Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2018 (22/12/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 86

86
VISTO:

NORMAS LEGALES

Sábado 22 de diciembre de 2018 /

El Peruano

El Dictamen Nº 014-2018-GRH-CR/CPRNGMAYDC de fecha 12 de noviembre de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional Huánuco, el cual solicita: "CREAR EL SISTEMA REGIONAL DE AREAS DE CONSERVACION DE LA REGION HUÁNUCO (SIRACH)". CONSIDERANDO:

sometido a votación, la cual se aprobó por MAYORÍA de votos; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco y a lo aprobado por el Magno Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:

Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; y el inciso a) del artículo 15º de la misma norma establece: Son atribuciones del Consejo Regional, "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; en el artículo 38º, de la misma norma, establece: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que, las áreas naturales protegidas pueden ser: a) Las de Administración Nacional. b) Las de Administración Regional, denominadas Áreas de Conservación Regional y c) Las Áreas de Conservación Privadas; y mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG precisa: "68.1 Las Áreas de Conservación Regional son administradas por los Gobiernos Regionales. 69.1 Los Gobiernos Regionales ejercen la administración de las Áreas de Conservación Regional en coordinación con las Municipalidades, Poblaciones Locales, Comunidades Campesinas o Nativas que habiten en el área, e instituciones privadas y públicas; quienes participan en la gestión y desarrollo de las mismas"; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 088-2018-GRHCO, se aprueba la Estrategia y Plan de Acción Regional de la Diversidad Biológica de la región Huánuco 2021, que constituye el principal instrumento de planificación para el cumplimiento de los objetivos de la ley y el convenio, en la cual se establecerán los programas y planes de acción orientadas a la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de su utilización; Que, el Gobierno Regional de Huánuco, viene trabajando en la iniciativa para la propuesta del Área de Conservación Regional (ACR), Codo del Pozuzo, en el distrito de Codo del Pozuzo, Provincia de Puerto Inca y en el Bosque Montano de Neblina de Carpish-Chinchao, Huánuco. Y actualmente no se conservan apropiadas y formalmente el Parque Nacional de Tingo María, Cordillera Huayhuash, Parque Nacional Cordillera Azul, El Sira y las Áreas de Conservación Privada como Panguana, Monte Potrero y Jirishanca; Que, la propuesta cuenta con el Informe Legal Nº 000869- 2018-GRH/GGR/ORAJ, del 29 de octubre de 2018, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite Opinión Legal favorable para que el magno Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco proceda a aprobar mediante una Ordenanza Regional de acuerdo a sus atribuciones; Que, en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, realizado en la Provincia de Huánuco, el día 12 de noviembre de 2018, se trató el Dictamen Nº 014-2018-GRH-CR/CPRNGMAYDC, presentado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional Huánuco, después de un debate correspondiente fue

Artículo Primero.- CRÉASE el Sistema Regional de Áreas de Conservación de la Región Huánuco (SIRACH), la cual busca garantizar la adecuada gestión de las Áreas de Conservación existentes dentro de la región y promover la creación de nuevas áreas representativas de la biodiversidad regional. Artículo Segundo.- CONFORMAR el Grupo Técnico del Sistema Regional de Áreas de Conservación de la Región Huánuco, la misma que quedara conformada por las siguientes instituciones: - Gerencia Regional de Desarrollo Económico. - Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental. - Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFs) de Huánuco, Leoncio Prado y Puerto Inca. - Municipales Provinciales de la región. - Direcciones Sectoriales de Agricultura, Turismo, Producción y Energía y Minas. - Jefatura del Parque Nacional de Tingo María. - Jefatura del Parque Nacional Cordillera azul. - Jefatura de la Reserva Comunal El Sira. - Jefatura de la Zona Reservada de Cordillera Huayhuash. - Representante del Área de Conservación Privada Panguana. - Representante del Área de Conservación Privada San Marcos. - Representante del Área de Conservación Privada Jirishanca. - Federación Nativa de Comunidades CacataiboFENACOCA. - Representantes de las Reservas de Vicuñas en el distrito de Jesus (Carnicero Grande y Chico). - Comunidades Campesinas de Quishuarcancha y Tupac Amaru. - Representantes de la Dirección de Pueblos en Situacion de Aislamiento y Contacto Inicial del Ministerio de Cultura. - Representantes del Instituto del Bien Común. - Representantes de Naturaleza y Cultura Internacional - Representantes de la Comunidad Campesina de Cauri (Cordillera Raura y Carnicero, Cordillera Siete Caballeros, Cordillera León Huachanag y Siete Colores, Cordillera Yanarramán, Cordillera Gaico y Matapaloma, Humedales Aguashcocha y Añaspampa). - Otras que soliciten su incorporación y cumplan con los requisitos de su reglamentación. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, coordine con la Comisión Ambiental Regional para la implementación y funcionamiento del Sistema Regional de Áreas de Conservación de la región, asi como la estructura y reglamento en un plazo de 90 días de publicado la presente norma regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 21 días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. HAIBER P. ECHEVARRÍA RODRÍGUEZ Consejero Delegado Consejo Regional Gobierno Regional Huánuco

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.