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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2018 (09/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de mayo de 2018 El Peruano / Que, asimismo, el Numeral 40.2 del Artículo 40° del citado dispositivo legal señala que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, siendo que dicha facultad puede ser delegada a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, conforme lo dispone el Artículo 8° de la Ley N° 30225, el Titular de la Entidad puede delegar mediante resolución sus competencias en materia de contratación pública, con excepción de lo relacionado a la declaración de nulidad de o fi cio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, la aprobación de las contrataciones directas −salvo aquellas que disponga el Reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación − y los otros supuestos que se establezcan en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, el Numeral 1 del Artículo 37° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1068 del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS, precisa que es una atribución y obligación del Procurador Público representar al Estado y defender los intereses de la Entidad a la que representa ante los órganos jurisdiccionales y administrativos, así como ante el Ministerio Público, Policía Nacional, Tribunal Arbitral, Centro de Conciliación y otros de similar naturaleza en los que el Estado es parte; Que, el Numeral 3 del Artículo 38° de dicha norma, dispone que cuando se discuta el cumplimiento de una obligación de dar suma de dinero que no sea pago indebido de sumas mayores a veinticinco unidades impositivas tributarias, se autoriza a los procuradores públicos a transigir o conciliar las pretensiones controvertidas, previa resolución autoritativa del Titular de la Entidad; Que, asimismo, el Numeral 8 del Artículo 38° del referido Reglamento, dispone que los procuradores públicos pueden conciliar o transigir en las acciones judiciales cuando el Estado actúa como demandado en procesos cuya naturaleza no sea pecuniaria, para lo cual deben ser autorizados mediante resolución expedida por el Titular de la Entidad; Que, el Artículo 17° del ROF del OEFA señala que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del OEFA; Que, el Artículo 32° de dicha norma establece que la O fi cina de Administración es el órgano de apoyo responsable de gestionar los sistemas administrativos de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad y tesorería del OEFA y depende jerárquicamente de la Secretaría General; Que, los Artículos 35° y 36° del ROF del OEFA establecen entre las funciones de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración las referidas a los sistemas administrativos de recursos humanos y de abastecimiento, respectivamente; Que, el Artículo 38° del ROF del OEFA señala que la Oficina de Tecnologías de la Información es el órgano de apoyo responsable de planificar, dirigir, desarrollar y mantener la operatividad de los sistemas de información, la infraestructura tecnológica y los servicios de Tecnologías de la Información (TI), garantizando la seguridad de la información; asimismo, conduce la implementación del Gobierno Electrónico en el OEFA y depende jerárquicamente de la Secretaría General; Que, con el propósito de continuar optimizando la fl uidez en la marcha administrativa de la Entidad y a fi n de garantizar la adecuada gestión en la administración de los recursos asignados, en materia presupuestal, en las contrataciones de bienes y servicios y en la gestión de recursos humanos, que permitan al OEFA cumplir de manera oportuna y e fi caz las funciones establecidas en su norma de creación y sus respectivos instrumentos de gestión institucional, resulta pertinente delegar en la Secretaría General, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Tecnologías de la Información, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración y la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración; y, autorizar a la Procuraduría Pública, determinadas funciones asignadas al Titular de la Entidad durante Año Fiscal 2018; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Administración, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1068 del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS; y, en uso de las atribuciones conferidas por los Literales e) y t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Dar por concluida la delegación de facultades efectuada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 001-2018-OEFA/PCD. Artículo 2°.- Delegar las siguientes facultades en la Secretaría General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA a partir de la fecha y en tanto culmine el Año Fiscal 2018: 2.1 Facultades en materia presupuestal 2.1.1 Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático a que se re fi ere el Artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, previo informe técnico favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. 2.1.2 Emitir las directivas internas para la ejecución y racionalización del gasto que permita un manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento durante la ejecución presupuestaria del Año Fiscal 2018. 2.1.3 Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional del OEFA, siguiendo los procedimientos establecidos para dicho fi n. 2.2 Facultades en materia de Contrataciones del Estado : 2.2.1 Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, dentro del marco normativo que regula las contrataciones del Estado. 2.3 Facultades en materia administrativa: 2.3.1 Conformar comités, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad, así como de -ser el caso- disponer la modi fi cación de su respectiva conformación, salvo aquellos vinculados a materia laboral, disciplinaria o ética pública. 2.3.2 Aprobar el Programa de bienestar social y desarrollo humano dirigido al personal de la Entidad. 2.3.3 Aprobar el Plan de Comunicaciones y el Plan de Estrategia Publicitaria de la Entidad. 2.3.4 Aprobar el Manual de Identidad Visual de la Entidad. 2.3.5 Suscribir, en representación del OEFA, todo tipo de convenios de cooperación interinstitucional, así como sus respectivas adendas, sean modi fi catorias o resolutorias, que correspondan o coadyuven en la gestión administrativa interna de la Entidad, con excepción de aquellos que por norma expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad.