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61 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de mayo de 2018 El Peruano / las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia, en mérito del Acuerdo Nº 326-2018 de la décima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Ángulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Precisar que el órgano jurisdiccional creado mediante Resolución Administrativa Nº 033-2018-CE-PJ, de fecha 24 de enero de 2018, tiene la denominación de 4º Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tambopata Especializado en Delitos Ambientales y Trata de Personas; con competencia territorial en el Distrito Judicial de Madre de Dios. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el segundo párrafo del artículo primero de la mencionada Resolución Administrativa Nº 033-2018-CE-PJ; respecto a que el referido órgano jurisdiccional tendrá competencia exclusiva en materia ambiental, en todo el Distrito Judicial de Madre de Dios. Artículo Tercero.- Convertir y reubicar, desde el 1 de junio hasta el 30 de setiembre de 2018, el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Tambopata, Distrito Judicial de Madre de Dios, en Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales del Distrito Judicial de Ucayali, con sede en la Provincia de Coronel Portillo; y competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Ucayali. Artículo Cuarto.- Disponer las siguientes medidas administrativas, a partir del 1 de mayo de 2018: a) El 2º Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tambopata, Distrito Judicial de Madre de Dios, dejará de actuar en adición a sus funciones como Especializado en Delitos Ambientales. b) La carga pendiente por delitos ambientales del 2º Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tambopata, deberá ser remitida al recientemente creado 4º Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tambopata, evitando el quiebre de juicios orales; y hasta donde la norma lo permita. c) La carga pendiente por delitos diferentes al de trata de personas del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Tambopata, deberá ser distribuida entre el 1º, 2º y 3º Juzgados Penales Unipersonales Permanentes de Tambopata, evitando el quiebre de los juicios orales, hasta equilibrar las cargas; y hasta donde la norma lo permita. En caso se haya programado audiencias de lectura de sentencia u otras actuaciones urgentes o inaplazables, posterior al 30 de abril de 2018, las mismas mantendrán su vigencia hasta la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. d) La carga pendiente por delitos de trata de personas del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Tambopata, deberá ser distribuida al recientemente creado 4º Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tambopata, evitando el quiebre de juicios orales; y hasta donde la norma lo permita. e) El 4º Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, 3º Juzgado Penal Unipersonal permanente, Juzgado Penal Colegiado Transitorio y la Sala Penal de Apelaciones de Huánuco Especializada en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales; dejarán de tener competencia territorial para los procesos que por las mencionadas materias provengan del Distrito Judicial de Ucayali.f) Para el trámite de los procesos en etapa de juzgamiento de los procesos que se deriven del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales de la Provincia de Huánuco, que hayan provenido de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, serán de conocimiento del 1º Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Coronel Portillo, Distrito de Callería, que actuará en adición de funciones como Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales; del mismo modo, el Juzgado Penal Colegiado Permanente de la Provincia de Coronel Portillo, Distrito de Callería, conocerá en adición de funciones el trámite de los procesos por Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales. g) En etapa de apelación, la competencia territorial corresponderá, en adición de funciones, a la 1º y 2º Sala Penal de Apelaciones del Distrito Judicial de Ucayali para los procesos por Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales originarios del referido distrito judicial. Artículo Quinto .- Facultar a los Presidentes de la Cortes Superiores de Justicia de Madre de Dios y Ucayali; así como, a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Sexto .- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Ministerio Público, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Madre de Dios y Ucayali; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1645396-6 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conceden licencia a magistrados, designan integrantes de Salas Penales, dan por concluida designación, designan y reasignan y jueces supernumerarios en la Corte Superior de Justicia de Lima Este CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 400-2018-P-CSJLE/PJ Ate, 8 de mayo de 2018VISTOS:Las Resoluciones Administrativas Nº 210-2018-P-CSJLE-PJ y Nº 394-2018-P-CSJLE-PJ; y, CONSIDERANDO: Primero.- Por O fi cio Nº 00438-2018-SG/JNE, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, pone en conocimiento que mediante Resolución Nº 0063-2018-JNE, el Pleno de Jurado Nacional de Elecciones se de fi ne las noventitrés (93) circunscripciones administrativas y de justicia electoral para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, así como los Jurados Electorales Especiales que tendrán competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes, las cuales serán instaladas y tendrán como fecha de inicio de sus actividades el 15 de mayo de 2018.