Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2018 (29/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Jueves 29 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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POR CUANTO: El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco el día 02 de marzo de 2018; VISTO: El Dictamen Nº 003-2018-GRH-CR/CPPPAT-AL de fecha 28 de febrero de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional Huánuco, relacionado a la Aprobación del Plan de Trabajo y Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del 2019-2021 del Gobierno Regional de Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece como atribuciones del Consejo Regional, entre otros, en el literal c) "Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concentrado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal" y el numeral 2) del inciso p) del artículo 21º, "El Presidente Regional (ahora Gobernador Regional) tiene las siguientes atribuciones: p) Presentar al Consejo Regional. (...). 2) El Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo; Que, el artículo 32º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con las políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente; y el artículo 38º, establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencias; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias Ley Nº 29298, modificada con Ley Nº 29298, establece las fases del proceso participativo, señalando que la adecuación de fases y actividades que se requieran para el mejor cumplimiento del proceso, considerando la realidad territorial, serán reguladas por Ordenanza, siendo los Titulares de Pliego los responsables de llevar adelante las distintas fases del proceso; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0072010-EF/76.01, del 12 de abril de 2010, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 denominado "Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados", que establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; y en su numeral 2.2, establece como Roles del Consejo Regional en el Presupuesto Participativo: aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso; fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso y Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, mediante Oficio Nº 0066-2018-GRH/GR la Gobernadora Regional (e) del Gobierno Regional Huánuco, solicita la aprobación del Plan de Trabajo y Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del 2019-2021 del Gobierno Regional de Huánuco, para la cual adjunta la opinión técnica y legal favorables;

Que, mediante Dictamen Nº 003-2018-GRH-CR/ CPPPAT-AL de fecha 28 de febrero de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional Huánuco, relacionado al Plan de Trabajo y Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del 2019-2021 del Gobierno Regional de Huánuco, poniendo en agenda del Magno Consejo Regional para su aprobación; Que, en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, realizado en la Provincia de Huánuco, el día 02 de marzo de 2018, se trató el Dictamen Nº 003-2018-GRH-CR/ CPPPAT-AL de fecha 28 de febrero de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, después de un debate correspondiente fue sometido a votación, la cual se aprobó por MAYORÍA; Que, conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y a lo aprobado por MAYORÍA por el magno Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Trabajo y Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del 2019-2021 del Gobierno Regional de Huánuco, que en calidad de Anexo adjunto y rubricado en cada uno de los folios, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional al Gobernador Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quienes deben emitir la resolución y directivas correspondientes. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Gobernador Regional y al Consejo de Coordinación Regional, asumir el liderazgo promoviendo que los procesos se realicen de manera sincronizada, es decir se inicien primero en los distritos, luego en las provincias y después en la región, teniendo en cuenta los plazos establecidos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- DERÓGUESE, o déjese sin efecto, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 42º de la ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 06 días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. HAIBER P. ECHEVARRÍA RODRÍGUEZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 06 días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1630918-1

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