Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2017 (11/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Miércoles 11 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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puede ser investigado dos veces por el mismo hecho sino se vulneraría uno de nuestros derechos fundamentales; que esta denuncia está siendo investigada en la Fiscalía Especializada en Corrupción de Funcionarios, según Carpeta Fiscal Nº 155-2015 en proceso penal por delito de Colusión contra Ely Pintado y otras personas ... El recurso de apelación El 24 de abril de 2017 (fojas 423 a 530), Diana Esmith Jaramillo Rivera y Luis Antonio Llatance Mendoza interpusieron recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Nº 037-2017-MDAV-SG, sobre la base de similares argumentos a los expresados en su solicitud de vacancia. Adicionalmente, refirieron lo siguiente: a) El alcalde distrital convocó a sesión extraordinaria fuera del plazo establecido en la LOM, realizando actos dilatorios en el procedimiento de vacancia seguido en su contra. b) En la sesión extraordinaria, del 23 de marzo de 2017, no se alcanzó el quorum legal requerido para declarar la vacancia del alcalde, debido a que previamente a la convocatoria de dicha sesión se solicitó de manera irregular la vacancia de la regidora Luz Imelda Castillo Herrera. Además, en el acta de la referida sesión no se dejó constancia de la inasistencia de la regidora. c) Con relación al primer elemento: i) se encuentra acreditada la existencia de dos contratos radiales suscritos entre el gerente de la entidad edil y Santos Rojas Ortiz, representante de Radio La Nueva 100.1 FM, a efectos de difundir un programa municipal de 8 a 9 a.m. horas, por el pago de S/ 1500.00 (mil quinientos y 00/100 soles), por seis meses, renovados por el mismo plazo, ii) con la comunicación identificada con registro Nº 141329, dirigida al Director General de Control y Supervisión de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en virtud del Acta de Inspección Técnica Nº 002358-2008, se infiere "la existencia de un contrato de alquiler de instalación de la antena y un contrato para el espacio de estación radial entre Ely Pintado Córdova como propietario y el inquilino Pedro Giovanny Ruiz Calle", y iii) con la Orden de Servicio Nº 000106, de fecha 10 de marzo de 2016, y el Informe Nº 001-2016-PGRC, se acredita la existencia de un contrato de publicidad suscrito entre el gerente municipal de la entidad edil y Pedro Giovanni Ruiz Calle, por servicios realizados en los meses de enero y febrero de 2016, por un importe ascendente a S/ 4 000.00 (cuatro mil y 00/100 soles). d) Resulta concluyente la Nota de Coordinación Nº 0105-2016-MDAV-GGM, del 9 de mayo de 2016, en la cual el gerente municipal expresamente señaló "... hacerle llegar uno (1) Expediente por concepto de Servicios, a fin de dar cumplimiento a la disposición de acuerdo al documento de la referencia emitido por su despacho" (Memorando Nº 014-2016-MDAV-ALC). "Con lo cual se colige que siempre existió un mandato de parte de la primera autoridad edil, en los contratos de publicidad respecto a sus inquilinos, demostrando una vez más el interés directo por parte del alcalde de la Municipalidad de Aguas Verdes". e) El segundo elemento se encuentra acreditado con las personas de Santos Rojas Ortiz, representante de Radio La Nueva 100.1 FM y Pedro Giovanny Ruiz Calle, quienes son inquilinos de la autoridad cuestionada, tal como se desprende del contrato de arrendamiento de local de oficina, de la Resolución Viceministerial Nº 4512007/MTC-03, de la declaración de Santos Rojas Ortiz en la que señala que Pedro Giovanny Ruiz Calle le cedió los derechos de dicha frecuencia, y del Acta de Inspección Técnica Nº 002358-2008 en la que Pedro Giovanny Ruiz Calle consigna que los estudios de la estación radial se encuentran ubicados en la esquina de República del Perú con el pasaje San Francisco s/n, del distrito de Aguas Verdes, lugar en donde se ubica el edificio de propiedad del alcalde. f) La autoridad cuestionada tiene un interés directo en la celebración de los contratos, ya que "al pagar a cada uno de sus inquilinos con el dinero de la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes, los contratos por el servicio de publicidad, alquiler de equipos de sonido y otros, le

