Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2018 (03/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 3 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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emitidos por la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial y Área Técnica Municipal, de la Municipalidad Provincial Mariscal Ramón Castilla, remite toda la documentación referida a la inmatriculación, a través del cual concluye que se debe aprobar la inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP a favor de la Municipalidad Provincial Mariscal Ramón Castilla, de los inmuebles donde construirá la Cámara de Bombeo de Agua Residual Nº 2 y Planta de Tratamiento de Aguas Residuales PTAR, del Proyecto denominado: "Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Localidad de Caballo Cocha, Distrito de Ramón Castilla, Provincia de Mariscal Ramón Castilla Departamento de Loreto", asimismo recomienda derivar al Consejo municipal para dar cumplimiento lo antes acotado. Que, mediante Opinión Legal Nº 022-2017-GAJMPMRC-DSP de fecha 17 de noviembre del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Mariscal Ramón Castilla, se pronuncia opinando que, 1.- A través de la Secretaria General se eleve la presente opinión al Concejo Municipal para aprobar la inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP a favor de la Municipalidad Provincial de Mariscal Ramón Castilla de los terrenos donde se construirá la Cámara de Bombeo de Agua residual Nº 02 y la Planta de Tratamiento de Aguas de aguas Residuales del Proyecto denominado: "Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Localidad de Caballo Cocha, Distrito de Ramón Castilla, Provincia de Mariscal Ramón Castilla Departamento de Loreto" cuyas coordenadas se encuentran detalladas en los planos adjuntos. 2.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano y un extracto en el Diario Oficial de la Región, conforme al Artículo 38º del reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; además, se emita la Resolución de Alcaldía conforme indica el Acuerdo de Consejo Municipal y se encargue a la Unidad de Bienes Patrimoniales ejecute las acciones necesarias para la inscripción de los predios ante los Registros Públicos. Que, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Acuerdo Nº 080-2017-CMPMRC , y contando con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural. RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP a favor de la Municipalidad Provincial de Mariscal Ramón Castilla de los terrenos para la construcción de la Cámara de Bombeo de Agua Residual Nº 02 y la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) conforme lo dispone el Acuerdo Nº 080-2017-CMPMRC de fecha 22 de noviembre del 2017, en concordancia y cumplimiento con la normativa vigente para el caso. Artículo 2º.- DISPONER que el órgano estructurado pertinente de la Municipalidad Provincial, realice la publicación de la Primera Inscripción de Dominio a favor de la Municipalidad Provincial de Mariscal Ramón Castilla de los inmuebles para la construcción de la Cámara de Bombeo de Agua Residual Nº 02 y la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR), aprobado mediante Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial "El Peruano y un extracto en el Diario Oficial de mayor circulación de la Región, conforme a norma. Artículo 3º.- DISPONER que la Sub Gerencia de Control Patrimonial de nuestra entidad se encargue de ejecutar las acciones necesarias para la inscripción del referido predio ante los Registros Públicos. Artículo 4º.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Sala de Regidores, Gerencia Municipal, Oficina de Administración y Finanzas Sub Gerencia de Control

Patrimonial y demás órganos estructurados de la Municipalidad conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JULIO CESAR KAHN NORIEGA Alcalde 1613119-2

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
Reconocen la Conformación del Comité Multisectorial de Salud del distrito de Mala para la funcionalidad del Programa Municipio Saludable y Comunidad Saludable
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2017-MDM Mala, 21 de diciembre de 2017 VISTO: En Sesión de Concejo de fecha 21 de diciembre de 2017, el Informe Nº 587-2017-SG-MDM, de Secretaria General, Informe Nº 256-2017-SGSALUDPCPS-GDHMDM, Informe Nº 917-2017-GDH-MDM, de la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe Nº 223-2017-GAJ-MDM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre Conformación del Comité Multisectorial de Salud del Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Región Lima, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reformado por la Ley 27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que (...) los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 7º consagra el derecho de toda persona a la protección de la salud, del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa, por ello, desde los gobiernos locales como representatividad máxima del estado, se promueve la defensa de este derecho fundamental; Que, el artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 refiere, que (...) las funciones compartidas de la Municipalidades Provinciales, con las Municipalidades Distritales y organismos Regionales y Nacionales, es de proveer los servicios de saneamiento rural, cuando estos no pueden ser atendidos por las Municipalidades Distritales; difundir programas de saneamiento ambiental, gestionar la atención primaria de la salud, así como construir y equipar postas médicas en los lugares que los necesiten, realizar campañas de medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profilaxis local; Que, la Conformación del Comité Multisectorial, va a contribuir al fortalecimiento de las Instituciones Sociales involucradas, con el único fin de velar por la Salud de los pobladores del Distrito de Mala; Que, es menester para la actual administración municipal dictar las medidas que se estimen necesarias a efectos de regular los aspectos relacionados con el saneamiento, salubridad y salud, cuidando el bienestar general de la ciudadanía; Que, el municipio constituye un espacio territorial local, social y político donde se pueden consolidar y enriquecer transformaciones justas y democráticas para la mayoría de los habitantes y la revaloración de los espacios locales para el desarrollo. Plantea al menos dos grandes desafíos, la superación de la pobreza, que no es otra cosa que elevar el nivel de vida de los habitantes de su jurisdicción y la construcción de sociedades democráticas, equitativas y solidarias. Esto presupone un nuevo abordaje de la

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