Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2018 (12/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Viernes 12 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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público para la designación de vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental, teniendo en consideración lo establecido en el Literal a) del Artículo 22° del derogado Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM, publicado en el diario oficial El Peruano el 21 de diciembre de 2017, se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (en adelante, ROF del OEFA); dicha norma no ha establecido disposiciones relacionadas con la conformación del Comité Evaluador encargado de la realización del concurso público para la designación de vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental; Que, atendiendo a lo señalado, resulta necesario actualizar la conformación del Comité Evaluador encargado de la realización del concurso público para la designación de vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental; Que, mediante Acuerdo N° 002-2018, adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 001-2018 del Consejo Directivo realizada el 9 de enero de 2018, se acordó por unanimidad modificar el Artículo 3° del Reglamento del Concurso Público para la Designación de Vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 029-2017-OEFA/CD; habiéndose establecido la exoneración de la aprobación de acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; y, en ejercicio de la atribución conferida por el Literal n) del Artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar el Artículo 3º del Reglamento del Concurso Público para la Designación de Vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 029-2017OEFA/CD, el cual quedará redactado en los siguientes términos: "Artículo 3.- Comité Evaluador 3.1 El Comité Evaluador es el encargado de realizar el concurso público. Se encuentra conformado por los siguientes funcionarios del OEFA: a) El Secretario General, quien lo preside. b) Un Representante de la Presidencia del Consejo Directivo. c) El Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica. 3.2 El Comité Evaluador cuenta con un Secretario de Actas quien es designado mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del OEFA y está a cargo de brindar el apoyo técnico y administrativo necesario para el desarrollo del concurso público." Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo de dos (2) días hábiles contado desde la emisión de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1605748-1

SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES
Ratifican a responsable de brindar información de acceso público que se solicite al SENACE al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN JEFATURAL N°002-2018-SENACE/JEF Lima, 10 de enero de 2018 VISTOS: El Memorando N° 431-2017-SENACE-SG y el Informe N° 006-2018-SENACE-SG/OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace, como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con el artículo 8 del referido Decreto Supremo, las entidades deben designar al funcionario responsable de entregar la información solicitada en virtud a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, los literales b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, disponen que es obligación de la máxima autoridad de la entidad, bajo responsabilidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; Que, asimismo, el artículo 4 de dicho Reglamento dispone que la designación del funcionario responsable de entregar información se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, por Resolución Jefatural N° 004-2017-SENACE/ JEF, del 21 de noviembre de 2017, se designa a la señora Alicia Inés Yllaconza Salcedo como responsable titular del Libro de Reclamaciones y de brindar información de acceso público, así como de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace; Que, se ha visto por conveniente desconcentrar las responsabilidades descritas en el considerando precedente en distintos servidores del Senace, y dejar sin efecto la precitada Resolución Jefatural, a fin que la entidad pueda atender de forma oportuna las reclamaciones presentadas en el Libro de Reclamaciones, las solicitudes de acceso a la información pública, así como la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar; Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace; el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM.

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