Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2018 (29/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano / Jueves 29 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2018
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 396-2018-MDC Carabayllo, 26 de marzo de 2018 POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, la Carta 003-2018-CSCyDC/MDC de fecha 22 de marzo de 2018 que adjunta el Dictamen Nº003-2018-CSCyDF/MDC de fecha 21 de marzo de 2018, emitido por los integrantes de la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil mediante la cual la comisión DICTAMINA Opinar favorablemente por la Ratificación del Plan Local de Seguridad Ciudadana 2018, de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, la misma que ha sido aprobada por la CODISEC, conforme a los considerandos establecidos en la presente Ordenanza, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado modificado por la ley Nº 28607 - Ley de Reforma Constitucional de la Constitución Política del Perú - Artículo 194º primer párrafo y el Artículo II del Título Preliminar de la ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, que prescribe que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, corresponde al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al Numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú; Que, por Decreto Supremo N. 011-2014-IN que aprueba el Reglamento de la Ley No. 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en el Artículo 30º del Decreto Supremo No. 011-2014-IN que aprueba el Reglamento de la Ley No. 27933 - Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, que señala que la Secretaria Técnica de CODISEC serán asumidas por la Gerencia de Seguridad Ciudadana de las Municipalidades Distritales o quien haga sus veces. Asimismo en el Inciso e) señala que entre sus funciones está la de presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por CODISEC para su ratificación mediante ORDENANZA MUNICIPAL; Que, el Artículo 4.- del Capítulo II.- CREACION Y FINALIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGUIRIDAD CIUDADANA de la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana menciona como componente del sistema a los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana como integrantes del Sistema Nacional de seguridad Ciudadana; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 09702008-IN, se dispone la difusión y el cumplimiento de la Directiva Nº 002-2008-IN/0101.01, que establece los procedimientos para la formulación, aprobación y evaluación de los planes locales de seguridad ciudadana y las responsabilidades de los miembros que conforman los Comités de Seguridad; Que el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización

interna, la regularización, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materiales en las que las municipalidades tienen competencia normativa; Que, de conformidad con el Artículo 163º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 22-2011-A/MCD de fecha 31 de marzo del 2011, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial ejerce sus funciones y competencia con lo dispuesto en la Ley No. 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N. 012-2033-IN, Ley No. 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, otras normas competentes. Así como los reglamentos y directivas vigentes de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza Nº369-2017-MDC, de fecha 30 de marzo de 2017, se aprobó ratificar el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017 de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Que, mediante Informe Nº031-2018-GSCYV/MDC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, informa que se aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana del 2018 y por lo cual solicita sea puesto en debate en Sesión de Concejo la Ratificación del Plan Local de Seguridad Ciudadana, que en su oportunidad fue aprobado. Además adjunta Acta de Instalación y Juramentación del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de fecha 09 de enero de 2018. Que, mediante Informe Nº 090-2018-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica OPINA favorablemente sobre la RATIFICACIÓN DEL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2018 de la Municipalidad Distrital de Carabayllo que en su oportunidad ha sido aprobada por la CODISEC, debiéndose de remitir los actuados a la comisión que corresponda a fin de emitir el Dictamen correspondiente para ser puesto a debate del pleno del Concejo Municipal, para su aprobación; Que, la Gerencia de Secretaria General mediante Carta Nº101-2018-SG/MDC, remite al Presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil todos los Informes y actuados con relación al Proyecto de Ordenanza Municipal para "RATIFICAR EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2017" para su análisis y emisión del Dictamen respectivo; Que, estando a lo expuesto, luego del debate y análisis pertinente del Dictamen e informes respectivos por parte del Concejo Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 9º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto POR MAYORIA de los señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo Extraordinaria; acuerdan aprobar la ordenanza municipal siguiente: RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2018 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO Artículo Primero.- RATIFICAR El PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2018, de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, conforme a los considerandos establecidos en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- COMUNICAR, la presente al Comité de Seguridad Ciudadana de Carabayllo, al Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima y al Comité Nacional de Seguridad Ciudadana, a la Dirección de seguridad Ciudadana (DGSC) del Ministerio del Interior en el plazo de Ley. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial el Cumplimiento de la presente Ordenanza, debiendo implementar las acciones administrativas conforme a la Ley. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia de Secretaria General y Subgerencia de Informática, se hagan cargo de la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Carabayllo: www.municarabayllo.gob.pe

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