Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2018 (23/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Viernes 23 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1715679-3

45

el principio procesal, del quantum devolutum tantum apellatum, que establece la necesidad de congruencia entre el contenido de la apelación y el fallo de segunda instancia. 6. De la revisión de autos, se aprecia que la organización política, al momento de presentar la solicitud de inscripción de candidatos, adjuntó la Resolución N° 110-2018/CED-ICA, de fecha 22 de mayo de 2018, elaborado por el Comité Electoral Departamental de Ica, y en el escrito de subsanación se adjuntó el Acta de Proclamación de Resultados de Elección de Candidatos a las Alcaldías y Regidores de las provincias y distritos de Ica, de fecha 22 de mayo de 2018, se aprecia que no existe contradicción alguna respecto al orden de los candidatos, ya que Hugo Walter Colque Medina está consignado como tercer regidor y Norma Elizabeth Palacios Salcedo como cuarta regidora. 7. Cabe precisar que en el expediente correspondiente al Concejo Distrital de Tate, el acta de elección interna y la solicitud de inscripción de candidatos, no concordaban en el orden de los candidatos a regidores, pero dicha solicitud de inscripción de lista candidato del referido distrito fue admitida, con el argumento de que debe prevalecer el contenido del acta de elecciones internas, porque este es el resultado del acto electoral o de la democracia interna; por lo cual ordenó su reubicación. .
Expediente Jurisdicción Fecha de Fecha de Fecha de N° ERM. presentación inadmisibilidad subsanación 2018007068 Concejo Distrital de Tate 19 de junio de 2018 22de junio de 2018 4 de julio de 2018 Fecha de admisión de lista 10 de julio de 2018

Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidores de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco
RESOLUCIÓN N° 1862-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00591 SAN JERÓNIMO­CUSCO­CUSCO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, seis de agosto de dos mil dieciocho VISTO el Oficio N° 01-2018/CCTL/SG-MDSJ presentado el 26 de julio de 2018 por Carmen Cecilia Tapia Lechuga, secretaria general de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco, mediante el cual comunica la licencia, sin goce de haber, concedida a Willian Paño Chinchazo, Víctor Raúl Atayupanqui Huamán y Ronald Romuacca Nina, alcalde y regidores de la mencionada municipalidad, respectivamente. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución N° 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Mediante el Oficio N° 01-2018/CCTL/SG-MDSJ presentado por Carmen Cecilia Tapia Lechuga, secretaria

8. Aunado a ello, se advierte que los candidatos a regidores Hugo Walter Colque Medina y Norma Elizabeth Palacios Salcedo fueron registrados en la solicitud de inscripción, y fueron elegidos en el proceso interno, esto es, no existe incorporación de candidatos distintos a los del acta de democracia interna, por lo que debe revocarse la resolución impugnada en el extremo que declaró la improcedencia de la inscripción de los citados candidatos; debiendo, en consecuencia, el JEE continuar con el trámite correspondiente. 9. Por último el JEE deberá autorizar la habilitación del acceso al sistema DECLARA a fin de dar cumplimiento al reordenamiento de los candidatos, en conformidad a la ubicación del acta de elecciones internas la nueva conformación quedara de la siguiente manera:
APELLIDOS Y NOMBRES Carlos Parquides Vidales Jiménez Rudy Luis Pretell Rodas Yuri Erika Lizarbe Quispe Hugo Walter Colque Medina Norma Elizabeth Palacios Salcedo Gisella Noelia Quispe Mayuri DNI 41005622 22099687 71103539 40134055 41340505 41242707 CARGO Alcalde Regidor Regidora Regidor Regidor Regidora

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Walter Domingo Muchotrigo Natteri, personero legal alterno de la organización política Acción Popular; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolución N° 00690-2018-JEE-ICA0/JNE, del 6 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de Hugo Walter Colque Medina y Norma Elizabeth Palacios Salcedo, candidatos a la tercera y cuarta regiduría del Concejo Distrital de Changuillo, provincia de Nasca, departamento de Ica, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Artículo Segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Ica continúe con el trámite correspondiente, debiendo tener presente lo expuesto en el considerando 9 de la presente resolución.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.