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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (08/09/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Viernes 8 de setiembre de 2017 El Peruano / Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones–JNE, el texto de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase.JORGE LUIS YRRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1563023-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de la Nación el cierre de oficina especial ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 3378-2017 Lima, 24 de agosto de 2017LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el cierre de una (01) ofi cina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “E”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación, el cierre de una (01) o fi cina especial según el siguiente detalle: Ofi cina Especial Dirección Distrito Provincia Departamento SUNAT San IsidroJr. Juan de Arona Nº 887San IsidroLima Lima Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1562505-1 Autorizan al Banco de la Nación el traslado de agencia ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 3379-2017 Lima, 24 de agosto de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “E”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación el traslado de una (01) agencia, según el siguiente detalle: AgenciaDirección actualDirección nuevaDistritoPro- vinciaDeparta- mento San Juan de Mira fl oresAv. Ramón Vargas Machuca Nº 314-316, Zona B Urb. San Juan - SJM Av. Guillermo Billinghurst Nº 1091-1093, manzana G2, lote 32, zona DSan Juan de Mira fl oresLima Lima Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1562505-2 Autorizan a la Financiera Proempresa S.A. el cierre y la apertura de oficina especial en el departamento de La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 3425-2017 Lima, 31 de agosto de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Proempresa S.A. (en adelante, la Financiera) para que esta Superintendencia autorice el cierre de una o fi cina especial, bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, y la apertura de una o fi cina de una o fi cina especial; ambas en el departamento de La Libertad, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 4-2013 de fecha 02.01.2013, se autorizó la apertura de una o fi cina especial, bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, ubicada en Jr. Balta Nº 864, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad; Que, en sesión de Directorio de fecha 21.06.2017, se acordó el cierre del citado local, y la apertura de una ofi cina especial en la misma localidad; Que, la Financiera ha cumplido con remitir la documentación requerida por la normatividad vigente para el cierre y apertura correspondiente; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “D”; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30º y 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del