Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2017 (13/10/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de octubre de 2017 /

El Peruano

mismos cuando sea imputable al contratista, así como en otros supuestos previstos por la Ley. q) Decidir conciliar o rechazar propuesta de acuerdo conciliatorio. r) Registrar en el SEACE los nombres y apellidos completos del árbitro único o de los árbitros que conforman el tribunal arbitral y del secretario arbitral, así como de aquellos que eventualmente sustituyan a estos. s) Remitir al OSCE, las sentencias que resuelvan de manera definitiva el recurso de anulación, para su registro y publicación. t) Representar a la entidad ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado- OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias de acuerdo con las normas de contrataciones del Estado. 2.2 En materia administrativa a) Representar a la entidad ante cualquier tipo de autoridad administrativa para cualquier acto jurídico de disposición o administración del patrimonio. b) Suscribir contratos de notarios públicos. c) Suscribir contratos de los servicios brindados por conciliadores, árbitros, centros de conciliación, instituciones arbitrales, miembros o adjudicadores de la Junta de Resolución de Disputas y demás derivados de la función conciliatoria, arbitral y de los otros medios de solución de controversias previstos en la Ley y el reglamento para la etapa de ejecución contractual. d) Las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el país, sujeta a las condiciones establecidas en la Ley Nº 30225. e) Autorizar, excepcionalmente, impresos a color para casos debidamente justificados. Artículo 3º.- Delegar en el/la Jefe/a de Logística, o quien haga sus veces, las siguientes facultades: a) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada. b) Suscribir contratos de bienes y servicios cuyos montos sean menores o iguales a ocho (08) UIT. c) Suscribir contratos de servicios públicos, siempre que no exista la posibilidad de contratar con más de un proveedor. d) Suscribir los contratos, las modificaciones y resolver los contratos relativos a los procedimientos de selección que se realicen en el marco del Reglamento para la Contratación de Servicios y Adquisición de bienes de PROINVERSION. Artículo 4º.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tendrán vigencia durante el año fiscal 2017. Artículo 5º.- Los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades indicadas en los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución, están obligados a dar cuenta trimestralmente al Director Ejecutivo respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 6º.- Déjese sin efecto las Resoluciones de la Dirección Ejecutiva Nros. 091-2013, 004-2016, 1522017 y 163-2017, y aquellas resoluciones que dispongan actos distintos u opuestos a lo establecido en la presente Resolución. Artículo 7º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y portal institucional de PROINVERSIÓN. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO ÑECCO TELLO Director Ejecutivo (e) 1575491-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Amplían plazo de entrega de la información de la "Encuesta de Demanda Ocupacional 2017"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 321-2017-INEI Lima, 29 de setiembre de 2017 Visto el Oficio Nº 207-2017-MTPE/4/13, de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el Oficio Nº 15702017-INEI/DNCE, sobre ampliación del plazo de entrega de la información de la "Encuesta de Demanda Ocupacional 2017". CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 238-2017INEI, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 3 de agosto del 2017, se autorizó la ejecución de la "Encuesta de Demanda Ocupacional 2017", a cargo de la Dirección General de Promoción del Empleo (DGPE) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), dirigida a una muestra representativa de 4,350 empresas privadas formales con 20 a más trabajadores; de todos los sectores económicos, disponiéndose como periodo de entrega de la información, del 15 de agosto al 13 de setiembre del 2017; Que, mediante documento del visto la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, a través del Informe Nº 067-2017-INEI/DNCE-DECEEE del 21 de setiembre de 2017, informa el motivo por el cual la Dirección General de Promoción del Empleo del MTPE, no ha obtenido la tasa de respuesta esperada, por lo que solicita se amplie el plazo de entrega de la información de la indicada Encuesta, hasta el 03 de octubre del 2017; Que, a fin de optimizar la entrega de dicha información, resulta necesario ampliar el plazo de entrega del formulario electrónico, para que las empresas privadas con 20 a más trabajadores, cumplan con su presentación y eviten las sanciones a que se refiere el artículo 4º de la Resolución Jefatural Nº 238-2017-INEI; Con la opinión favorable de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar hasta el 03 de octubre del 2017, el plazo de entrega de la información de la "Encuesta de Demanda Ocupacional 2017", autorizada mediante Resolución Jefatural Nº 238-2017-INEI, dirigida a una muestra de 4,350 empresas privadas con 20 a más trabajadores, de todos los sectores económicos. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1575365-1

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