Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2017 (04/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de noviembre de 2017 /

El Peruano

CR de fecha 04 de febrero del 20089 aprueba el cuadro de asignación de personal CAP de la Unidad de Gestión Educativa local Concepción, Jauja, Tarma, Yauli, Junín, Chanchamayo y Satipo; Que, el Artículo 101º de Reglamento Interno de Consejo Regional, señala: las Comisiones de Consejeros Regionales, son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo, cuya finalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas e investigaciones y emitir Dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo les encargue; Que, con Informe Nº 076-2017-GRJ/GGR, suscrito por el Gerente General Regional solicita la aprobación de cuadro para asignación de personal provisional CAP-P de la DREJ y 13 UGEL's, señalando en las conclusiones que es procedente la aprobación de los cuadros para asignación de personal provisional de la Dirección Regional de Educación Junín y de las unidades de Gestión Educativa Local de Huancayo, Concepción, Chupaca, Jauja, Yauli, Junín, Chanchamayo, Pichanaki, Satipo, Pangoa, Rio Tambo, Rio Ene- Mantaro para la creación de los cargos de especialistas de educación básica regular de los tres niveles educativos( inicial, primaria, secundaria) y especialistas de educación intercultural bilingüe, así como para la implementación de la oficina y áreas de gestión de Recursos humanos en cada Unidad de Gestión Educativa Local, como unidad Orgánica de apoyo independiente de la oficina de administración, infraestructura y equipamiento en concordancia con sus respectivos reglamentos de Organización y Funciones; Que, el Reporte Nº 365-2017-GRJ/GRPPAT, remitido por el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre informe para aprobación del CAP-P, emitiendo opinión favorable la implementación de la aprobación de los cuadros de puestos de las entidades antes mencionados; asimismo se cuenta con Informe Legal Nº 561-2017-GRJ/ORAJ remitido por el Director Regional de Asesoría Jurídica sobre propuesta de CAP- P provisional de la DRE y UGEL's del Gobierno Regional Junín, quien declara procedente la aprobación del proyecto CAP provisional de la Dirección Regional de Educación Junín y las 13

unidades de Gestión Educativa Local; el Informe Técnico Nº 021-2017-GGR/ORDITI remitido por el Director Regional de Desarrollo Institucional y Tecnológico de la Información, quien concluye que los proyectos CAP provisional de la Dirección Regional de Educación Junín y de las 13 Unidades de Gestión Educativa Local de Huancayo, Concepción, Chupaca, Jauja, Tarma, Yauli- La Oroya, Junín, Chanchamayo, Satipo, Pichanaki, Rio Tambo, Pangoa, Rio Ene ­ Mantaro son elaborados para fortalecer y mejorar la organización de las dependencias públicas encargadas de gestionar el servicio público de primer nivel; las propuestas de ajuste de cargos, respecto al total de cargos de cada UGEL's se encuentra enmarcados dentro del 5% del total de cargos aprobados dentro de los cuales se ha priorizado la creación de cargos de especialistas de educación básica regular para los niveles de inicial, primaria y secundaria especialistas de educación intercultural bilingüe, asimismo concluye que la previsión de cargos contenida en los proyectos CAP-P se formula en estricto cumplimiento de los lineamientos aprobados mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015; concordante con el Informe Técnico Nº 336-2017-GRJ/ ORAF/ORH remitido por el Sub Director de Recursos Humanos, quien declara procedente la aprobación del CAP-P provisional de DREJ; Que, el Informe Técnico Nº 189-2017-SERVIR/ GDSRH remitido por el Gerente de Desarrollo del sistema de Recursos Humanos (e), Autoridad Nacional SERVIR; quien luego del análisis del todo el expediente que se adjunta al presente Dictamen concluye en lo siguiente: 4.1 el proyecto de CAP Provisional remitido por la DRE JUNIN y la Ugel Chanchamayo, Chupaca, Concepción, Huancayo, Jauja, Junín, Pangoa, Pichanaki, Rio Ene-Mantaro, Rio Tambo, SatipoTarma y Yauli se enmarcan en una de las situaciones contempladas en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR / GDSRH de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.3, 1.5 y 1.7 del anexo 4 de la citada Directiva; 4.2 el proyecto donde CAP Provisional de DRE Junín y sus Ugel se ha elabora do tomado en cuenta la elaboración sobre los cargos estructurales la clasificación de estos su códigos

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