terminan beneficiando directamente a él, pues con ese mismo dinero le cancelaban a él de manera personal el alquiler en el monto de mil soles más el pago de los servicios de energía eléctrica y agua". g) Con relación al tercer elemento, la autoridad cuestionada pese a la denuncia penal formulada en su contra por la regidora Marleny Gutiérrez de Salcedo, decidió renovar el contrato de publicidad radial del 5 de julio al 31 de diciembre de 2015. Asimismo, contrató con Santos Rojas Ortiz otros servicios de transmisión de spots publicitarios y alquiler de equipos de sonido. Tal actitud pasiva y omisiva demuestra el conflicto de intereses en su actuación como autoridad municipal. Como medios probatorios se adjuntaron: 1) Originales de escritos, del 20 de febrero, 3 de marzo y 7 de marzo de 2017, sobre incumplimiento del auto de traslado de la solicitud de vacancia (fojas 532 a 621). 2) Copia de la Resolución de Alcaldía Nº 061-2017MDAV-ALC, del 22 de febrero de 2017, sobre encargatura de alcaldía (fojas 623). 3) Copia del "Certificado Médico Falso", del 23 de febrero de 2017, del alcalde de la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes (foja 624). 4) Copia de las cartas dirigidas a los solicitantes de la vacancia sobre fechas y horas en que se llevaría a cabo la sesión extraordinaria para discutir su pedido (fojas 625 a 627). 5) Copia de las cartas cursadas por el primer regidor, Wilder More Tesen, sobre incumplimiento del auto de traslado y convocatoria a sesión de concejo (fojas 628 a 633). 6) Original de escritos, del 30 y 31 de marzo de 2017, solicitando la notificación del Acuerdo de Concejo Nº 037-2017-MDAV-SG (fojas 634 a 643). 7) Copia de la Carta Nº 058-2017-TAIP-MDAV, del 12 de abril de 2017, dirigida a Luis Antonio Llatance Mendoza, acompañada de diversos documentos de pago por servicios de difusión o publicidad de proyecto, de enero a marzo de 2016, a Pedro Giovanny Ruiz Calle (fojas 662 a 728). 8) Impresión de la Resolución Viceministerial Nº 4512007-MTC/03 (fojas 729 y 730). 9) Copia de la Carta de Pedro Giovanny Ruiz Calle con registro P/D Nº 141329, dirigida al Director General de Control y Supervisión de Comunicaciones, informándole la nueva ubicación de la estación radial, en respuesta al Acta de Inspección Técnica Nº 002358-2008 (fojas 731). 10) Impresión de las fichas RUC de Pedro Giovanny Ruiz Calle, Yolanda Fortunata Calle de Ruiz y Pedro Armengol Ruiz Zapata (fojas 733 a 736). 11) Tres (3) fotografías de la ubicación del edificio de propiedad de Ely Pintado Córdova (fojas 737 y 738). 12) Original del Certificado de Inscripción ante Reniec de Ely Pintado Córdova (fojas 739). 13) Copia del Oficio Nº 36-2017/MDAV-GM-MDAV, del 10 de marzo de 2017, en respuesta al primer regidor de la municipalidad (fojas 740 a 744). 14) Copia del Memorándum Nº 031-2017-MDAV-ALC, del 1 de marzo de 2017, mediante el cual se dispone citar a sesión extraordinaria para el 23 de marzo de 2017 (fojas 745). 15) Documentos sobre el procedimiento de vacancia de Luz Imelda Castillo Herrera, regidora del Concejo Distrital de Aguas Verdes (fojas 747 a 766 y 801 a 815). 16) Copia del Oficio Nº 00073-2017-CG/CORETB de la Contraloría General de la República, a través del cual se solicitó la remisión del Informe de Auditoría de Cumplimiento Nº 011-2016-2-2709 denominado "Actos funcionales orientados a pago de planillas de personal reincorporado y adquisición de bienes y prestación de servicios perjudicó a la entidad por S/ 470, 808.42" (fojas 767 a 770). Posteriormente, el 23 de mayo del 2017, Diana Esmith Jaramillo Rivera solicita se incorpore, entre otros, los siguientes medios probatorios: i. Copia del Informe Nº 023-2017/MDAV-GGM y Nº 0172-2017-GAJ-MDAV, emitido, respectivamente,

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