Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2018 (22/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Jueves 22 de marzo de 2018 /

El Peruano

entre empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones, así como garantizar la calidad y eficiencia de los servicios brindados a los usuarios y la adecuada protección de sus intereses; Que, el OSIPTEL ejerce dichas funciones y facultades atribuidas por las leyes, de acuerdo a los objetivos para los que le fueron conferidas y sujetándose a los principios de acción especificados en su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, que incluye, entre otros, el "Principio de Análisis CostoBeneficio" y el "Principio de Eficiencia y Efectividad", cumpliendo asimismo con las reglas generales de Calidad, Transparencia y Técnica Legislativa establecidas por el Estado Peruano para la producción y difusión de normas; Que, el desempeño del OSIPTEL como Autoridad Reguladora del mercado de servicios públicos de telecomunicaciones se basa en el enfoque al cliente y el compromiso de mejora continua de la calidad de sus procesos, contando para ello con un "Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001" certificado y revalidado desde el año 2003, así como un "Sistema de Gestión de Seguridad de la Información ISO/IEC 27001" certificado desde el año 2015; Que, acorde con su política de gestión orientada a la eficacia, eficiencia, calidad y economía, desde el año 2013 el OSIPTEL aplica la metodología de "Presupuesto por Resultados" en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, definiendo anualmente indicadores de desempeño medibles que tienen incidencia directa en el bienestar de los ciudadanos; lo cual también ha permitido que el OSIPTEL certifique la implementación del "Modelo de Excelencia en la Gestión" a partir del año 2015; Que, sobre la base de dicha experiencia de gestión, y siguiendo las mejores prácticas y recomendaciones de organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), se considera conveniente fortalecer la buena gobernanza y la política de mejora regulatoria del OSIPTEL mediante el establecimiento de "Lineamientos de Calidad Regulatoria" que incluyan sistematizadamente el "Manual de Técnica Normativa" y el "Manual de la Declaración de Calidad Regulatoria", que se aplicarán para evidenciar el debido análisis de legalidad y el análisis de impacto de costos y beneficios de cada norma que emita el OSIPTEL; Que, las reglas contenidas en los referidos Lineamientos y Manuales constituyen requisitos de calidad cuyo cumplimiento será debidamente acreditado y controlado mediante el Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001 que tiene implementado el OSIPTEL, el cual permitirá garantizar la adecuada planificación, ejecución, verificación y mejora continua de los procesos en que deben aplicarse dichas reglas: "Procedimiento de Emisión de Normas por el Consejo Directivo (P-PEN-01)" y el "Procedimiento de Fijación o Revisión de Tarifas o Cargos de Interconexión Tope (P-PRC-01)"; Que, de conformidad con el "Principio de Transparencia" que rige la actuación del OSIPTEL, establecido en el artículo 7° de su Reglamento General, por el cual toda decisión de cualquier órgano funcional debe adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocibles y predecibles por los administrados; se consideró pertinente disponer que el proyecto de "Lineamientos de Calidad Regulatoria del OSIPTEL" que incluye el "Manual de Técnica Normativa" y el "Manual de la Declaración de Calidad Regulatoria", con sus correspondientes formatos; sea publicado para comentarios mediante el Portal Electrónico del OSIPTEL, precisando las reglas para esta consulta pública; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 003-2017-CD/OSIPTEL, publicada el 11 de enero de 2017, se aprobó la publicación para comentarios del Proyecto que aprueba los "Lineamientos de Calidad Regulatoria del OSIPTEL", que incluye el "Manual de Técnica Normativa" y el "Manual de la Declaración de Calidad Regulatoria", con sus correspondientes formatos; otorgándose un plazo de veinte (20) días hábiles para que los interesados puedan presentar sus comentarios; y convocándose a una Audiencia Pública para el día 15 de febrero de 2017; siendo que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 018-2017-CD/OSIPTEL, se otorgó una ampliación de veinte (20) días hábiles adicionales para la presentación

de comentarios, en atención a lo solicitado por diversos interesados; Que, mediante diversas comunicaciones, América Móvil Perú S.A.C., Entel Perú S.A., Americatel Perú S.A., DIRECTV Perú S.R.L., Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional y Telefónica del Perú S.A.A. presentaron sus comentarios al Proyecto publicado; Que, habiéndose analizado los comentarios formulados al referido proyecto, corresponde al Consejo Directivo aprobar los "Lineamientos de Calidad Regulatoria del OSIPTEL", que incluye el "Manual de Técnica Normativa" y el "Manual de la Declaración de Calidad Regulatoria"; En aplicación de la función establecida en el literal b) del artículo 75 del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 666; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos de Calidad Regulatoria del OSIPTEL", conjuntamente con el "Manual de la Declaración de Calidad Regulatoria" (Anexo I) y el "Manual de Técnica Normativa" (Anexo II), cuyos textos forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" de la presente Resolución y los "Lineamientos de Calidad Regulatoria del OSIPTEL". Artículo 3.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución, con los "Lineamientos de Calidad Regulatoria del OSIPTEL", el "Manual de la Declaración de Calidad Regulatoria" (Anexo I), el "Manual de Técnica Normativa" (Anexo II), la Exposición de Motivos, el Informe Sustentatorio y la Matriz de Comentarios, sean publicados en el Portal Institucional del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Artículo 4.- La presente resolución entrará en vigencia el 01 de junio de 2018. Regístrese y publíquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo LINEAMIENTOS DE CALIDAD REGULATORIA DEL OSIPTEL 1. Finalidad de los Lineamientos de Calidad Regulatoria del OSIPTEL Mediante los presentes Lineamientos se establece el marco para el fortalecimiento de la buena gobernanza y la mejora continua de la política regulatoria del OSIPTEL en el ejercicio de sus funciones normativas y de regulación de precios, con el fin de contribuir al desarrollo del país asegurando el desenvolvimiento eficiente de los mercados de servicios públicos de telecomunicaciones y la prestación eficiente de los mismos a los usuarios. 2. Objetivos de las funciones normativas y de regulación de precios En el marco de lo establecido por la Constitución y las leyes del Perú, el OSIPTEL ejerce sus funciones normativas y de regulación de precios, orientado a la consecución de los siguientes objetivos generales: 2.1 Promover la inversión privada en los servicios públicos de telecomunicaciones; 2.2 Fomentar la competencia efectiva entre empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones; y 2.3 Garantizar la calidad y eficiencia de los servicios brindados a los usuarios y la adecuada protección de sus intereses. 3. Compromiso de Calidad Regulatoria del OSIPTEL El OSIPTEL, basado en los Principios de Acción establecidos en su Reglamento General, acredita la

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