Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2017 (08/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Lunes 8 de mayo de 2017 /

El Peruano

de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Reglamento de la Ley de Nacionalidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-97-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la Nacionalidad Peruana por Naturalización a don William Scott Greenman, inscribirlo en el registro respectivo y extenderle el Título de Nacionalidad correspondiente. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1517438-9

Liliana Tamara Cino Burkevics Vda. de Silva, el 11 de mayo de 2017, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Liliana Tamara Cirio Burkevics Vda. de Silva, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1517438-10

Declaran de interés nacional el Encuentro Presidencial y I Gabinete Binacional de Ministros Perú-Chile, a realizarse en el departamento del Cusco
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 132-2017-RE Lima, 5 de mayo de 2017 CONSIDERANDO:

RELACIONES EXTERIORES
Pasan a situación de retiro a Embajadora en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 131-2017-RE Lima, 5 de mayo de 2017 VISTO: El Informe Escalafonario (OAP) N° 001/2017, de 9 de enero de 2017, de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de oficio, mediante Resolución Suprema. La determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Oficina General de Recursos Humanos; Que, la Oficina General de Recursos Humanos, mediante el Informe OAP-N° 001/2017, ha señalado que la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Liliana Tamara Cino Burkevics Vda. de Silva, cumplirá el 11 de mayo de 2017, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N° 28091; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE, SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República

Que, es un objetivo estratégico de la Política Exterior del Perú profundizar los vínculos con los países de la región, con énfasis en los países vecinos; Que, la relación con la República de Chile se basa en intereses compartidos, que es conveniente desarrollar a través de una agenda de trabajo común; Que, asimismo, ambos países se proyectan al mundo a través de espacios de integración, como la Alianza del Pacífico, la UNASUR y el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), buscando potenciar sus capacidades para impulsar el desarrollo social a través del incremento del comercio y la cooperación económica; Que, es de sumo interés de ambos países profundizar las relaciones bilaterales; Que, en ese sentido, en la Declaración Conjunta de la Presidenta de la República de Chile, Michelle Bachelet Jería, y el Presidente de la República del Perú, Pedro Pablo Kuczynski Godard, suscrita en Santiago de Chile el 29 de noviembre de 2016, ambos Jefes de Estado acordaron establecer el mecanismo de Gabinetes Binacionales, presidido por ambos Mandatarios, cuya primera reunión se llevará a cabo en el Perú; Que, en dicho contexto, resulta prioritario declarar de interés nacional el Encuentro Presidencial y I Gabinete Binacional de Ministros Perú-Chile, a realizarse en el departamento del Cusco, el 7 de julio de 2017; así como también sus actividades y eventos conexos que tendrán lugar los días 5 y 6 de julio de 2017; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declaración de interés nacional Declárese de interés nacional el Encuentro Presidencial y I Gabinete Binacional de Ministros Perú-Chile, a realizarse

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