficio previsto en la referida Ley, en relación con las inversiones que realizará para el desarrollo de la Obra denominada ......, en adelante referido como la OBRA. CLÁUSULA SEGUNDA.- En concordancia con lo dispuesto por Ley Nº 28754 y normas modificatorias, EL INVERSIONISTA se compromete a ejecutar inversiones por un monto de US$ ......, en un plazo de ...... contado a partir de...... Las inversiones referidas en el párrafo anterior se ejecutarán tomando en consideración el Cronograma de Ejecución de Inversiones que como Anexo I forma parte del presente Contrato y que comprende las obras, labores, adquisiciones, etc., para la puesta en marcha o inicio de la OBRA. CLÁUSULA TERCERA.- EL INVERSIONISTA podrá solicitar se ajuste el monto de la inversión comprometida así como el plazo de ejecución del compromiso de inversión a efectos de compensar los imprevistos y economías en la ejecución de la OBRA. El ajuste en el monto de inversión comprometida y/o en el plazo de ejecución del compromiso de inversión será aprobado mediante la suscripción de una adenda modificatoria al presente Contrato. CLÁUSULA CUARTA.- El control del Cronograma de Ejecución de Inversiones será efectuado por ...... (Sector correspondiente). CLÁUSULA QUINTA.- Para el presente Contrato constituyen pruebas, muestras o ensayos lo siguiente: a) ...... b) ...... c) ...... CLÁUSULA SEXTA.- Constituye causal de resolución de pleno derecho del presente Contrato, sin que medie el requisito de comunicación previa, la resolución u otra forma de terminación del CONTRATO DE CONCESIÓN. (sólo aplicable si el inversionista es concesionario al amparo del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM) CLÁUSULA XXX.- El incumplimiento del compromiso de inversión y/o de la culminación de la OBRA al término del plazo de vigencia del presente Contrato y/o el acaecimiento de la causal de resolución de pleno derecho prevista en la Cláusula Quinta, constituirán el goce indebido del Reintegro Tributario establecido por la Ley Nº 28754. CLÁUSULA SÉPTIMA.- Cualquier litigio, controversia o reclamación, relativa a la interpretación, ejecución o validez del presente Convenio, será resuelta mediante arbitraje de derecho. El arbitraje se llevará a cabo en la ciudad de Lima, mediante la constitución de un Tribunal Arbitral

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