Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2018 (09/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Domingo 9 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Analítico de Personal PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de puestos de la Entidad ­ CPE, asimismo el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, precisa la designación y los límites de empleados de confianza; asimismo el Decreto Supremo Nº 032-2015-SA, establece los Lineamientos para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud ­ CLAS; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE de fecha 13 de noviembre de 2015, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE de fecha 01 de abril de 2016, se aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GPGSC, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE"; Que, la Resolución Ministerial Nº 428-2018/MINSA de fecha 14 de mayo del 2018 aprueba los "Lineamientos para el nombramiento de hasta el 20% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud - CLAS, en el marco de lo dispuesto en el literal g) del numeral 8.1. y numeral 8.4 del artículo 8 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018; asimismo la Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -- CPE"; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia constituye para su administración económica ­ financiera un pliego presupuestal; Que, el literal c) del artículo 35º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización establece como competencia exclusiva del Gobierno Regional aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el numeral 7.5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", define el Cuadro para Asignación de Personal Provisional como el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del sector público al Régimen del Servicio Civil previsto en la Ley Nº 30057, cuya vigencia será hasta el momento de aprobación del CEP de la Entidad; Que, el Informe Técnico Nº 263-2018-SERVIR/ GDSRH remitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil concluye que la presentación de la propuesta del CAP P de la DIRESA Ayacucho en relación a sus unidades ejecutoras UE 400 Red Salud Ayacucho (Dirección Regional de Salud Ayacucho). UE 401 Hospital Regional de Ayacucho "Miguel Ángel Mariscal Llerena", U.E. 402 Red Salud Puquio y Hospital de Apoyo Puquio, U.E. 403 Red de Salud Centro Ayacucho y Hospital de Apoyo de Cangallo "Juan Fukunaga Soyama", UE 404 Red de Salud Cora Cora y Hospital de Apoyo Cora Cora, U.E. 405 Red Salud Ayacucho Norte y Hospital de Apoyo de Huanta "Daniel Alcides Carrión", U.E. 406 Red Salud Huamanga y Hospital de Apoyo "Jesús Nazareno", U.E. 407 Red Salud San Miguel y Hospital de Apoyo de San Miguel y U.E. 408 Red Salud San Francisco, Hospital de Apoyo San Francisco y Hospital de Apoyo de Sivia ,

se enmarca en una de las situaciones contempladas en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo 4 de la citada Directiva, acorde a ello resulta válido evaluar la propuesta en el marco de las competencias del SERVIR en esta materia, por lo que se otorga la Opinión favorable y recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para su aprobación; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el artículo 38º del cuerpo legal acotado establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de sus competencias; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros, conforme consta en Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 05 de diciembre de 2018, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro para Asignación del Personal Provisional ­ C.A.P - P de la Dirección Regional de Salud Ayacucho ­ DIRESA ­ 2018, Órgano Desconcentrado de Línea Sectorial del Gobierno Regional de Ayacucho de las Unidades Ejecutoras: 1. UE 400 Red Salud Ayacucho (Dirección Regional de Salud Ayacucho). 2. UE 401 Hospital Regional de Ayacucho "Miguel Ángel Mariscal Llerena" 3. U.E. 402 Red Salud Puquio y Hospital de Apoyo Puquio 4. U.E. 403 Red de Salud Centro Ayacucho y Hospital de Apoyo de Cangallo "Juan Fukunaga Soyama" 5. UE 404 Red de Salud Cora Cora y Hospital de Apoyo Cora Cora 6. U.E. 405 Red Salud Ayacucho Norte y Hospital de Apoyo de Huanta "Daniel Alcides Carrión" 7. U.E. 406 Red Salud Huamanga y Hospital de Apoyo "Jesús Nazareno" 8. U.E. 407 Red Salud San Miguel y Hospital de Apoyo de San Miguel 9. U.E. 408 Red Salud San Francisco, Hospital de Apoyo San Francisco y Hospital de Apoyo de Sivia; Cuadro para Asignación del Personal Provisional ­ C.A.P - P de la Dirección Regional de Salud Ayacucho ­ DIRESA ­ 2018, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, enmarcado en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.2. del Anexo 4 de la precitada Directiva y en mérito a la Resolución Ministerial Nº4282018/MINSA de fecha 14 de mayo del 2018 que aprueba los "Lineamientos para el nombramiento de hasta el 20% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud - CLAS, en el marco de lo dispuesto en el literal g) del numeral 8.1. y numeral 8.4 del artículo 8 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018" y Resolución Ministerial Nº 1016-2018/MINSA de fecha 01 de octubre 2018. Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto la Ordenanza Regional Nº 018-2017-GRA/CR, y toda Disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud Ayacucho la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho.

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