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102 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de noviembre de 2018 / El Peruano MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Regulan horario de abastecimiento, carga y descarga de mercadería en establecimientos comerciales, centros de abastos, así como de materiales de construcción, accesorios, acabados y/o similares en obras civiles ORDENANZA Nº 289-2018/MLV La Victoria, 31 de octubre del 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL, en Sesión Ordinaria de fecha 31 de octubre del 2018 VISTO: El O fi cio Nº043-R-MACL-2018-MLV de fecha 02 de octubre del 2018, el Informe Nº 592-2018-SGCPE-GDE/MLV de fecha 12 de octubre del 2018, de la Sub Gerencia de Comercialización y Promoción Empresarial, el Informe Nº 356-2018-SGCIM-GDE/MDLV de fecha 11 de octubre del 2018, de la Sub Gerencia de Comercio Informal y Mercados, el Informe Nº 138-2018-GDE/MLV y Memorándum Nº 470-2018-GDE/MLV de fechas 19 y 15 de octubre del 2018 respectivamente, por parte de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 476-2018-SGOPTT-GDU/MDLV de fecha 18 de octubre del 2018, de la Sub Gerencia de Obras Públicas, Tránsito y Transporte, el Memorándum Nº 320-2018-GDU/MLV de fecha 18 de setiembre del 2018, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 994-2018-GAJ/MDLV de fecha 24 de octubre del 2018, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 1214-2018-GFC-MDLV de fecha 24 de octubre del 2018, de la Gerencia de Fiscalización y Control, los Proveídos Nº 2137-18-GM, Nº 2128-18-GM, Nº 2113-18-GM de la Gerencia Municipal y el Dictamen Conjunto Nº 002-2018-CPPAL-CDU/MDLV; y, CONSIDERANDO: Que , el artículo 194º de la constitución política del Perú en concordancia con el articulo ll del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, (en adelante la LOM) establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Consejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley, conforme al artículo 200º inciso 4) de la Carta Fundamental; Que, el artículo 83º inciso 3 numeral 3.1 de la LOM establece que las municipalidades en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, ejercen las funciones especí fi cas exclusivas para controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas provisionales; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 1682 de fecha 20 de marzo de 2013 publicada el 14 de abril del mismo año, regula la prestación del servicio de transporte de carga y/o mercancía en la provincia de Lima Metropolitana, la cual constituye el marco al que debe adecuarse la ordenanza que se propone; Que, el numeral 1) del artículo 10º de la Ley Nº 27972, establece que es una atribución de los regidores, proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos; Que, mediante O fi cio Nº 043-R-MACL-2018-MLV de fecha 02 de octubre del 2018, el Regidor del Concejo Municipal de la Victoria, Marco Antonio Castro León, presenta el proyecto de Ordenanza que Regula el Horario de Abastecimiento de Carga y Descarga de mercadería en Establecimientos Comerciales, Centros de Abastos, así como de materiales de construcción, accesorios, acabados y/o similares en obras civiles del distrito; Que, mediante Informe Nº 592-2018-SGCPE-GDE/ MLV de fecha 12 de octubre del 2018, la Sub Gerencia de Comercialización y Promoción Empresarial, adjunta el Informe Técnico Nº 280-2018-HRRA-SGCPE/MLV, el cual considera viable la implementación del proyecto de ordenanza; Que, con Informe Nº 356-2018-SGCIM-GDE/MDLV de fecha 11 de octubre del 2018, la Sub Gerencia de Comercio Informal y Mercados, emite opinión favorable a efectos de implementar una ordenanza que regule la carga y descarga en los centros de abasto; Que, mediante Informe Nº 476-2018-SGOPTT-GDU/ MDLV de fecha 18 de octubre del 2018, la Sub Gerencia de Obras Públicas, Tránsito y Transporte, luego del análisis al proyecto en mención, recomienda la derogación del artículo sexto de la Ordenanza Nº 062-2018-MLV a efectos de adecuar el nuevo horario propuesto en el proyecto de ordenanza y precisa que deberá observarse lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1682-MML, Ordenanza marco que regula la prestación del Servicio de Transporte de Carga y/o Mercancías en la provincia de Lima Metropolitana; por lo que considera viable el citado proyecto de ordenanza; Que, mediante Informe Nº 994-2018-GAJ/MDLV de fecha 24 de octubre del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera que es procedente aprobar la propuesta de ordenanza que Regula el Horario de Abastecimiento de Carga y Descarga de mercadería en Establecimientos Comerciales, centros de abastos, así como de materiales de construcción, accesorios, acabados y/o similares en obras civiles del distrito; sin embargo, recomienda agregar al expediente el Informe Técnico de la Gerencia de Fiscalización y Control respecto al Cuadro de Infracciones y Sanciones que propone el citado proyecto de ordenanza; Que, con Informe Nº 1214-2018-GFC-MDLV de fecha 24 de octubre del 2018, la Gerencia de Fiscalización y Control, en atención a las recomendaciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica, propone la modi fi cación al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado por Ordenanza Nº 033-2007/MDLV; y señala que, luego de haber efectuado la veri fi cación al íntegro del proyecto de ordenanza, opina de forma favorable para su aprobación; Que, por lo expuesto y de la revisión del presente proyecto de ordenanza, se puede concluir que este tiene como fi n regular el ordenamiento de las actividades referidas al acopio, carga y/o descarga y distribución de mercancías en establecimientos comerciales, así como de materiales, accesorios, acabados y/o similares en las obras civiles, lo cual permitirá en conjunto con las acciones de control y fi scalización, mayor fl uidez en el desplazamiento de vehículos por las arterias del distrito; Estando a los considerandos precedentes y en ejercicio de sus facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por MAYORÍA de los señores regidores y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, emitió la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL HORARIO DE ABASTECIMIENTO, CARGA Y DESCARGA DE MERCADERÍA EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, CENTROS DE ABASTOS, ASÍ COMO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ACCESORIOS, ACABADOS Y/O SIMILARES EN OBRAS CIVILES EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Ámbito de aplicación. La presente ordenanza será de aplicación en la jurisdicción del distrito de la Victoria, siendo de estricto cumplimiento para las personas naturales o jurídicas o privadas, que realicen actividades relacionadas al acopio, carga y descarga y distribución de mercadería en establecimientos comerciales, así como en obras civiles en propiedad privada o pública.