Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2018 (12/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de enero de 2018 /

El Peruano

(8) En el caso de matrícula provisional irá a continuación del número de matrícula y la letra "P", o en el caso de traslado de aeronave se asigna una matrícula especial a la que se añadirá la letra "T". (9) Los guiones aplican únicamente en las aeronaves que a la fecha incluyen en su certificado de matrícula el guion (-), ya sea después del OB, o después de la propia matricula. (b) Cuando una aeronave matriculada en el Estado Peruano es transferida permanentemente y se inicie el cese de la matrícula de la misma, las marcas de nacionalidad y matrícula deben ser removidas antes de ser entregada al nuevo explotador. (c) Colocación de las marcas de nacionalidad: (1) Aeróstatos (i) Dirigibles. Las marcas de todo dirigible se colocarán bien sea en la envoltura o en los planos estabilizadores. En el primer caso se orientaran a lo largo, a uno y otro lado del dirigible, y también se colocarán en la parte superior, sobre el eje de simetría. En el segundo caso irán en los estabilizadores horizontal y vertical. El estabilizador horizontal llevará las marcas en la cara superior el lado derecho y en la cara inferior del lado izquierdo, con la parte superior de las letras y números hacia el borde de ataque. El estabilizador vertical llevará las marcas en ambas caras de la mitad inferior, de modo que las letras y los números se lean horizontalmente. (ii) Globos esféricos (que no sean globos libre no tripulados). Las marcas deberán aparecer en dos lugares diametralmente opuestos, y colocarse cerca del ecuador del globo. (iii) Globos no esféricos (que no sean globos libres no tripulados). Las marcas deberán aparecer en cada lado, y deberán colocarse cerca de la máxima sección transversal del globo, por encima de la banda de cordaje o de los puntos de conexión de los cables de suspensión de la barquilla y lo más cerca posible de los mismos. (iv) Aeróstatos (que no sean globos libres no tripulados). Las marcas laterales deberán ser visibles desde los lados y desde el suelo. (v) Globos libres no tripulados (que llevan carga útil). Las marcas aparecerán en la placa de identificación (2) Aerodinos (i) Alas. Los Aerodinos ostentarán una sola vez, las marcas en el intradós del ala. Se colocarán en la mitad izquierda del intradós del ala, a no ser que se extiendan sobre la totalidad de dicho intradós. Las marcas se colocarán, siempre que sea posible, a igual distancia de los bordes de ataque y de salida de las alas. La parte superior de las letras y números deberá orientarse hacia el borde de ataque del ala. (ii) Fuselaje (o estructura equivale) y superficies verticales de cola. En los aerodinos, las marcas deberán aparecer a cada lado del fuselaje (o estructura equivalente) entre las alas y las superficies de la cola o en las mitades superiores de la cola. Cuando se coloquen en una sola superficie vertical de cola, deberán aparecer en ambos lados; y si hay más de un plano vertical de la cola, deberán aparecer en la cara de afuera de los planos exteriores. (iii) Casos especiales. Si un aerodino no posee las partes correspondientes a las mencionadas en los puntos anteriores, las marcas deberán aparecer en forma tal que permitan identificar fácilmente a la aeronave. (d) Dimensiones de las marcas de nacionalidad y matrícula. (1) Las letras y números de cada grupo aislado de marcas serán de la misma altura. (2) Aeróstatos (i) La altura de las marcas en los aerostatos que no sean globos libres no tripulados será, por lo menos, de 50 cm. (ii) Las dimensiones de las marcas relativas a los globos libres no tripulados (que llevan carga útil) se

determinarán por parte de la DGAC, teniendo en cuenta la magnitud de la carga útil a la que se fije la placa de identificación. (iii) Casos especiales. Si un aerodino no posee las partes correspondientes a las mencionadas en los puntos anteriores, las marcas deberán colocarse de tal modo que la aeronave pueda identificarse fácilmente. (3) Aerodinos (i) Alas. La altura de las marcas en las alas de los aerodinos será, por lo menos, de 50 cm. (ii) Fuselaje (o estructura equivalente) y superficies verticales de cola. La altura de las marcas en el fuselaje (o estructura equivalente) y en las superficies verticales de cola de los aerodinos será, por lo menos, de 30 cm. (iii) Casos especiales. Sí un aerodino no posee las partes correspondientes a las mencionadas en los puntos anteriores, las marcas deberán colocarse de tal modo que la aeronave pueda identificarse fácilmente. 45.210 Placa de Identificación (a) Toda aeronave llevará una placa de identificación en la que aparecerán inscritas, por lo menos, su marca de nacionalidad, o su marca común y la marca de matrícula. La placa en cuestión será de metal incombustible conforme lo indicado a continuación o de otro material a prueba de fuego que posea propiedades físicas adecuadas que impidan su desintegración por alta temperatura y por impacto de alta energía. (a) La placa de identificación se fijará en un lugar visible, cerca de la entrada principal de la aeronave o: (1) En el caso de un globo libre no tripulado, se fijará, de modo que sea visible en la parte exterior de la carga útil; y (2) En el caso de una aeronave pilotada a distancia, se fijará, de modo que sea visible, cerca de la entrada o el compartimento principal, o bien, se fijará de modo que sobresalga, en la parte exterior de la aeronave si no hay entrada o compartimento principal. (c) La placa de identificación seguirá el modelo consignado a continuación.

(d) Las aeronaves que ya se encuentran inscritas en los registros aeronáuticos de la DGAC, deberán cumplir con el presente requisito hasta el 1 de agosto del 2018. 1605347-1

Autorizan a Centro de Inspecciones Técnicas del Norte S.A.C. - CITENOR S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular CITV, para operar dos líneas de inspección en el departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 042-2018-MTC/15 Lima, 3 de enero de 2018 VISTO: La solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº E-2373152017, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, y;

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