Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2018 (03/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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ÁREA DEL TERRENO - El área del Terreno es de: 2 332.33 m2 PERÍMETRO

NORMAS LEGALES

Sábado 3 de febrero de 2018 /

El Peruano

- La línea poligonal que delimita el perímetro del inmueble es: 258.02 m. LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS El terreno tiene forma de un polígono de 12 lados. - Por el Frente : Con Terrenos de Dominio del Estado con 52.51 m. - Por la Izquierda Entrando : Con Terrenos de Dominio del Estado, con una línea quebrada de 3 tramos, el primer tramo que partiendo del frente mide 49.72 m, voltea a la izquierda con 9.30 m, y finalmente voltea a la derecha hasta encontrar el lindero del fondo con 20.80 m. - Por la Derecha Entrando : Con Terrenos de Dominio del Estado, con una línea quebrada de 7 tramos, el primer tramo que partiendo del frente mide 5.72 m, voltea a la izquierda con 5.88m, voltea a la derecha con 7.27, voltea a la izquierda con 13.83 m, voltea a la derecha con 21.50 m, voltea a la izquierda con 10.76 m y finalmente voltea a la derecha hasta encontrar el lindero del fondo con 36.05 m - Por el Fondo : Con Terrenos de Dominio del Estado con 31.33 m. CUADRO DE DATOS TÉCNICOS COORDENADAS UTM
PTAR - CUADRO DE DATOS TÉCNICOS COORDENADAS UTM VERTICE A B C D E F G H I J K L LADO A­B B­C C­D D­E E­F F­G G­H H­I I­J J­K K­L L­A DISTANCIAS (m) 49.72 9.30 20.80 31.33 36.05 10.76 21.50 13.83 7.27 5.88 5.72 52.51 ESTE 332,403.527 332,434.554 332,441.819 332,450.647 332,430.070 332,411.724 332,403.315 332,389.897 332,379.090 332,374.551 332,369.972 332,366.405 NORTE 9'568,404.882 9'568,366.027 9'568,371.828 9'568,360.772 9'568,344.341 9'568,367.318 9'568,360.601 9'568,377.404 9'568,368.775 9'568,374.459 9'568,370.771 9'568,375.238

de Desagüe N 2 (CBD N 2); Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR), cuyas linderos, medidas perimétricas y Datos Técnicos Coordenadas UTM, se han detallado en la parte considerativa del presente acuerdo e informe técnico, correspondiente al proyecto denominado "Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Localidad de CaballoCocha, Distrito de Ramón Castilla, Provincia de Mariscal Ramón Castilla Departamento de Loreto", Artículo 2º.- ENCARGAR a ALCALDIA, la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial - El Peruano y un extracto, en el diario de mayor circulación en la Región en que se encuentre el predio, en cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 38º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, así como emitir la Resolución de Alcaldía, para el cumplimiento de la misma. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal realizar las acciones administrativas necesarias, conforme se disponga en la Resolución de Alcaldía, para implementar y ejecutar el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JULIO CESAR KAHN NORIEGA Alcalde 1613119-1

Aprueban la inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la SUNARP a favor de la Municipalidad de los terrenos para la construcción de la Cámara de Bombeo de Agua Residual N° 02 y la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR)
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 117-2017-MPMRC Caballo Cocha, 24 de noviembre del 2017. VISTO: El Acuerdo Nº 080-2017-CMPMRC, de fecha 22 de noviembre del 2017, respecto a los bienes inmuebles según los planos y coordenadas indicadas en el precitado Acuerdo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala lo siguiente: Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...). Que, la Municipalidad tiene como finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de sus circunscripción; es el órgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines asimismo, establece normas de acuerdo a la disponibilidad reglamentaria de la Constitución Política del Estado, cuyas funciones están para poder desarrollar potencialidades a través de las diferentes Gerencias y ser promotores del desarrollo de nuestra localidad en bien de la sociedad de la Provincia Mariscal Ramón Castilla. Que, el Artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, son bienes de propiedad municipal entre otros, los edificios municipales y sus instalaciones y en general todos los bienes adquiridos, construidos y/o sostenidos por la Municipalidad, los mismos que deben ser inscritos en los Registros Públicos, a petición del Alcalde y por mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente. Que, mediante Informe Técnico Nº 42-2017-SGATGIDUR-MPMRC, de fecha 03 de octubre del 2017

Que los predios señalados en el considerando precedente, cumple con los requisitos previstos en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por lo que corresponde al Concejo Municipal autorizar la respectiva inmatriculación de los citados predios urbanos y como consecuencia éste sea incorporado al margesí de bienes inmuebles de esta Comuna; Que, el artículo 41º concordante con el artículo 17º de la aludida Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las facultades conferidas por el artículo 9º y Artículo 41º de la Ley Nº 27972 - "Ley Orgánica de Municipalidades", con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el pleno del consejo de municipalidad por unanimidad: ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR la inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP a favor de la Municipalidad Provincial Mariscal Ramón Castilla los terrenos para la construcción de: Cámara de Bombeo

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