Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2018 (20/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Martes 20 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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referido regidor, corresponde aprobar la presente solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, y, en consecuencia, dejar sin efecto la credencial otorgada a William Alberto Guerrero Verano, convocar al accesitario llamado por ley, y emitir su respectiva credencial. 8. Por consiguiente, de conformidad con el artículo 24, numeral 2, de la LOM, se debe convocar al primer regidor hábil no proclamado de la organización política Partido Político Alianza para el Progreso, Jaime Tobías Flores Cano, identificado con DNI N.° 32386477, para que asuma el cargo de regidor en el Concejo Provincial de Huaylas. 9. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, del 28 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaylas, con motivo de las elecciones regionales y municipales de 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a William Alberto Guerrero Verano, como regidor del Concejo Provincial de Huaylas, departamento de Áncash, emitida con motivo de las elecciones regionales y municipales de 2014, por haber incurrido en la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo segundo.- CONVOCAR a Jaime Tobías Flores Cano, identificado con DNI N.° 32386477, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huaylas a fin de completar el periodo municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo acredite como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1618153-7

Fiscal de Junín y a su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Junín, por motivos estrictamente personales, con efectividad a partir del 12 de febrero de 2018. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Julia Milagros Fano Espinoza, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Junín y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Junín, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 471-2016-MP-FN, de fecha 01 de febrero de 2016, con efectividad a partir del 12 de febrero de 2018. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la interesada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1618321-1

Dejan sin efecto designación de fiscal en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 593-2018-MP-FN Lima, 19 de febrero de 2018 VISTA: La Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 452-2018-MP-FN, de fecha 02 de febrero de 2018. CONSIDERANDO: Que, mediante la resolución de vista, se dispuso, entre otros, designar al abogado Juan Valerio Cornejo Cabilla, Fiscal Adjunto Superior Titular Penal de Cañete, Distrito Fiscal de Cañete, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete, en mérito a que mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 561-2017-CNM, de fecha 28 de diciembre de 207, en el marco de la Convocatoria Nº 006-2016-SN/CNM, se le nombró como Fiscal Adjunto Superior Titular Penal de Cañete, Distrito Fiscal de Cañete. Que, mediante escrito de fecha 09 de febrero del año en curso, el referido abogado manifiesta su imposibilidad de asumir el cargo, por cuanto a la fecha no ha prestado el juramento ante el Consejo Nacional de la Magistratura, ello al no haber cursado el Programa de Formación de Aspirantes a Magistrados correspondiente, ni tampoco el curso habilitante. Estando a lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la designación del mencionado abogado, debiendo la misma efectuarse luego de que preste juramento ante el Consejo Nacional de la Magistratura. De conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo cuarto de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 452-2018-MPFN, de fecha 02 de febrero de 2018, dejando subsistente lo demás que contiene la referida Resolución.

MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Junín y su designación en la Primera Fiscalía Superior Penal de Junín
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 592-2018-MP-FN Lima, 19 de febrero de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 836-2018-MP-P-JFS-JUNÍN, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, mediante el cual se eleva la carta de renuncia de la abogada Julia Milagros Fano Espinoza, al cargo de Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito

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