Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2018 (22/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Jueves 22 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES ORGANISMOS AUTONOMOS

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expedientes seguidos con el Código de Procedimientos Penales de 1940; la redistribución de expedientes se realizara conforme al siguiente cuadro: ORGANOS JURISDICCIONALES QUE RECIBIRAN EXPEDIENTES EN TRÁMITE PARA LIQUIDACIÓN
Dependencia 5° Juzgado Penal Liquidador 7° Juzgado Penal Liquidador 6°Juzgado de Investigación Preparatoria 7°Juzgado de Investigación Preparatoria 8°Juzgado de Investigación Preparatoria 9°Juzgado de Investigación Preparatoria 10°Juzgado de Investigación Preparatoria 11°Juzgado de Investigación Preparatoria 4°Juzgado Penal Unipersonal 5°Juzgado Penal Unipersonal Total Cantidad de Expedientes en Trámite a recibir 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 500

FUERO MILITAR POLICIAL
Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y de la Página Web del Fuero Militar Policial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 017-2018-FMP/CE/SG Lima, 19 de febrero del 2018 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece que dicha norma tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5º del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, los artículos 3º y 4ºdel Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establecen que corresponde a la máxima autoridad de la Entidad designar mediante Resolución, al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que el artículo 5º de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modificado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº1096 y el artículo único de la Ley Nº 29955, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 0262015-FMP/CE/SG, de fecha 04 de marzo de 2015, se designó al señor Coronel EP Luis Octavio RAMÍREZ ARCAYA Secretario General del Fuero Militar Policial, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y de la Página Web del Fuero Militar Policial , respectivamente. Que, en sesión del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, se acordó dejar sin efecto la designación indicada en el Considerando anterior, designándose en su reemplazo al señor General de Brigada EP Alonso Leonardo ESQUIVEL CORNEJO, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y de la Página Web del Fuero Militar Policial; De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el artículo 23º, inciso 1) del Reglamento de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto, la designación del Coronel EP Luis Octavio RAMÍREZ ARCAYA , como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y de la Página Web del Fuero Militar Policial, efectuado por Resolución Administrativa Nº 023-2015-FMP/CE/SG de fecha 04 de marzo de 2015. Artículo 2º.- Designar al señor General de Brigada EP Alonso Leonardo ESQUIVEL CORNEJO, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y de la Página Web del Fuero Militar Policial en concordancia a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de la Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Reglamento de la acotada Ley, aprobado por Decreto Supremos Nº 0722003-PCM. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Ejecutiva del Fuero Militar Policial, la publicación de la presente

En ese sentido, corresponde a la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia del Callao, adoptar las medidas administrativas necesarias a fin de optimizar de manera equitativa el funcionamiento de todos los Juzgados Penales Liquidadores Permanentes del Callao, mediante el acto de administración correspondiente. En consecuencia, en uso de las facultades otorgadas a los Presidentes de Corte, en los numerales 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y numeral 3) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre de 2012, modificada mediante la Resolución Administrativa N° 338-2014-CE-PJ de fecha 01 de octubre de 2014. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, en un plazo no mayor de 05 días hábiles, que la carga procesal de expedientes en trámite del 1°,3° 6° Juzgado Penal Liquidador del Callao, sea redistribuida en forma aleatoria y equitativa entre el 5° y 7° Juzgados Penales Liquidadores, 6°,7°,8°,9°,10°,11° Juzgados de Investigación Preparatoria, 4° y 5° Juzgado Unipersonal del Callao, a razón de 50 expedientes en trámite para cada uno, a excepción de los procesos que se encuentran en despacho para resolver y/o sentenciar. Artículo Segundo.- DISPONER que la redistribución de expedientes establecida en el artículo precedente, se realizará en una sola etapa. Para tal efecto, la Coordinación de Informática de esta Sede Judicial, habilitará la opción correspondiente en el Sistema Integrado Judicial de Expedientes ­SIJ, al personal del el 5° y 7° Juzgados Penales Liquidadores, 6°,7°,8°,9°,10°,11° Juzgados de Investigación Preparatoria, 4° y 5° Juzgado Unipersonal del Callao. Artículo Tercero.- DISPONER que el Administrador del Módulo Penal, brinde el apoyo necesario, para la redistribución y traslado de los expedientes. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao - ODECMA, supervise el estricto cumplimiento de la presente resolución. Artículo Quinto.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia de Administración Distrital, del Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte, del Coordinador de Imagen Institucional, del Administrador del Módulo del Nuevo Código Procesal Penal, Administrador del Módulo de los Juzgados Penales Liquidadores y de los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO Presidente 1628613-1

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