Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2018 (03/02/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de febrero de 2018 /

El Peruano

Cuadro para la Asignación Provisional - CAP Provisional por Reordenamiento de Cargos de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, mediante Informe N° 1062-2017-GAJ-MSS del 28.12.2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que es procedente la aprobación de la propuesta de reordenamiento de cargos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Municipalidad de Santiago de Surco, elaborado por la Subgerencia de Gestión del Talento Humano; Estando al Informe Nº 1062-2017-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas en el Numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la habilitación de plazas y reordenamiento de cargos, contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP-P de la Municipalidad de Santiago de Surco, conforme al documento de gestión que en los Anexos 4-B, 4-C y 4-D, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información, publicar la presente Resolución y los Anexos 4-B, 4-C y 4-D, en el Portal del Estado Peruano www. peru.gob.pe, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe, en el Portal Institucional www. munisurco.gob.pe, de acuerdo a lo establecido con el Artículo 15° de Directiva N° 001-2010PCM/SGP, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Subgerencia de Gestión del Talento Humano, la implementación de lo resuelto en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente resolución y a la Gerencia de Tecnologías de la Información, su publicación en el Portal de Transparencia del Estado, el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, y en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1613256-1

de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1. Exonerar de pago de derechos administrativos por concepto de trámite matrimonial, examen pre-nupcial y dispensa de publicación de edicto Matrimonial, a los contrayentes que participen del I Matrimonio Civil Comunitario 2018, convocado por la Municipalidad Provincial del Callao, para el mes de febrero del año 2018. Artículo 2. Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1613052-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Ordenanza que declara la Salchicha Huachana como producto gastronómico y emblemático de la ciudad de Huacho
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 036-2017/MPH Huacho, 18 de diciembre de 2017 POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 22-2017 de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que declara la Salchicha Huachana como producto gastronómico y emblemático de la Ciudad de Huacho; y, CONSIDERANDO:

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Establecen disposiciones para la realización del I Matrimonio Civil Comunitario 2018
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2018 Callao, 25 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen N° 004-2018-MPC/CMPCSR-COAD de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, con fecha 24.02.2012, se emitió el Acuerdo de Concejo Nº 009-2012-MPH, que aprobó el Calendario Turístico de Conmemoraciones Cívicas Religiosos y Turísticas de la Provincia de Huaura, incluyendo para la primera semana del mes de noviembre, el Festival de la Salchicha. Asimismo, el Gobierno Regional de Lima, a través de la Ordenanza Regional Nº 017-2015-CR-RL, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 01.10.2015, declara de interés público y de prioridad la puesta en valor y reconocimiento como platos de bandera: "La Salchicha Huachana y el Ceviche de Pato" de la Provincia de Huaura. Que, mediante Expediente Administrativo Nº 269640/ Doc. 760281 de fecha 01.08.2017, don Miguel Ángel Silva Esquén, identificado con DNI 15723614, solicita que la salchicha huachana sea considerada como producto gastronómico y emblemático de Huacho, considerando su

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