Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2017 (13/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 13 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES
Aprueban el uso de la tarjeta Andina de Migración Virtual en el Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional Teniente Alejandro Velasco Astete
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 0000240-2017-MIGRACIONES Lima, 11 de octubre de 2017 VISTOS, el Informe Nº 000023-2017-GUMIGRACIONES de fecha 23 de septiembre de 2017, elaborado por la Gerencia de Usuarios; el Informe Nº 000142-2017-TICE-MIGRACIONES de fecha 06 de octubre de 2017, elaborado por la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística; el Memorando Nº 002012-2017-SMMIGRACIONES de fecha 11 de octubre de 2017, de la Gerencia de Servicios Migratorios; y, el Informe Nº 000446-2017-AJ-MIGRACIONES de fecha 11 de octubre de 2017, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: A través de la Decisión Nº 397, la Comisión del Acuerdo de Cartagena de la Comunidad Andina de Naciones crea la Tarjeta Andina de Migración (en adelante, TAM) como documento de control migratorio interno y estadístico de uso obligatorio para el ingreso y salida de personas del territorio de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones, la misma que constituye un medio eficaz de recolección de información para la elaboración de estadística relacionada con el movimiento de personas; Mediante Resolución Nº 527, la Secretaría General de la Comunidad Andina de Naciones dispuso la modificación del contenido de la TAM, estableciendo que podrá emitirse en formato pre-impreso, mecanizado, electrónico o virtual, según lo decida cada país miembro de dicha Comunidad; En virtud a ello, a través de la Resolución Ministerial Nº 226-2002-IN-1601 publicada con fecha 27 de febrero de 2002, se aprobó la Directiva Nº 001-2002-IN-1601 "Normas y Procedimientos para establecer el contenido, formato y uso de la Tarjeta Andina de Migración ­ TAM"; Dentro de ese contexto, con Resolución de Superintendencia Nº 0000331-2016-MIGRACIONES de fecha 16 de diciembre de 2016, se aprobó el uso de la TAM Virtual en el Puesto de Control Migratorio del Puerto del Callao, a partir del 19 de diciembre de 2016; asimismo, con Resolución de Superintendencia Nº 0000017-2017-MIGRACIONES de fecha 27 de enero de 2017, se aprobó el uso de la TAM Virtual en los Puestos de Control Migratorios de los Puertos Marítimos del país, a partir del 25 de enero de 2017; finalmente, con Resolución de Superintendencia Nº 000172-2017-MIGRACIONES de fecha 15 de agosto de 2014, se aprobó el uso de la TAM Virtual en los Puestos de Control Fronterizo Santa Rosa ­ Chacalluta, a partir del 16 de agosto de 2017; Estando acorde a los avances tecnológicos y en el marco del proceso de modernización de los servicios que ha emprendido la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de Simplificación Administrativa, resulta pertinente la implementación la TAM Virtual, a emitirse a los pasajeros que efectúen el control migratorio a través de los Inspectores del Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional Teniente Alejandro Velasco Astete, en el Cusco; En ese sentido, y a efectos que el control migratorio no solo sea realizado de forma manual sino que además se genere el registro del movimiento migratorio en el sistema de control migratorio, se hace necesaria la emisión de una Resolución que apruebe el uso de la TAM Virtual también

en el Puesto de Control Migratorio mencionado en el considerando precedente; De igual manera, la propuesta de implementación de la TAM Virtual en el Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional Teniente Alejandro Velasco Astete, es concordante con la política de simplificación administrativa que impulsa el Estado Peruano, así como con el proceso de fortalecimiento del control migratorio y de modernización de la gestión que se ha instaurado para la mejora de la calidad de los servicios que se brindan a los ciudadanos; Estando a los documentos de vistos y con la visación de la Gerencia General; la Gerencia de Servicios Migratorios; la Gerencia de Usuarios; la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística; y, la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el uso de la tarjeta Andina de Migración Virtual en el Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional Teniente Alejandro Velasco Astete, a partir del día 11 de octubre de 2017. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística, y la Gerencia de Servicios Migratorios, efectúen las acciones destinadas al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, asi como encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística, su publicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES (www.migraciones.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO SEVILLA ECHEVARRÍA Superintendente Nacional 1575740-1

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Dan por concluidas designaciones y disponen la incorporación o permanencia de magistrados en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 576-2017-P-CSJLI/PJ Lima, 11 de octubre del 2017 VISTOS: Las Resoluciones del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 248, 342, y 457-2017-CNM de fechas 19 de abril, 05 de julio y 12 de septiembre del presente año respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones de vistos, el Consejo Nacional de la Magistratura procedió al nombramiento

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