Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2017 (04/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Sábado 4 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES GOBIERNOS REGIONALES

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tiene como objetivo debatir, analizar y decidir sobre los aspectos referidos a la implementación del Convenio en los países en los cuales se encuentra vigente; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Héctor Javier Cusman Veramendi, Intendente de Supervisión de Pensiones y Beneficios de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que participe como Consejero Técnico, en representación de la SBS, en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-20, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2017, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2017; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBSDIR-ADM-085-20 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2017, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Héctor Javier Cusman Veramendi, Intendente de Supervisión de Pensiones y Beneficios de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de la SBS, del 05 al 09 de noviembre de 2017 a la ciudad de Madrid, Reino de España, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2017, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos US$ US$ 1 426,20 2 160,00

GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Aprueban CAP Provisional de la DREJ y las Unidades de Gestión Educativa Local de Huancayo, Concepción, Chupaca, Jauja, Tarma, Yauli - La Oroya, Junín, Chanchamayo, Satipo, Pichanaki, Río Tambo, Pangoa, Río Ene - Mantaro
ORDENANZA REGIONAL Nº 276-GRJ/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria celebrada el día tres del mes de octubre de 2017, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú; establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en el inciso 1) del Artículo 192º del mismo cuerpo de leyes, dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, mediante el numeral 1.1 del artículo IV del título Preliminar de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimientos Administrativos General, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1272, señala que, según el Principio de Legalidad las autoridades administrativas deben de actuar con respecto a la Constitución, la Ley y el Decreto, dentro de las facultades que le están atribuidas y de acuerdo a los fines para los que fueron conferidas; Que, mediante el Artículo 35º de la Ley Nº 27783Ley de Bases de la Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, según el literal c) del numeral 1 del Artículo 10º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, dispone que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales "Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de presupuesto"; Que, conforme lo dispone el literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, que indica las atribuciones del Consejo Regional de Junín, como órgano normativo es: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; asimismo el Artículo 38º del mismo cuerpo de ley, indica que "Las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, la Directiva Nº 002-2015-SERVIR- normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del cuadro de puestos de la entidad ­CPE-aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SEVIR-P de fecha 13 de noviembre de 2015 modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 57-2016-SERVIR-P; Que, mediante Resolución Suprema Nº 203-2002-ED de fecha 19 de diciembre de 2002 aprueba el Cuadro para Asignación del Personal ­CAP de la Dirección Regional de Junín y las unidades de gestión educativa local vigente a la fecha y con la Ordenanza Regional Nº075-2008-GRJ/

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1583201-1

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